Artículo 241.- Fraude en remates, licitaciones y concursos públicos*
Serán reprimidos con pena privativa de libertad no mayor de tres años o con ciento ochenta a trescientos sesenticinco días-multa quienes practiquen las siguientes acciones:
1. Solicitan o aceptan dádivas o promesas para no tomar parte en un remate público, en una licitación pública o en un concurso público de precios.
2. Intentan alejar a los postores por medio de amenazas, dádivas, promesas o cualquier otro artificio.
Si se tratare de concurso público de precios o de licitación pública, se impondrá además al agente o a la empresa o persona por él representada, la suspensión del derecho a contratar con el Estado por un período no menor de tres ni mayor de cinco años.
*Artículo modificado por el DL 1034, publicado el 25 de junio de 2008 (link: bit.ly/3rNvJuO).
Concordancia
C: art. 58-63-76,82; CP: art. 12, 29, 39, 41, 57-67, 92, 93, 232, 383, 384; NCPP: art. 286; CC: art. 1954, 1957.
LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Penal. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected]
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