Jurisprudencia del artículo 1765 del Código Civil.- Objeto

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Artículo 1765.- Objeto
Pueden ser materia del contrato toda clase de servicios materiales e intelectuales.


Concordancias

CC: art. 1403.


Jurisprudencia del artículo 1765 del Código Civil

Corte Suprema 

  1. Contratar mediante locación de servicios no genera vínculo laboral ni reconoce beneficios sociales a favor del demandante [Casación 3671-2009, Lima]. Link: lpd.pe/pWgOM
  2. Telefónica no puede invocar aplicación del artículo 1765 del Código Civil cuando ha quedado acreditada la concurrencia de elementos esenciales que configuran el contrato de trabajo [Casación 11052-2013, Arequipa]. Link: lpd.pe/0AjPV
  3. Resulta inválida la suscripción del contrato administrativo de servicios si jardinera previamente mantenía relación laboral a tiempo indeterminado, pues acreditó su dependencia a la municipalidad [Casación 14414-2013, Lima Sur]. Link: lpd.pe/0Y8bD
  4. No basta con invocar normas reguladoras de contratos de locación de servicios para amparar recurso casatorio de Imarpe, sino que debe precisar su incidencia de interpretación correcta [Casación 4986-2019, Callao]. Link: lpd.pe/kXxWe

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