Artículo 165.- Violación del secreto profesional
El que, teniendo información por razón de su estado, oficio, empleo, profesión o ministerio, de secretos cuya publicación pueda causar daño, los revela sin consentimiento del interesado, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años y con sesenta a ciento veinte días-multa.
Concordancias:
C: arts. 2.6, 7, 10, 18, 41, 97; CP: arts. 12, 29, 41, 57-68; NCPP: arts. 2, 143; CC: arts. 5, 14-16; DUDH: art. 12; PIDCP: art. 17; CADH: art. 11.2, 11.3; DADDH: art. V; CEDH: art. 8.
Jurisprudencia del artículo 165 del Código Penal
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Corte Suprema
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- El «secreto de las comunicaciones» también abarca a los coimputados del cliente [Casación 272-2016, Tacna]. Link: bit.ly/3n5A2iW
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Tribunal Constitucional
- Abogado se encuentra obligado a guardar los «secretos profesionales» confiados por su patrocinado, incluso ante autoridad policial [Exp. 7811-2005-PA/TC]. Link: bit.ly/3ZZFD8s
- Ámbitos de actuación de la garantía-derecho al secreto profesional [Exp. 7811-2005-PA/TC]. Link: bit.ly/402WNT4
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Corte Interamericana de Derechos Humanos
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- Violación al «secreto profesional» médico constituye vulneración al derecho a la vida privada y a la salud [Manuela y otros vs. El Salvador]. Link: bit.ly/3yTGSdQ
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Secreto profesional vs. deber de denunciar: Cuando la agraviada se encuentra en grave riesgo, debe privilegiarse el secreto profesional [Manuela y otros vs. El Salvador]. Link: bit.ly/3FAefWM
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Derecho comparado
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- La comunicación «asesor-cliente» también se encuentra protegida por el derecho del «secreto profesional» (Colombia) [Radicación 56781]. Link: bit.ly/3lsJJre
- Aspectos esenciales acerca del secreto profesional (Colombia) [Sentencia C-301/12]. Link: bit.ly/42nJIFv
- El titular del derecho al secreto profesional es el paciente y no el médico (Colombia) [Sentencia C-264/96]. Link: bit.ly/3ZgVzTj
- Alcance conceptual de la «inviolabilidad» del secreto de las comunicaciones para el profesional vinculado (Colombia) [Sentencia C-411/93]. Link: bit.ly/3n7SMyf
- La estructura dinámica del secreto profesional es la de un derecho-deber (Colombia) [Radicación 14043]. Link: bit.ly/40dJfUM
LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Penal. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].
Comentarios:
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