Artículo 14.- Derecho a la intimidad personal y familiar
La intimidad de la vida personal y familiar no puede ser puesta de manifiesto sin el asentimiento de la persona o si ésta ha muerto, sin el de su cónyuge, descendientes, ascendientes o hermanos, excluyentemente y en este orden.
Concordancias
C: art. 2.5, 2.7, 2.9, 2.10, 2.18; CC: arts. 16, 17; CPC: art. 686; CP: arts. 130-138, 154-157, 160-165; LBS: arts. 140-143; Ley 26842: art. XIV.
Jurisprudencia del artículo 14 del Código Civil
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Corte Suprema
- Empleador no puede atribuirse facultad de revisar correos electrónicos otorgados a sus trabajadores, pues vulnera su derecho a la intimidad (caso Nestlé) [Casación 14614-2016, Lima]. Link: lpd.pe/hYjMp
- Reportaje sobre red de prostitución donde muestran video sexual de involucrada vulnera su intimidad aunque sea un hecho veraz, puesto que no es de relevancia pública (caso Las Prostivedettes) [RN 3301-2004, Lima]. Link: lpd.pe/21GzQ
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Corte Superior
- Acceso público al curriculum vitae de funcionarios públicos no vulnera su intimidad, pero pedido será improcedente si solicitante no lo fundamenta [Exp. 43-2019-0]. Link: lpd.pe/kyjw1
- Ciudadano puede acceder a información sobre prestación de servicios de los trabajadores de municipalidad al ser de interés público y no parte de su intimidad [Exp. 114-2020-0]. Link: lpd.pe/5uRts
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Tribunal Constitucional
- Desestiman retiro de cámara de vigilancia colocada por copropietaria en edificio al acreditarse que solo registra ingreso a notaría colindante y no vulnera intimidad de copropietarios [Exp. 3593-2013-PHC/TC]. Link: lpd.pe/pY4EK
- Exhibir video íntimo de bailarinas no es de interés público (caso Las Prostivedettes) [Exp. 06712-2005-HC/TC]. Link: lpd.pe/Km5pY
- Amenaza de propalar contenido íntimo en periódico no se encuentra dentro del ámbito de protección del hábeas data [Exp. 666-96-HD/TC]. Link: lpd.pe/UmS87
- Violación a la intimidad cometida por periódico no puede repararse mediante proceso de amparo al tratarse de un daño consumado [Exp. 748-2000-AA/TC]. Link: lpd.pe/2jxbg
- Empleador puede acceder a correo electrónico otorgado a su personal solo mediante investigación judicial y no unilateralmente, pues contenido es reservado (caso Serpost) [Exp. 1058-2004-AA/TC]. Link: lpd.pe/pBxy7
- Empleador no puede arrogarse titularidad de correo electrónico otorgado a su personal, pues ello vulneraría su derecho a la intimidad [Exp. 4224-2009-PA/TC]. Link: lpd.pe/pmgjD
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Tribunal Europeo de Derechos Humanos
- Difusión de fotografías privadas es injustificada si no contribuye a debate de interés general y solo busca satisfacer curiosidad del público (caso Princesa de Mónaco) [Von Hannover vs. Alemania]. Link: lpd.pe/2wV6L
- Vulnera derecho a la intimidad exponer identidad de trabajadoras sexuales con VIH en sitio web policial [OG y otros vs. Grecia]. Link: lpd.pe/ThG96
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Jurisprudencia comparada
- Incidencias sobre vida de torero no son parte del espectáculo taurino, por lo que grabación y difusión de su agonía vulnera su intimidad personal y familiar (caso Isabel Pantoja y Paquirri) (España) [STC 231/1988]. Link: lpd.pe/kXWzw
- Periódico vulnera intimidad de hombre al difundir que padecía sida, pues ello afectó su reputación y no era de interés público (España) [STC 20/1992]. Link: lpd.pe/2o6YK
- Centro penitenciario vulneró intimidad de recluso al no comunicarle sobre registro realizado a sus pertenencias durante su ausencia (España) [STC 89/2006]. Link: lpd.pe/kd69j
- Difundir información sobre adopción del hijo de actriz vulnera su intimidad, aunque padres adoptivos sean personajes públicos y hayan declarado sobre el tema (caso Sara Montiel) (España) [STC 197/1991]. Link: lpd.pe/LnFU5
- Que revista sea de contenido satírico no justifica vulneración a la intimidad de celebridad cuya foto fue editada con fines burlescos (caso Isabel Iglesias Preysler) (España) [STC 23/2010]. Link: lpd.pe/1gL3s
- Publicar extracto bancario perteneciente a presidenta de diputación no vulnera su intimidad si justifica la veracidad de noticia difundida sobre corrupción (España) [STC 24/2019]. Link: lpd.pe/kvbGP
- Periodistas de investigación que fingieron ser pacientes vulneran intimidad de esteticista al emitir reportaje grabado con cámara oculta en su consultorio (España) [STC 12/2012]. Link: lpd.pe/kGnjE
- Reportaje con cámara oculta: Expectativa de no ser escuchado por terceras personas permite determinar que conversación mantenida en consultorio con paciente pertenece al ámbito de la intimidad (España) [STC 12/2012]. Link: lpd.pe/k6ZN9
- Reportaje vulnera la intimidad personal si información se obtuvo mediante cámara oculta, pues, aunque sea de relevancia pública, constituye una ilegítima intromisión (España) [STC 12/2012]. Link: lpd.pe/PeR1D
- ¿Comete delito el padre que intercepta las comunicaciones de su hija menor de edad? (España) [STS 4224/2022]. Link: lpd.pe/HkJA4
LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Civil. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected]
Comentarios:
![En la determinación de la pena suspendida, es posible elevar el límite habilitante de 4 a 5 años, previsto en una ley posterior (retroactividad benigna), y mantener la inexistencia de restricción para su aplicación al delito de peculado doloso, conforme a la ley vigente al momento de los hechos (principio de combinación) [Casación 1939-2023, Cusco, f. j. 8.4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/PENAL-BALANZA-LPDERECHO-218x150.jpg)

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