Artículo 1205.- Formalidad en el reconocimiento de obligaciones
El reconocimiento puede efectuarse por testamento o por acto entre vivos. En este último caso, si para constituir la obligación primitiva se hubiera prescrito alguna forma determinada, el reconocimiento deberá practicarse en la misma forma.
Concordancias
CC: arts. 140, 686, 1411.
Jurisprudencia del artículo 1205 del Código Civil
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Corte Suprema
- Ratificación de hipoteca no constituye acto de reconocimiento de la obligación, por lo que no se ha producido la interrupción del plazo prescriptorio [Casación 2716-2012, Huánuco]. Link: lpd.pe/217Qm
- Voto singular: Carta remitida por gerente general de Electroperú a empresa acreedora donde reconoce deuda constituye una forma unilateral de la obligación [Casación 2900-2004, Lima]. Link: lpd.pe/kGWZe
- Comunidad campesina debe pagar deuda bancaria o permitir que entidad usufructúe sus tierras, según contrato celebrado por presidente de la directiva [Casación 3901-2014, Lima Norte]. Link: lpd.pe/7mdBA
- Escrito de contradicción formulado en proceso de ejecución de garantías implica una forma de reconocimiento de obligación de pago [Casación 5526-2009, Ucayali]. Link: lpd.pe/kAA12
- Propietaria deberá formalizar escritura pública suscrita solo por su esposo, ya que firmó compromiso contenido en minuta, aunque no se certificó [Casación 2576-2016, Lima]. Link: lpd.pe/Wxt5P
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Corte Superior
- Devolución parcial del dinero, tras gasto indebido por trabajadores del MTC, no implica reconocimiento de responsabilidad ni obligación de indemnizar [Exp. 07372-2014-0]. Link: lpd.pe/kjE55
- Suscripción de nuevo contrato no constituye reconocimiento de relación laboral a plazo indeterminado, tras haber laborado inicialmente con contratos de locación de servicios [Exp. 27055-2019-0]. Link: lpd.pe/Zp7Hb
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Tribunal Constitucional
- No constituye reconocimiento de deuda si demandado reconoció deuda en proceso concluido por prescripción extintiva por haber transcurrido 38 años para cobranza [Exp. 00253-2015-PA/TC]. Link: lpd.pe/ApJn6
LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Civil. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].
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