Artículo 1101.- Extensión de la hipoteca
La hipoteca se extiende a todas las partes integrantes del bien hipotecado, a sus accesorios, y al importe de las indemnizaciones de los seguros y de la expropiación, salvo pacto distinto.
Concordancias
CC: arts. 519, 887-889.
Jurisprudencia del artículo 1101 del Código Civil
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Corte Suprema
- Garantía hipotecaria constituida sobre dos pisos de un predio de cuatro plantas se extiende a estas últimas salvo pacto en contrario [Casación 4002-2008, Lima]. Link: lpd.pe/0modB
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Tribunal Constitucional
- Ejecutar hipoteca sobre edificación, pese a que fue constituida solo sobre el terreno, vulnera derecho de propiedad [Exp. 428-97-AA/TC]. Link: lpd.pe/0LNdg
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