Artículo 1035.- Servidumbre legal y convencional
La ley o el propietario de un predio puede imponerle gravámenes en beneficio de otro que den derecho al dueño del predio dominante para practicar ciertos actos de uso del predio sirviente o para impedir al dueño de éste el ejercicio de alguno de sus derechos.
Concordancias
CC: arts. 959, 960, 996, 1041, 1051;CPC: art. 599.
Jurisprudencia del artículo 1035 del Código Civil
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Corte Suprema
- No procede declaración de restitución de servidumbre de paso si constitución se hizo sin exteriorización de voluntad de una de las partes [Casación 2709-2017, Lima Norte]. Link: lpd.pe/pN4mg
- Servidumbre de luz: Construcción que reduce área de tragaluz no afecta finalidad de permitir el paso de luz natural hacia pasadizo común [Casación 5173-2019, Cajamarca]. Link: lpd.pe/pQ9WK
- Propietario puede solicitar el deslinde y amojonamiento tanto para su predio como para la servidumbre existente a favor de su inmueble [Casación 1808-2015, Cusco]. Link: lpd.pe/kdoDG
- Servidumbre establecida mediante resolución ministerial y autorizada por propietarios anteriores no vulnera derecho de propiedad del nuevo propietario [Casación 3997-2018, Arequipa]. Link: lpd.pe/pEEBW
- No se puede ejercer servidumbre en proceso único de ejecución si no se ha determinado ubicación precisa del predio [Casación 3918-2017, Lima]. Link: lpd.pe/2ozZP
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Tribunal Registral
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Extinción e inscripción del título de una servidumbre convencional gratuita no requiere cancelación previa del Ministerio de Energía y Minas [Resolución 3131-2022-Sunarp-TR-L]. Link: lpd.pe/0ZzVQ
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