El Ministerio Público dispuso ampliar diligencias preliminares contra Kelly Medina Meza y 11 personas jurídicas por el presunto delito de lavado de activos. Los sindicados forman parte de la investigación preliminar contra Andrés Hurtado, la cual también incluirá la declaración testimonial de 23 personas.
Las empresas en cuestión son AH Gold Entertainment SAC, AH Entertainment Company SAC, AH Company Entertainment SAC, Frutera Perú SAC, Tika & Travel SAC, Andres Travel SAC, Centro de Convenciones Teatro Leguía SAC, Infinitum Reps SAC, ONG Andrés A. Hurtado, Coya Andina SAC, Pareras EIRL e Inversiones Los Ceivos SAC, y otras que pudieran ser responsables de la presunta comisión del referido delito.
Además, el Segundo Despacho de la Segunda Fiscalía Especializada en Delitos de Lavado de Activos llevará a cabo la toma de declaraciones de los testigos Roberto Pareras, Tomás Pérez, César Mercado, Patricia Martínez, Roberto Goveya, Isabel Mejía, Georgia Bossio, Paul Zorrilla, Pedro Bartolo, Gregorio Urbina, Fiorella García-Milla, Diego Saravia, María Suárez y Carlos Cerna.
Asimismo, se solicitó a 15 notarías que envíen copias certificadas de bienes muebles y escrituras de constitución de empresas relacionadas con el investigado; y, a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), que informe sobre el financiamiento público al partido Renovación Popular desde 2021 hasta la actualidad.
El partido liderado por Rafael López Aliaga contribuyó entre los meses de julio y diciembre de 2022 una suma de S/303 600 al exproductor de Andrés Hurtado, José Antonio Malpartida Abadía, para cubrir gastos de capacitación; según la ONG Vigilancia Ciudadana.
Asimismo, desde enero hasta julio de 2023 se llevaron a cabo dos significativos desembolsos por el mismo concepto, el primero por un total de S/89 840 y el último de S/76 840. Malpartida fue productor del programa de Andrés Hurtado, «Hoy es sábado con Andrés», hasta junio de 2023.

![Pericia que concluyen «proclividad al delito» no puede admitirse con el único fin de mostrar la supuesta inclinación del acusado a cometer delitos, porque ello favorece el «riesgo de condenar no por las pruebas, sino por la valoración negativa de su carácter o personalidad» [Casación 982-2022, Lambayeque, f. j. 16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Reglamento del Decreto Legislativo 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú [Decreto Supremo 012-2025-IN] Policía](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Policia-PNP-oficial-LPDerecho-4-218x150.jpg)
![No se requiere que el fiscal postule expresamente la prueba indiciaria, porque es un método de razonamiento probatorio que puede ser empleado por el juez, siempre que derive de hechos acreditados y se debata en el juicio oral [Apelación 278-2024, Cusco]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Aun cuando la colusión es un delito de encuentro, ello no excluye la aplicación de la agravante por pluralidad de agentes; si participan más de dos personas [Casación 1379-2017, Nacional, f. j. 26]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)











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![¿Los beneficios del convenio colectivo alcanzan también a servidores no sindicalizados? [Informe Técnico 001992-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajador-confianza-companero-companerismo-ambiente-laboral-sindicato-LPDerecho-218x150.jpg)
![No toda reducción del sueldo básico implica una disminución de la remuneración total [Casación 16410-2023, Tacna]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/exfuncionario-recursos-humanos-sueldo-LPDERECHO-218x150.jpg)
![A los trabajadores que realizan labor intermitente, como los choferes del servicio de transporte interprovincial, no les corresponde el pago de horas extras (conforme al art. 5 del DS 007-2002-TR), aun cuando realicen labores intermitentes que excedan las 12 horas diarias [Casación 46532-2025, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/mujer-trabajadora-computadora-trabajo-remoto-teletrabajo-asistente-LPDerecho-218x150.png)

![TC: Entidades jurisdiccionales están obligadas únicamente a emitir y/o entregar información (en caso se solicite) o a facilitar la ruta de acceso a la información indicada respecto de dicha función (doctrina jurisprudencial vinculante) [Exp. 02506-2022]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/tribunal-constitucional-tc-precedente-LPDerecho-218x150.png)
![Fundamento de voto: El art. VIII del NCPC ―sobre la interpretación conforme a las sentencias de los tribunales internacionales donde el Perú es parte― resulta inconstitucional, ya que contraviene la Cuarta D. F. T de la Constitución al reducir indebidamente el parámetro constitucional de interpretación del TC (caso cócteles) [Exp. 02109-2024-PHC/TC, ff. jj. 5-6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/FUNDAMENTO-VOTO-ART-VIII-NCPC2-LPDERECHO-218x150.jpg)

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![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
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