El Segundo Juzgado Nacional de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, dictó una nueva medida de prisión preventiva por un plazo de quince meses contra el empresario Martín Belaúnde Lossio, esta vez por el caso denominado Antalsis.
Lea también: Inpe retorna al interno Martín Belaunde Lossio al penal de Ancón I
La decisión la adoptó el magistrado de dicho órgano jurisdiccional, Juan Carlos Sánchez Balbuena, luego de una prolongada audiencia en la que fueron debatidos los fundamentos del requerimiento del fiscal Leopoldo Lara Vásquez y del abogado del procesado, Luis de la Cruz Moreno.
De acuerdo con la solicitud del Ministerio Público, al empresario es investigado conjuntamente con otras 50 personas, por supuestas irregularidades en la licitación de 16 obras en las regiones de Madre de Dios (9), Cusco (4) y Junín (2), así como en la ciudad de Chiclayo (1), entre los años 2010 y 2015.
Lea también: Caso Belaunde Lossio: PJ rechaza su pedido de variación de prisión preventiva
Belaunde Lossio es investigado por los presuntos delitos de tráfico de influencias, cohecho activo genérico, colusión agravada y colusión simple en agravio del Estado.
Según el fiscal, el empresario estaría coludido con funcionarios regionales para que subsidiarias de la empresa española Antalsis ganen las licitaciones de las citadas obras a cambio de ventajas económicas.
El representante del Ministerio Público había solicitado 36 meses, sin embargo, el juez valoró que en este caso la investigación preliminar empezó el mes de noviembre del 2014, y la investigación preparatoria fue formalizada el 24 de octubre del 2016, es decir, lleva más de tres años de diligencias.
Lea también: Juez reprograma audiencia de prisión preventiva porque abogado adujo no estar preparado
Por su parte, el abogado Luis de la Cruz solicitó desestimar el requerimiento fiscal porque no cumple los requisitos que establece el Código Procesal Penal, es decir, no existen graves y fundados elementos de convicción, y que los hechos materia del proceso, ya son investigados por otras fiscalías.
Además, dijo, que las declaraciones de colaboradores eficaces que acusan a su defendido son solo dichos que no han sido corroboradas con otras pruebas.
Tanto el fiscal Lara Vásquez como el abogado De la Cruz Moreno apelaron la decisión judicial.
Lea también: Delito de colusión: tipicidad (imputación objetiva) y consumación
Fuente: Poder Judicial