Toda amenaza o menoscabo de la democracia requiere (i) protección iusfundamental de los derechos y (ii) protección orgánica ante la imposición de un gobierno de facto o usurpador [Exp. 00001-2023-PI/TC, f. j. 17]

Fundamento destacado: 17. Vivimos en una edad democrática en pleno proceso de formación y toda vulneración o amenaza a la democracia merece su protección iusfundamental, como puede ocurrir con los actos lesivos contra las diferentes manifestaciones de derechos de la persona, o su protección orgánica, o su protección ante la presencia de conductas inconstitucionales, como la imposición de un gobierno de facto o de un gobierno usurpador, en cada una de sus modalidades violatorias del orden constitucional-democrático. La democracia es poder abierto y despersonalizado (separación de poderes) y el autoritarismo, la dictadura y la autocracia significan poder cerrado y personal (concentración del poder).


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