El Poder Judicial (PJ) declaró improcedente un pedido de prisión preventiva, por el plazo de 36 meses, para el expresidente Alejandro Toledo.
La medida restrictiva de 36 meses había sido solicitada por la Fiscalía por el caso Tramo 4 de la Carretera Interoceánica Sur.
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Nuevo pedido
El Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional no aceptó el requerimiento este martes 20. El juez Richard Concepción Carhuancho desestimó la medida indicando que «el exmandatario no ha sido extraditado por el hecho en mención, sino por el caso Interoceánica tramos 2 y 3, proceso por el cual ya cuenta con una prisión preventiva».
Ante ello, el Ministerio Público indicó al término de la audiencia que impugnarán la decisión del magistrado.
La defensa legal de Toledo Manrique también respondió.
No solo se mostró conforme con la decisión, sino que informó que esperan la programación de una audiencia —por el caso tramo 2 y 3 de la carretera Interoceánica— que podría permitir la liberación del exdignatario.
«Estamos a la espera de de la programación de la audiencia de apelación ante la Primera Sala Penal de Apelaciones Nacional, en la que nos encontramos seguros que se logrará la liberación del expresidente Alejandro Toledo; por vencimiento del plazo de la prisión preventiva que hoy lo mantiene como víctima de un secuestro judicial», afirmó.
Toledo en Barbadillo
Por el caso de los tramos 2 y 3, el exdignatario cumple actualmente 18 meses de reclusión preventiva. Otra orden por el mismo periodo de tiempo, aún en trámite con Estados Unidos, corresponde al caso Ecoteva.
La decisión fue anunciada por el titular de la instancia judicial, el juez Richard Concepción Carhuancho, con la presencia vía remota de Toledo Manrique.
Debate
La fiscal afirmó que el pedido de prisión preventiva por 36 meses a Toledo se basa en los artículos 255 y 268 del Código Procesal Penal, donde se regula la variabilidad de la medida (comparecencia simple a prisión preventiva) y los presupuestos materiales para dictar mandato de prisión preventiva, respectivamente.
También indicó que en el Tratado de Extradición entre la República de Perú y Estados Unidos se establece que para formarse la ampliación de la extradición es necesaria una prisión preventiva en contra del investigado.
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A su vez, la defensa legal del expresidente, asumida por el abogado Roberto Su, planteó la nulidad de la audiencia en los primeros minutos de su desarrollo.
El letrado comparó el caso de su patrocinado con el del exjuez César Hinostroza. Acotó que en el tratado de extradición de Perú y España, el extraditado solo requiere un auto de procesamiento para ampliar su extradición y no un auto de prisión preventiva.
En respuesta, el Ministerio Público aseguró que los tratados de extradición entre Perú-España y Perú-Estados Unidos es diferente. Manifestó que en el tratado con EE.UU se requiere un auto de prisión preventiva para ampliar la extradición.
El juez compartió a la Fiscalía y defensa los antecedentes del caso Martín Belaúnde Lossio, frente a ello, la defensa aseguró que el antecedente de este caso coincide con su argumento acerca de que el tratado prohíbe la prisión preventiva cuando no se autoriza por extradición.
Mientras tanto, la fiscal del caso señaló que la variación de la comparecencia por prisión preventiva la hizo conforme a la ley. Afirma que en el caso de la primera extradición de Vladimiro Montesinos no fue impedimento para que se le dicten diversas prisiones preventivas.
Sin embargo, Su afirmó que Montesinos no fue extraditado, sino expulsado. En otro momento, el Ministerio Público remarcó que de dictarse la prisión preventiva solicitada, esta quedaría suspendida hasta que se concluya con la ampliación de la extradición.
Juez
El juez Richard Concepción pidió a la fiscal que le explique cómo se ejecutaría la prisión preventiva en el supuesto de que autorice la medida, sin previamente haberse autorizado por Estados Unidos la ampliación de extradición.
Concepción tomó en consideración los antecedentes del caso Martín Belaúnde Lossio, quien fue extraditado por Centralita, y en Perú se pidió su prisión preventiva por Antalsis. Por ello, lo compartió a la fiscalía y defensa para que lo analicen.
También el magistrado preguntó a la defensa de Toledo, la razón por la que planteó la nulidad cuando ya estaba convocada la audiencia.