Acta de Sesión Plenaria del “Pleno Jurisdiccional Laboral Distrital de la Corte Superior de
Justicia de La Libertad — 2013”.
En la ciudad de Trujillo, siendo las diez de la mañana del día veinticinco de Noviembre del
año dos mil trece, se reunieron en el auditorio “Lucio Flores Sabogal!” de la sede de la
Corte-Superior de Justicia de La Libertad, ubicado en la urbanización Natasha Alta, con la
finalidad de efectuar los trabajos de talleres correspondientes al Pleno Jurisdiccional
oral Distrital de la Corte Superior de Justicia de La Libertad — 2013 y arribar a los
acuerdos plenarios, los señores magistrados presentes conforme se detalla a continuación:
[…]
En este sentido, el señor Presidente exhortó al señor Relator a dar lectura a los 03 temas a debatir, con sus respectivas preguntas, ponencias y fundamentos, conforme a los términos siguientes:
TEMA N° 01
LA TASA DE INTERÉS LEGAL EFECTIVA O CAPITALIZABLE EN LOS ADEUDOS PREVISIONALES Y El ANATOCISMO.
Pregunta Problematizadora:
¿En el marco de los procesos contenciosos administrativos previsionales, la aplicación de la tasa de interés legal de acuerdo a la normativa del BCR, que se expresa en términos efectivos anuales, al importar una capitalización de intereses, contraviene el artículo 12492 del Código Civil que regula la prohibición del anatocismo?
Primera Ponencia:
En los procesos contenciosos administrativos previsionales, la aplicación de la tasa de interés legal de acuerdo a la normativa del BCR, que se expresa en términos efectivos anuales, al importar una capitalización de intereses, sí contraviene el artículo 12492 del Código Civil que regula la prohibición del anatocismo.
Segunda Ponencia:
En los, procesos contenciosos administrativos previsionales, la aplicación de la tasa de
interés legal de acuerdo a la normativa del BCR, que se expresa en términos efectivos
anales e importa una capitalización de intereses, no contraviene el artículo 12492 del Código Civil que regula la prohibición del anatocismo.
Conclusión Plenaria:
El Pleno adoptó por mayoría de 07 votos la primera ponencia que enuncia lo siguiente:
“En los procesos contenciosos administrativos previsionales, la aplicación de la tasa de
interés legal de acuerdo a la normativa del BCR, que se expresa en términos efectivos
anuales, al.importar una capitalización de intereses, sí contraviene el artículo 1249° del
Código Civil que regula la prohibición del anatocismo.”
TEMA N° 02
LA SUFICIENCIA DE LA PRESUNCIÓN LEGAL DERIVADA DE LA CONDUCTA DEL DEMANDADO EN EL RECONOCIMIENTO DEL PAGO DE HORAS EXTRAS
Pregunta Problematizadora:
¿Resulta suficiente aplicar la presunción legal derivada de la conducta procesal del empleador demandado, consistente en su renuencia a exhibir los cuadernos de ingreso y salida y/o las tarjetas de control de asistencia, para otorgar O reconocer el derecho al pago de horas extras solicitado por el trabajador?
Primera Ponencia:
La presunción legal derivada de la conducta procesal del empleador demandado, consistente en su renuencia a exhibir los cuadernos de ingreso y salida y/o las tarjetas de control de asistencia, es suficiente para otorgar o reconocer el derecho al pago de horas extras solicitado por el trabajador.
Segunda Ponencia:
La presunción lega! derivada de la conducta procesal del empleador demandado,
consistente en su renuencia a exhibir los cuadernos de ingreso y salida y/o las tarjetas de
control, na es suficiente para otorgar o reconocer el derecho al pago de horas extras
solicitado por el trabajador.
Conclusión Plenaria:
El Pleno adoptó por mayoría de 10 votos la primera ponencia que, con la modificación de
presunción “judicial” por “lega!” y con los términos complementarios que se han recogido de los debates tanto de los grupos como del pleno, y con la conformidad de la Comisión
de Elaboración del mismo, enuncia lo siguiente: “La presunción judicial derivada de la
conducta procesal del empleador demandado, consistente en su renuencia a exhibir los
cuadernos de ingreso y salida y/o las tarjetas de control de asistencia, es suficiente para
otorgar o reconocer el derecho al pago de horas extras solicitada por el trabajador, para tal efecto, el Juez deberá proceder con prudencia, atendiendo las reglas de experiencia, así como la naturaleza del caso concreto y conforme a los principios de proporcionalidad y razonabilidad al momento de establecer el número de horas extras a ser reconocidas.”
TEMA N° 03
LA COMPETENCIA DE LOS JUECES DE PAZ LETRADO LABORALES EN LAS PRETENSIONES EXPRESAS DE DESNATURALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN Y OTRAS FIGURAS AJENAS SÓLO A LA OBLIGACIÓN DE DAR
Pregunta Problematizadora:
¿Bajo lo establecido en el artículo 1.1 de la NLPT, pueden los jueces de paz “letrados laborales, respetando el marco de la cuantía de su competencia, conocer las pretensiones expresas que involucran determinar la desnaturalización de la contratación del trabajador demandante, la contratación por intermediarios, la aplicación del principio de primacía de la realidad, la intermediación, tercerización, o demás figuras, ajenas sólo a la obligación de dar?
Primera Ponencia:
Los jueces de Paz letrados sí son competentes – en el marco de la cuantía asignada- para conocer las pretensiones expresas que involucran determinar la desnaturalización de la contratación del trabajador del demandante, la contratación por intermediarios, la aplicación del principio de primacía de la realidad, la intermediación, tercerización, o demás figuras, ajenas sólo a la obligación de dar.
Segunda Ponencia:
Los jueces de paz letrados laborales no son competentes —aún respetándose el marco de
la cuantía asignada-— para conocer las pretensiones expresas que involucran determinar la
desnaturalización de la contratación del trabajador demandante, la contratación por
intermediarios, la aplicación del principio de primacía de la realidad, la intermediación, tercerización, o demás figuras, ajenas solo a la obligación de dar
El Pleno adoptó por unanimidad (12 votos) la primera ponencia que enuncia lo siguiente:
“Los jueces de paz letrados laborales sí son competentes -en el marco de la cuantía
asignada para conocer las pretensiones expresas que involucran determinar la desnaturalización de la contratación del trabajador demandante, la contratación por intermediarios, la aplicación del principio de primacía de la realidad, la intermediación, tercerización, o demás figuras, ajenas sólo a la obligación de dar.”
Concluye la presente sesión, a las cuatro de la tarde con cuarenta y cinco minutos, redactándose luego el acta y firmando la misma los señores Jueces integrantes de la Comisión encargada de los actos preparatorios para el Pleno Jurisdiccional Distrital en
materia laboral de la Corte Superior de Justicia de La libertad designados con la Resolución Administrativa N° 0126-2013-P-CSJLL/PJ.


![No se puede restringir la prueba por falta de formalidad en la absolución escrita de acusación (se limitó al imputado a ofrecer pruebas por defectos formales en su escrito de absolución, al haber sido consignados bajo el apartado de sobreseimiento y no como sustento de la absolución de la acusación) [Casación 864-2016, Del Santa, f. j. 5] Juez audiencia - LPDerecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/03/Juez-audiencia-LPDerecho-218x150.png)

![Defensa pública recién asignada en audiencia preliminar no puede observar la acusación en esa instancia, porque ello contraviene el principio de igualdad de armas y conlleva a desfavorecer recientemente en audiencia [I Pleno Jurisdiccional Distrital Penal y Procesal Penal de Pasco, 2016] Corte Superior de Justicia de Pasco](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Corte-Superior-de-Justicia-de-Pasco-LPDerecho-218x150.jpg)
![Las convenciones probatorias no constituyen una «verdad-negocial» sobre los hechos del delito, pues estos no son objeto de acuerdo entre las partes; solo recaen sobre el contenido de los medios probatorios, cuya valoración debe corresponder a la realidad objetiva [Exp. 935-2007-0, f. j. 3] hechos-pacificos-significa-verdaderos-falsos-LP](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/02/hechos-pacificos-significa-verdaderos-falsos-LP-218x150.png)
![La cuestión prejudicial es el único medio de defensa que no puede promoverse en la etapa intermedia, sino únicamente durante la investigación preparatoria, pues, aunque el artículo 350 permite la interposición de excepciones e incluso de la cuestión previa en dicha etapa, no contempla tal posibilidad respecto de aquella [Casación 79-2020, Puno, f. j. 11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/05/POST-antinomia-LPderecho-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![Padres (Testigos de Jehová) no pueden impedir transfusión sanguínea a su hijo recién nacido si su vida está en peligro [Exp. 04819-2026-0-0412-JR-FT-01, ff. jj. 6-8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-1-218x150.jpg)

![Alimentos: Aunque el padre percibe al mes dos sueldos mínimos (como gerente general de una empresa y como administrador de una notaría), sus cuentas en diversos bancos registran movimientos que suman, en total, cerca de S/159 000, por lo que, sumado al hecho de que tiene tres inmuebles inscritos a su nombre, resulta razonable ordenarle el pago de una pensión alimenticia de S/1000 mensuales a cada una de sus dos hijas [Exp. 02567-2024-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/pension-alimentos-LPDerecho-218x150.jpg)
![[VÍDEO] Mario Castillo: Nunca se olviden de que la vida no es solo la profesión](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/maxresdefault-92-218x150.jpg)


![El contrato bajo la modalidad de temporada sirve para atender incrementos «anormales» o «sustanciales» respecto de actividades propias al giro de la empresa, siempre que sean susceptibles de repetirse en periodos determinados del año [Casación 38514-2022, La Libertad, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-LPDerecho-218x150.jpg)
![[VIVO] Clase de trabajadores CAS a partir de la vigencia de la Ley 32563 (8 ABR)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/CLASE-GRATUITA-JOSE-MARIA-PACORI-CARI-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Cuando la libertad de expresión se ejerce mediante críticas a funcionarios públicos afectando su derecho a la honra, la sanción penal debe ser de carácter excepcional, por lo que los Estados deben recurrir a mecanismos alternativos como la rectificación o la reparación civil [Baraona Bray vs. Chile, ff. jj. 109-111, 115]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-218x150.png)
![TC ordena la emisión de nuevos pronunciamientos debidamente motivados en caso sobre desigualdad salarial (PJ no motivó adecuadamente la decisión de fijar una remuneración inferior a la solicitada por la trabajadora, en comparación con los demás trabajadores homólogos) [Exp. 04852-2023-PA/TC, ff. jj. 4, 6-7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-5-LPDerecho-218x150.jpg)
![TC: Fiscalía no tiene facultades coercitivas para restringir o limitar la libertad personal, pues sus actuaciones son postulatorias, no decisorias (salvo la detención preliminar en flagrancia) [Exp. 00782-2023-PHC/TC] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)

![Norma para el prevenir lavado de activos y financiamiento del terrorismo en casinos, tragamonedas y apuestas deportivas [Resolución SBS 01015-2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/SBS-LPDerecho-218x150.jpg)
![Actualizan política de subsidios del transporte urbano de pasajeros de Lima y Callao [Decreto Supremo 009-2026-MTC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/transporte-publico-trafico-embotellamiento-LPDerecho-218x150.jpg)
![Reglamento de la Ley de gestión integral de sustancias químicas [DS 005-2026-MINAM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/Sustancias-quimicas-LPDerecho-218x150.jpeg)

![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)












![Las convenciones probatorias deben proponerse y resolverse en la etapa intermedia; solo excepcionalmente pueden plantearse y decidirse en la etapa de juzgamiento, antes de la actuación probatoria [Pleno Jurisdiccional Penal Distrital de La Libertad, 2014] Corte Superior de Justicia de La Libertad](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Corte-Superior-de-Justicia-de-La-Libertad-LPDerecho-218x150.jpg)





![[VÍDEO] César Nakazaki: el derecho a la legalidad penal en la jurisprudencia del TC](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/BANNER_DERECHO-A-LA-LEGALIDAD-PENAL-EN-LA-JURISPRUDENCIA_LP-324x160.jpg)



![No se puede restringir la prueba por falta de formalidad en la absolución escrita de acusación (se limitó al imputado a ofrecer pruebas por defectos formales en su escrito de absolución, al haber sido consignados bajo el apartado de sobreseimiento y no como sustento de la absolución de la acusación) [Casación 864-2016, Del Santa, f. j. 5] Juez audiencia - LPDerecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/03/Juez-audiencia-LPDerecho-100x70.png)

![[VÍDEO] César Nakazaki: el derecho a la legalidad penal en la jurisprudencia del TC](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/BANNER_DERECHO-A-LA-LEGALIDAD-PENAL-EN-LA-JURISPRUDENCIA_LP-100x70.jpg)
![Independización de quinto piso de azotea sin área techada podrá lograrse asignando porcentaje de participación a bienes comunes siguiendo criterio razonable según ley de la materia [Resolución 564-2014-Sunarp-TR-L]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/01/independizacion-de-quinto-piso-de-azotea-sin-area-techada-podra-lograrse-asignando-porcentaje-de-participacion-a-bienes-comunes-siguiendo-criterio-razonable-segun-ley-de-la-materia-LPDerecho-324x160.jpg)