¿Qué debe hacer el trabajador si en su boleta de pago aparecen conceptos que no le abonaron?

La boleta de pago de remuneraciones es un documento por el cual el empleador acredita el cumplimiento de la prestación en una relación laboral.

1. Plazo para entregar la boleta de pago al trabajador

En el artículo 19 del Decreto Supremo 001-98-TR menciona el plazo para la entrega de la boleta de pago o boleta de haberes:

La boleta de pago será entregada al trabajador a más tardar el tercer día hábil siguiente a la fecha de pago.

Es asi que el plazo inicia del día siguiente que se realiza el pago.

2. Infracción por no entregar las boletas de pago

El no entregar boletas de pago a los trabajadores, constituye una infracción leve en materia de relaciones laborales, regulada en el numeral 2 del artículo 23 del Reglamento de la Ley General de Inspección de Trabajo.

3. ¿Qué contiene la boleta de pago?

La boleta de pago deberá contener los datos completos del trabajador y el mes al que pertenece la remuneración.

También contiene datos completos del empleador como razón social, RUC, domiclio fiscal, etc.

La boleta debe reflejar:

    • La remuneración correspondiente a un determinado periodo
    • Aportaciones a la AFP,ONP,  Essalud y otros
    • Pago de comisiones AFP
    • Descuentos o bonos correspondientes al periodo
    • Descuentos de quinta categoría SUNAT
    • Días trabajados, horas trabajas
    • Horas extras si las hubiera
    • asignación familiar
    • Fecha de ingreso
    • Fecha de beneficios sociales

La boleta de pago deberá encontrarse firmada por el empleador.

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4. ¿Qué pasa si la boleta refleja un concepto que el trabajador no ha percibido?

a. Documento probatorio

La boleta de pago sirve como medio probatorio del cumplimiento del pago del empleador hacia el trabajador.

Para que tenga esta función la boleta deberá ser firmada por el trabajador.

Si este documento contiene montos que no corresponden al trabajador, este no debe firmar la boleta, ya que de hacerlo podría entenderse como señal de conformidad.

b. Rectificación de la boleta

El trabajador debe solicitar la rectificación de la boleta si esta contiene algún error.

En este caso, recordemos que la boleta contiene los mismos datos declarados en el PDT Plame.

El empleador deberá rectificar o sustituir de la información contenida en la planilla, por lo cual se ingresan nuevamente todos los datos del concepto a sustituir o rectificar, e inclusive aquella información que no se desea sustituir o rectificar.

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c. Si se han colocado conceptos que el trabajador tiene derecho, pero no han sido pagados

Puede ser considerado como una falta grave, si es que se paga de manera extemporánea.

Puede ser considerado como acto de hostilidad. En este caso el trabajador debe enviar una carta al empleador solicitando el cese de los actos de hostilidad.

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