Mi buen amigo, el penalista Jefferson Moreno, gran experto en litigación penal, atribuyó a Eugenio Raúl Zaffaroni la siguiente frase: «Dejemos de importar las teorías alemanas, como si fueran el último modelo de BMW que existe». Dejando de lado mi gusto particular por la elegancia de los Mercedes Benz, en lugar de los BMW, sirvan las siguientes líneas para dar una muy breve opinión sobre el tema:
Entiendo que la crítica de Zaffaroni se refiere a la traslación, sin mayor reflexión, de una teoría jurídica y no al rechazo de la teoría jurídica de origen teutón. Entiendo ello, porque al leer su Tratado de Derecho penal, Zaffaroni se ampara en las categorías alemanas y la discusión científica germanoparlante, para desarrollar algunas variaciones personales de la teoría del delito.
Asimismo, su propia dogmática —como toda buena dogmática— también se nutre de aportes de otras latitudes, como es el caso italiano, la cual sólo potencia sus reflexiones. Puedo estar en contra de sus conclusiones, pero no puedo dejar de admirar su gran desarrollo científico, sobretodo expresado en sus primeras obras.
Dicha impresión me fue reafirmada al oírlo en el Max Planck Institut de Friburgo, en Alemania, ocasión en la que dio un brillante discurso. Asimismo, al leer el Código Penal nuestro —en el cual Zaffaroni tuvo una gran participación como consultor externo—, puede reconocerse el aporte científico alemán en las categorías del delito, salvo valiosos aportes latinoamericanos como el error de comprensión culturalmente condicionado o el delito de desaparición forzada.
Si pensamos lo contrario, cosa que dudo que tuviera en mente Zaffaroni, debería dejarse de lado los aportes científicos provenientes de Alemania. De ser así, dejemos de usar la teoría del bien jurídico —para alegría mía— y propongamos un mecanismo alterno de legitimación de la norma penal —en mi caso, la infracción de deber—.
De igual manera, dejemos de lado la teoría de la imputación objetiva y busquemos un mecanismo alterno para determinar cuándo se realiza el tipo objetivo. Me olvidaba, tampoco podríamos hacerlo, porque la teoría del tipo penal fue creada en Alemania.
Tampoco usemos la teoría del dolo en cualquiera de sus vertientes (psicologicista, cognitivista, normativista) para imputar la responsabilidad subjetiva, pues también se trata de un aporte alemán. Incluso, el hecho de que el dolo y la culpa se encuentren dentro del tipo subjetivo es producto de una reflexión científica welzeniana, con lo que deberíamos trasladarlos en otro espacio de la teoría del delito.
Es más, fuera del derecho penal, aspiremos —erróneamente— a que deje de funcionar el Tribunal Constitucional, el cual es también una creación derivada de la influencia de la ciencia jurídica germanoparlante (austriaca exactamente).
Tal como se aprecia, la influencia de la ciencia jurídica alemana sobre la teoría del derecho, especialmente el derecho público, es más que evidente. Sin embargo, no nos limitemos a Alemania, pues también existen aportes en otros lares, como el derecho penal suizo, el derecho penal francés, el español, el italiano, entre otros. Todos, en suma, aportes que apuntan a la máxima aspiración de la dogmática jurídico penal: la universalización y la racionalización.
Asimismo, incluso desde América Latina también hemos aportado al debate científico, quizá con aportes más modestos, pero aportes al fin y al cabo. Es el caso del delito de desaparición forzada, tipo penal surgido por los sucesos trágicos producidos en el contexto oscuro del periodo dictatorial latinoamericano. Dogmáticamente, este delito produce varios problemas de interpretación, y, ciertamente, otros tantos de legitimación, que lo hacen muy desafiante como objeto de estudio.
Estoy seguro de que el diálogo científico nos conducirá a una reflexión más profunda sobre los contornos de la actual teoría del delito. Por ello, en aras de fomentar espacios de debate, anuncio que he acordado debatir sobre este tema con Jefferson, especialmente sobre la valía real de los aportes científicos producidos en el extranjero, los fundamentos de la ciencia jurídico-penal, su relevancia para la práctica y qué es lo que realmente significa hacer dogmática penal. El lugar —virtual— del debate y la fecha de su realización, será prontamente conocido.
Naturalmente, detrás de esta invitación, como amante serio de la dogmática, no existe un deseo impuro de agravio personal. Considero que, como hombres serios, lo que se discute y siempre será así, son ideas y no personas.




![Homicidio culposo: No corresponde excluir la responsabilidad aplicando la imputación objetiva en la variante de «puesta autónoma en peligro de la víctima», pues, para ello, el agente debió actuar dentro de la normatividad debida, y es la víctima quien la contraviene [Apelación 313-2024, Lima, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-1-218x150.jpg)
![Declaran improcedente medida cautelar del juez Javier Arévalo Vela contra la JNJ [Expediente 04532-2024-36-1801-JR-DC-02]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/javier-arevalo-presidente-pj-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ministerio de la Mujer incurrió en especial agravio de adulta mayor —con deterioro cognitivo severo, en situación de abandono familiar y pobreza— al impedirle su ingreso oportuno a centro especializado, exponiéndola durante casi un año a enfermedades intrahospitalarias [Expediente. 04158-2025-0, f. j. 5.13-5.15, 6.18]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-ARTICULO-CONSTITUCIONAL-2-218x150.jpg)
![Aunque la investigación preparatoria sea una etapa progresiva, ello no impide que, desde el inicio, se pueda plantear una excepción de improcedencia de acción, para lo cual deben analizarse los hechos contenidos en la disposición de formalización [Casación 3734-2024, Nacional, ff. jj. 6.2-6.3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-escritura-publica-juez-jueza-justicia-sentencia-prueba-evidencia-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)















![Precedente Servir sobre la notificación de los actos emitidos en el PAD en el marco de la Ley 30057 [Resolución de Sala Plena 002-2025-Servir/TSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)


![De conformidad con lo señalado en los numerales 381.3 y 381.5 del artículo 381 del Reglamento, para acreditar experiencia en los procedimientos de reinscripción de ejecutores de obras y aumento de capacidad máxima de contratación para ejecutores de obras, se permite la presentación de subcontratos de ejecución de obras al amparo de la Ley, asimismo, en dichos numerales se especifica los documentos a presentar para acreditar la experiencia obtenida a partir de dicha subcontratación [Opinión D000056-2025-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)






![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)





![Declaran improcedente medida cautelar del juez Javier Arévalo Vela contra la JNJ [Expediente 04532-2024-36-1801-JR-DC-02]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/javier-arevalo-presidente-pj-LPDERECHO-324x160.jpg)

![Modifican Reglamento de la Ley que regula el acceso a la función pública para cargos de libre designación y remoción [Decreto Supremo 145-2025-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/negociacion-colectiva-trabajadores-empresa-oficina-LPDerecho-100x70.png)






![De conformidad con lo señalado en los numerales 381.3 y 381.5 del artículo 381 del Reglamento, para acreditar experiencia en los procedimientos de reinscripción de ejecutores de obras y aumento de capacidad máxima de contratación para ejecutores de obras, se permite la presentación de subcontratos de ejecución de obras al amparo de la Ley, asimismo, en dichos numerales se especifica los documentos a presentar para acreditar la experiencia obtenida a partir de dicha subcontratación [Opinión D000056-2025-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Declaran improcedente medida cautelar del juez Javier Arévalo Vela contra la JNJ [Expediente 04532-2024-36-1801-JR-DC-02]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/javier-arevalo-presidente-pj-LPDERECHO-100x70.jpg)

