Fundamento destacado: 7. Como es de advertir, el causante ha declarado dentro de la masa hereditaria “todos aquellos que se finquen a su fallecimiento en el porcentaje que le corresponde como sociedad de gananciales y/o bienes propios”, pudiendo entonces determinarse qué porcentaje de derechos le correspondían tomando en cuenta que el predio inscrito en la Partida Registral N° 01127367, al haber sido adquirido por compraventa (Asiento C00003), corresponde a un bien social y aquél inscrito en la Partida N” 11160344 (Asiento CO0003), adquirido en razón al traslado de dominio vía sucesión intestada a un bien propio.
En razón a ello, las disposiciones efectuadas por el testador se deben entender respecto a la masa hereditaria que comprende únicamente los derechos que le corresponden al causante en los bienes descritos con anterioridad.
Es decir el contenido de la masa hereditaria es determinable toda vez que puede establecerse el porcentaje de derechos del causante; del resultante se determinará la cuota ideal para cada sucesor, en este caso, para las hijas, Carmen Susy Rodríguez Zegarra, Deysi Gisela Rodríguez Zegarra, Rossmary Rodríguez Zegarra así como a su cónyuge supérstite Ana Zegarra Rosas de Rodríguez y el legatario Marco Antonio Salazar Rodríguez, de lo cual se desprende que la disposición efectuada por el testador a favor del legatario comprende una porción de derechos sobre toda la masa hereditaria factible de ser determinada respecto de todos los bienes sobre los que ostentaba titularidad al momento de su fallecimiento, y que se encontraría dentro del tercio de libre disposición del que puede disponer, por lo que, se estaría cumpliendo la condición contemplada en el art. 756° del Código Civil, no resultando necesario que se especifique sobre qué bien o parte física de éste recae el legado sino debe entenderse sobre una cuota de derechos respecto a toda la masa hereditaria.
Así lo ha expresado Augusto Ferrero Costa, comentando el Código Civil “El legado resulta así un acto de liberalidad que se otorga por testamento a favor de cualquiera, dentro de la facultad de libre disposición, pudiendo ser en nuestro Derecho de bienes ciertos o de una parte de ellos. Lo expuesto se infiere de lo expresado por el ponente en la Exposición de Motivos, por cuanto de la letra de la ley podría sostenerse que el legado se refiere a uno o más bienes o a una parte de los mismos, entendida la voz parte como derechos de los bienes, y no como parte de la herencia, expresión más apropiada que empleaba el Código derogado en su artículo 719”[1]
Además de ello, esta Sala no se aparta del criterio que mantiene el Tribunal Registral, que en diversas oportunidades se ha pronunciado sobre el particular, estableciendo que “Procede la inscripción de traslado de dominio por sucesión testamentaria del tercio de libre disposición a favor del legatario, en todos los bienes de la masa hereditaria, cuando el testador ha indicado que el tercio de libre disposición se lo adjudica en forma exclusiva al legatario” (Resolución N° 006-2014-SUNARP-TR-A), así también “Al heredero o legatario de cuota parte le corresponde una participación sobre todos los bienes de la herencia, independientemente de que se hayan mencionado o no todos los bienes en el testamento” (Resolución N° 2320-2015-SUNARP-TR-L), en consecuencia debe revocarse el numeral 1.1 de la observación.
TRIBUNAL REGISTRAL
RESOLUCIÓN N’ 641-2017-SUNARP-TR-A
Arequipa, 26 de octubre de 2017
APELANTE : ROSSMARY RODRIGUEZ ZEGARRA
TÍTULO : N 1092490 DEL 25.05.2017
RECURSO : N* 20008 DEL 11.08.2017.
REGISTRO : PREDIOS – AREQUIPA
ACTO : TRASLADO DE DOMINIO POR TESTAMENTO
SUMILLA
TESTAMENTO A FAVOR DE LEGATARIO
“De conformidad con el artículo 756° del Código Civil, el testador puede disponer como
acto de liberalidad y a título de legado, de uno o más de sus bienes, o de una parte de
ellos, dentro de su facultad de libre disposición.”
DERECHO DE USO Y HABITACIÓN
“No es inscribible la constitución del derecho de uso y habitación sobre cuotas ideales
del predio”.
I. ACTO CUYA INSCRIPCIÓN SE SOLICITA Y DOCUMENTACIÓN PRESENTADA
Con el título venido en grado de apelación se solicita la inscripción de traslado de dominio vía sucesión testamentaria sobre los predios inscritos en las Partidas Registrales Nros. 01127367 y 11160344 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Arequipa; en virtud de la sucesión testamentaria de Juan Wenceslao Rodríguez Quispe, inscrita en la Partida N° 11330847 del Registro de Testamentos de la Oficina Registral de Arequipa.
Para tal efecto, se ha presentado la siguiente documentación:
a. Solicitud de Inscripción.
b. Formulario de apelación.
c. Escrito que contiene el recurso de apelación.
[Continúa…]
![A diferencia de la psicología, que estudia la naturaleza del comportamiento humano, la psiquiatría se ocupa del diagnóstico y tratamiento de los trastornos psíquicos o enfermedades mentales [Casación 2578-2023, Ica, f. j. 16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-218x150.jpg)
![No se puede revocar la absolución del procesado si la apelación fue interpuesta por el actor civil [Apelación 197-2024, Puno]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Si bien los vecinos, por seguridad, pueden instalar elementos de seguridad (rejas y puertas) en accesos a la urbanización, tal medida, aparte de ser razonable y proporcional, debe contar con el permiso de la autoridad competente [Exp. 04537-2023-PHC/TC, f. j. 14]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/tribunal-constitucional-fachada-exterior-tc-peru-LPDerecho-218x150.png)
![Cautelar permite que jueza cesada por haber cumplido 70 años trabaje hasta el 31 de diciembre de 2026 [Exp. 02539-2026-12-1801-JR-DC-03]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Mariem-Vicky-de-la-Rosa-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)





![[VÍDEO] Aplica el «ne bis in idem» en San Valentin: nadie puede ser celado dos veces por el mismo hecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/aplica-principio-ne-bis-in-idem-san-valentin-LPDERECHO-218x150.png)







![El tiempo destinado a colocarse EPP debe computarse como parte de la jornada de trabajo [Resolución 0007-2026-Sunafil/TFL-Primera Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/Trabajador-seguridad-asistencia-horario-LPDerecho-218x150.png)
![Obligación del trabajador de usar EPP no exime al empleador sus deberes de previsión, protección y control [Casación 34506-2023, Loreto]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/indumentaria-casco-trabajador-seguridad-guantes-obrero-proteccion-trabajo-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)
![La notificación electrónica de Sunafil es válida únicamente si se envían alertas por correo o mensajería cada vez que se deposite un documento [Casación 15095-2023, Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/notificacion-electronica-LPDerecho-218x150.jpg)
![La tutela de derechos es un medio idóneo para interrumpir los efectos de una medida de decomiso [Exp. 00168-2025-PA/TC, f. j. 6] Congruencia recursal](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-3-LPDerecho-218x150.jpg)


![¡Atención, docentes! Aprueban bono de hasta S/4434 para el docente investigador [Decreto Supremo 028-2026-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/09/normas-legales-dinero-bono-subsidio-2-LPDerecho-218x150.png)
![Directiva sobre el ejercicio de las actuaciones inspectivas en la investigación de accidentes de trabajo e incidentes peligrosos [Resolución de Superintendencia 0052-2026-Sunafil]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/sunafil-fachada-3-LPDerecho-218x150.jpg)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)














![Nombre del año 2026: Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia [Decreto Supremo 011-2026-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/12/palacio-gobierno-1-LPDerecho-100x70.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![No es posible dictar prisión preventiva si la probable pena privativa de libertad ―que en su día podría imponerse― no será efectiva [APE 2-2024/CIJ-112, f. j. 43]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/palacio-justicia-poder-judicial-PJ-fachada-LPDerecho-100x70.png)
![[VIVO] César Nakazaki defiende a Adrián Villar en audiencia de prisión preventiva](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/BANNER-GENERICO-nagazakiyvillar-LPDERECHO-100x70.jpg)
![A diferencia de la psicología, que estudia la naturaleza del comportamiento humano, la psiquiatría se ocupa del diagnóstico y tratamiento de los trastornos psíquicos o enfermedades mentales [Casación 2578-2023, Ica, f. j. 16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-324x160.jpg)



![No se puede revocar la absolución del procesado si la apelación fue interpuesta por el actor civil [Apelación 197-2024, Puno]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-100x70.jpg)

![A diferencia de la psicología, que estudia la naturaleza del comportamiento humano, la psiquiatría se ocupa del diagnóstico y tratamiento de los trastornos psíquicos o enfermedades mentales [Casación 2578-2023, Ica, f. j. 16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-100x70.jpg)
