El día viernes 13 próximo, se realizará el Pleno Jurisdiccional Distrital Civil de la Corte Superior de la Libertad, en las que se abordará dos temas, uno vinculando al derecho sustantivo y otro de corte más procesal.
Así es, el primer tema se refiere a la denuncia civil en el ámbito de las obligaciones solidarias. El segundo tema se refiere al emplazamiento del mandato ejecutivo a acreedores no ejecutantes.
Con respecto al primer tema, existe la interrogante, que ha dado lugar a fallos contradictorios, sobre si el juez puede admitir la denuncia civil o no, cuando la pretensión versa sobre una obligación solidaria. Y es que, por un lado, se podría sustentar que el artículo 102 del Código Procesal Civil indica que la denuncia civil sí procede, pues se refiere a cualquier tipo de obligación. Empero, por otro lado, se podría alegar que no procede tal denuncia porque, conforme al artículo 1186 del Código Civil, el acreedor puede decidir contra quien plantea la pretensión de cobro.
En relación al segundo tema, existe la disparidad de opiniones judiciales sobre si se debe emplazar a los acreedores no ejecutantes con el mandato ejecutivo. Por un lado, se dice que ello no corresponde, pues no existe norma que así lo indique. Por otro lado, se afirma que sí debe procederse a tal emplazamiento, pues es necesario establecer si el acreedor no ejecutante intervendrá o no en el proceso antes o después de la ejecución forzada.
Para el primer tema, el expositor será el profesor Fort Ninamancco Córdova, que es profesor titular de Derecho Civil de la Universidad de San Marcos y Profesor Principal de la Academia de la Magistratura. El profesor Ninamancco ha sido expositor en los Plenos Nacionales Civiles de los años 2015 y 2019, así como Amicus Curiae de la Corte Suprema de la República, para el VII Pleno Casatorio Civil.
Para el segundo tema, el expositor será el profesor Christian Delgado Suárez, que es profesor de Derecho Procesal Civil de la Universidad de Lima y de la Academia de la Magistratura. El profesor Delgado ha participado como ponente en varios Plenos Jurisdiccionales y ha sido Amicus Curiae de la Corte Suprema de la República para el X Pleno Casatorio Civil.
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