El Pleno del Congreso aprobó, en primera votación, incorporar el uso de la tecnología digital en la remisión de la carpeta fiscal, en la declaración del imputado y en las diligencias de la investigación preparatoria. El proyecto fue aprobado con 67 a favor, cero en contra y dos abstenciones. La iniciativa deberá someterse a segunda votación en los próximos siete días calendario.
Lea más | Congreso tipifica el delito de captación de menores de edad para fines delictivos
La propuesta dispone que el fiscal a cargo de la investigación tiene la obligación, bajo responsabilidad funcional, de enviar al correo electrónico indicado, sin costo alguno para quien lo solicita, el total o una parte del expediente requerido. Esta disposición también aplica para las copias certificadas en formato digital.
Inscríbete aquí Más información
Se establece, además, que el imputado tiene derecho a rendir su declaración de forma presencial o mediante videoconferencia en situaciones específicas debidamente justificadas. Asimismo, podrá ampliarla para ejercer su defensa y responder a las imputaciones en su contra. Las ampliaciones de declaración se admitirán si resultan pertinentes y no constituyen únicamente una estrategia dilatoria o de mala fe.
Cuando la declaración se efectúe por videoconferencia, esta deberá ser registrada en un soporte digital y adjuntada al acta correspondiente. Si el imputado decide no declarar, en todo o en parte, dicha negativa será registrada en el acta.
Lea más | Congreso modifica proceso de extinción de dominio y limita su aplicación
En caso de que la declaración sea presencial y el imputado se niegue a firmarla, se deberá consignar la razón. Los sistemas informáticos empleados en estas declaraciones deben cumplir con requisitos que aseguren su accesibilidad para personas con discapacidad.
Dictamen recaído en los Proyectos de Ley 6322/2023-CR, 6889/2023-CR y 7007/2023-CR que, con texto sustitutorio, propone la Ley que modifica el Decreto Legislativo 957, Nuevo Código Procesal Penal, respecto al uso de la tecnología digital.
COMISIÓN DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Periodo Anual de Sesiones 2024 – 2025
Señor presidente:
Han ingresado para estudio y dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos las
siguientes iniciativas legislativas:
|
PROYECTO DE LEY |
PROPONENTE |
TITULO DE LA PROPUESTA |
|
6322/2023-CR |
Grupo Parlamentario Unidad y Diálogo Parlamentario a iniciativa de la congresista Jhakeline Katy Ugarte Mamani. | Ley que precisa la gratuidad de la carpeta fiscal cuando se solicita su remisión de forma virtual para garantizar el debido proceso y el derecho de defensa. |
|
6889/2023-CR |
Grupo Parlamentario Perú Libre a iniciativa de la congresista María Antonieta Agüero Gutiérrez. | Ley que modifica el Decreto Legislativo 957, Nuevo Código Procesal Penal, que incorpora la declaración del imputado por medio tecnológico en el caso que no resida en el lugar o cerca de donde debe prestar declaración. |
|
7007/2023-CR |
Grupo Parlamentario Alianza Para el Progreso a iniciativa del congresista Alejandro Soto Reyes. | Ley que propone el uso de la tecnología digital. |
Después del análisis y debate correspondiente, la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, en su Duodécima Sesión Ordinaria, acordó por MAYORÍA de los presentes, la APROBACIÓN del presente dictamen.
Con los votos a favor los congresistas: Isaac Mita Alanoca, Francis Paredes Castro, María del Carmen Alva Prieto, José Arriola Tueros, Juan Burgos Oliveros. Waldemar Cerrón Rojas, Víctor Cutipa Ccama, Pasión Dávila Atanacio, Américo Gonza Castillo, Silvia Monteza Facho, Jorge Morante Figari, Alex Paredes Gonzáles, Germán Tacuri Valdivia y Héctor Valer Pinto. Votos en contra de los congresistas David Jiménez Heredia, Margot Palacios Huamán, Tania Ramírez García y Héctor Ventura Ángel.
Y las abstenciones de los congresistas María de los Milagros Jáuregui Martínez de Aguayo y Alejandro Muñante Barrios.
Asimismo, en dicha sesión, se aprobó la dispensa del trámite de sanción del acta para ejecutar el presente acuerdo de comisión.
[Continúa…]


![La valoración y suficiencia de la prueba recabada durante las diligencias preliminares, para determinar si corresponde o no formalizar investigación preparatoria, son aspectos que competen exclusivamente a los fiscales [Exp. 01693-2024-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Decisiones de Sunafil no obligan al Poder Judicial a pronunciarse en el mismo sentido [Casación Laboral 4517-2023, Lambayeque]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Defraudación tributaria: La conducta típica, antijurídica y culpable del delito tributario no se elimina por la presencia de una regularización tributaria, solo su punibilidad, por lo que tal situación no impide considerar la defraudación tributaria como una actividad criminal previa del delito de lavado de activos [Casación 775-2021, Puno, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-218x150.jpg)
![Obedecer las órdenes del empleador no constituye la eximente de «obediencia debida» en el delito de colusión (trabajador alegó que actuó por orden del gerente general de la empresa y que, por tanto, carecía de dolo para perjudicar al Estado) [Casacion 166-2023, Madre de Dios]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-escritura-publica-juez-jueza-justicia-sentencia-prueba-evidencia-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)






![[VÍDEO] Aplica el «ne bis in idem» en San Valentin: nadie puede ser celado dos veces por el mismo hecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/aplica-principio-ne-bis-in-idem-san-valentin-LPDERECHO-218x150.png)


![Proceso hereditario y apertura de la sucesión (artículo 660 del Código Civil) [ACTUALIZADO 2025] apertura de la sucesión con logo LP](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2020/11/La-apertura-de-la-sucesion-218x150.jpg)
![[Balotario notarial] Instrumentos públicos extraprotocolares: actas notariales y certificaciones](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/ACTA-NOTARIAL-CERTIFICACIONES2-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[Balotario notarial] La representación, el poder, los poderes notariales y los poderes otorgados en el extranjero](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/REPRESENTACION-PODER-NOTARIALES-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Contrato de suplencia no se desnaturaliza por realizar funciones distintas a las del trabajador reemplazado [Casación Laboral 33744-2023, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/dormir-trabajo-despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-extras-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)

![La exigencia de ley previa se sitúa a caballo entre la garantía material y formal: protege tanto la seguridad como la libertad del ciudadano frente a una aplicación sorpresiva del «ius puniendi» —y, así mismo innecesaria desde el prisma de la finalidad de prevención general de la pena—, e impide que las normas sancionadoras, que por no existir no podían ser conocidas y tomadas en consideración por el ciudadano, se apliquen a conductas que cuando se realizaron no estaban prohibidas por una ley, o, aún prohibidas, estaban menos castigadas [Sentencia 54/2023, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/BANNER-GENERICO-Tribunal-Constitucional-de-Espana-LPDerecho-218x150.jpg)
![Las normas de «ius cogens» pueden prevalecer sobre el principio de legalidad: el art. 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos alude claramente a la posibilidad de procesar y condenar penalmente por la comisión de un acto, a pesar de no encontrarse previamente prohibido y penado por el Derecho escrito, siempre que tal acto resulte delictivo «según los principios generales del derecho reconocidos por la comunidad internacional» [Exp. 00024-2010-PI/TC, ff. jj. 53-55] Congruencia recursal](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-3-LPDerecho-218x150.jpg)
![Dos dimensiones del principio de legalidad penal: como principio constitucional, informa y limita los márgenes de actuación de los que dispone el legislador al momento de determinar las conductas prohibidas y sus respectivas sanciones; y, como derecho subjetivo constitucional, garantiza a toda persona que la conducta prohibida esté prevista en una norma previa, estricta y escrita, y también que la sanción esté contemplada previamente en una norma jurídica [Exp. 01469-2011-PHC/TC, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)

![Aprueban recursos a gobiernos regionales para contratar docentes [Decreto Supremo 033-2026-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/08/clases-LPDerecho-218x150.jpg)


![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)


















![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Nombre del año 2026: Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia [Decreto Supremo 011-2026-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/12/palacio-gobierno-1-LPDerecho-100x70.png)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)







