Indecopi.- El Tribunal Constitucional (TC) rechazó definitivamente el proceso de amparo interpuesto por el Colegio de Abogados de Lima (CAL). La demanda estuvo dirigida contra la resolución de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB) del Indecopi, que declaró barrera burocrática ilegal los cobros que exigía a los abogados para incorporarse al colegio profesional.
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El TC consideró en su resolución que la demanda de amparo del CAL no es la vía regular para cuestionar las decisiones del Indecopi, en este caso de la CEB, que declaró barrera burocrática ilegal los cobros que exigía el CAL a los abogados por las ceremonias de incorporación individual o grupal, así como el cobro por el curso de Práctica Forense. La CEB sustentó su decisión en que el CAL no contaba con autorización legal para exigir dichos cobros.
Hay que indicar que el CAL, además de la vía de la acción de amparo, presentó una Acción Contencioso Administrativa ante el Poder Judicial, que sí es la vía regular para cuestionar las decisiones de instancia administrativa, como es el Indecopi.
Sin embargo, esta segunda acción ya ha sido declarada infundada en primera instancia mediante sentencia del 5 de julio de 2019 de la Quinta Sala Contencioso Administrativa de la Corte Superior. El CAL ha impugnado esta decisión y está actualmente en trámite.
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