No es legítima la suspensión de ejecución de garantía hipotecaria por la sola existencia de una medida de incautación sobre el mismo inmueble [Exp. 01256-2012-0]

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD
PRIMERA SALA ESPECIALIZADO CIVIL

EXPEDIENTE : 01256-2012-74-1601-JR-CI-07
DEMANDANTE : BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ
DEMANDADO : ALFA CONSTRUCTORES S.A.C.
MATERIA : EJECUCIÓN DE GARANTÍA HIPOTECARIA

AUTO DE VISTA

RESOLUCIÓN NÚMERO TRES
En Trujillo, a los cinco días de marzo
del año dos mil veinticuatro. –

AUTOS Y VISTOS; dado cuenta con los autos expeditos para resolver, producida la votación correspondiente, los Jueces Superiores de la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, Magistrados: Jaime Antonio Lora Peralta; Yvonne Lúcar Vargas; y, Hugo Francisco Escalante Peralta, expiden la presente resolución; y, CONSIDERANDO:

I. RECURSO DE APELACIÓN

El presente auto de vista tiene por objeto resolver el recurso de apelación formulado por Agroindustria VIPAUR E.I.R.L., contra el Auto contenido en la Resolución número Sesenta y ocho, de fecha 22 de setiembre del 2023, de folios 124 a 125, que resolvió: SUSPENDER el remate en tercera convocatoria, hasta que se resuelva de manera definitiva el proceso penal contenido en el Exp. N° 4031-2010 seguido contra Bruno Bracamonte Moreno, ALFA CONSTRUCTORES SAC. REPRESENTADA POR BRUNO BRACAMONTE MORENO, MARCO ANTONIO BENAVIDES BAGALLO y otros, por el delito de LAVADO DE ACTIVOS, proveniente de TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS.

El apelante atribuye a la resolución apelada los vicios siguientes:

1. Existen deficiencias en la motivación, al haberse expedido con motivación aparente e incongruente.

2. El A quo se ha limitado a citar artículos de la norma procesal penal y el pleno jurisdiccional distrital Comercial del 2017, sin embargo, no responde las alegaciones del Banco, y no toma en cuenta lo expuesto por la Sala Superior para anular la anterior resolución, menos contiene un análisis de cómo dichas normas penales pueden afectar el derecho real de hipoteca que posee el banco.

[Continúa…]

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