La Federación de Trabajadores del Poder Judicial que preside Franklin Emiliano Quiroz Saldaña, luego de tomar conocimiento de la medida del Poder Judicial por la cual los trabajadores judiciales realizarán trabajo presencial todos los días por lo menos cinco horas que serán complementadas con tres horas diarias de trabajo remoto, presentó una «apelación».
Como se sabe, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante la Resolución Administrativa N° 000351-2021-CE-PJ dispuso nuevos horarios para la jornada laboral presencial y excepciones para personas vulnerables.
2.1 Las labores en el Poder Judicial se desarrollarán mediante jornada de trabajo mixta, conforme a lo siguiente:
2.1.1. Presencial en forma diaria, que se complementará con trabajo remoto.
Para preservar el aforo correspondiente, se realizará en dos turnos, mañana y tarde; modificándose en este extremo el protocolo mencionado en el artículo precedente:
a) Primer turno: de 07:45 a 12:45 horas, complementándose con tres horas de trabajo remoto.
b) Segundo turno: 13:30 a 18:30 horas, complementándose con tres horas de trabajo remoto.
El trabajo presencial se desarrollará obligatoriamente como mínimo cinco horas diarias.
Ante esta medida, la Federación sostiene su disconformidad aduciendo que no se ha tenido en cuenta la realidad que viven los trabajadores judiciales:
El tiempo implícito que toma el marcar la salida del centro de labores o sede judicial donde el trabajador presta sus servicios y su desplazamiento al paradero donde deberá tomar el transporte público que emplea para dirigirse a sus domicilios. Ese tiempo, en algunos más y en algunos menos, en promedio lo podemos situar en 30 minutos.
Así, luego de realizar el trabajo presencial de cinco horas, la Federación considera que el trabajador perderá 30 minutos al trasladarse de su paradero al trabajo, 30 del lugar del trabajo al paradero, 30 en desinfectarse al llegar a casa y otros 30 para almorzar de manera rápida.
Así, para la Federación se podría hablar en promedio de por lo menos dos horas y media que perderá el trabajador entre realizar trabajo presencial y el trabajo remoto, lo que escapa de las ocho horas que debería dedicarle al trabajo.
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