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El presente listado tiene como base el documento oficial (denominado Informe N.º 023-2025-MGS) que fue emitido por el Tribunal Constitucional, a través de la Directora de la Dirección de Estudios e Investigación del Centro de Estudios Constitucionales, a raíz de la solicitud de información pública del ciudadano Patricio Miguel Ángel Carpio Casaverde.


DOCTRINA JURISPRUDENCIAL 


Año

Sentencia y fecha Criterio vinculante principal Link de la sentencia

 2025

Exp. 04106-2022-PHD/TC
(31-7-2025)
Reglas para determinar qué no es información pública.

lpd.pe/Npm6v

 2024 Exp. 04382-2023-PA/TC
(12-8-2024)

Exigencias para allanar estudios jurídicos y evitar lesionar el derecho al secreto profesional.

lpd.pe/N5jXK
2023 Exp. 01275-2022-PHC/TC
(31-8-2023)

Resulta necesaria una adecuada y suficiente motivación sobre la reparación civil, en la medida que es relevante para la resocialización del condenado y para la satisfacción de los derechos de la víctima del delito.

lpd.pe/y2BKQ

 2022

Exp. 03248-2019-PHC/TC
(14-11-2022)

La debida motivación reforzada es obligatoria cuando se analice el cumplimiento de los presupuestos materiales, los elementos del test de proporcionalidad y la determinación de la duración de la prisión preventiva. lpd.pe/z8pbk
 2021

Exp. 04404-2018-PHC/TC
(5-5-2021)

No procede la ejecución de una sentencia que ha sido revocada en segunda instancia.

lpd.pe/N7gng

2020

Exp. 00367-2016-PHC/TC
(19-10-2020)

Principios que los jueces constitucionales deben garantizar en los procesos donde una de las partes sea un pueblo indígena.

lpd.pe/yx2Vd

2019

Exp. 01413-2017-PA/TC
(9-7-2019)

Prohibición de ingreso de animales sin considerar su función de asistencia vulnera el libre tránsito y afecta la accesibilidad de personas con discapacidad.

lpd.pe/zLpd6

  

 2015

 

Exp. 01665-2014-PHC/TC
(7-10-2015)

Detrás de la determinación de la fecha que debe empezar a computarse el plazo para apelar (acorde con el principio de interés superior del niño y pro infante), se halla la identificación de las condiciones con las cuales el menor podrá ejercer su derecho a los recursos y su derecho a la pluralidad de la instancia.

lpd.pe/EP2rQ

Exp. 00295-2012-PHC/TC
(3–6-2015)

Criterios sobre el cómputo del plazo razonable del proceso penal y las consecuencias derivadas de su violación. lpd.pe/z1apQ
2014

 

Exp. 04058-2012-PA/TC
(9-5-2014)

El principio de interés superior del niño, niña y adolescente tiene fuerza normativa superior no solo en el momento de la producción de normas, sino también en el momento de su interpretación. lpd.pe/z4mDZ

Exp. 00139-2013-PA/TC
(5-5-2014)

El derecho reconoce el sexo cromosómico o genético, el cual es inalterable y necesario para que la persona sea individualizada como corresponde a su derecho a la identidad. lpd.pe/NVQ4p

Exp. 01711-2014-PHC/TC
(9-4-2014)

El TC es competente para revisar, vía RAC, las sentencias estimatorias de segundo grado emitidas en sede constitucional relativas al delito de terrorismo. lpd.pe/N9WK8

Exp. 00005-2010-PA/TC
(13-3-2014)

Reglas sobre la indebida notificación conjunta de órdenes de pago y resoluciones de ejecución coactiva.

lpd.pe/Eqjm2

Exp. 00978-2012-PA/TC
(24-1-2014)

No son procedentes las medidas cautelares ordinarias que pretendan la suspensión de sentencias judiciales ordinarias.

lpd.pe/zRnrP

2010

 

 

Exp. 00004-2009-PA/TC
(15-11-2010)

 

El recurso de apelación por salto a favor de la ejecución de una sentencia del TC se interpone contra la resolución del juez de ejecución que declara actuado, ejecutado o cumplido el mandato de una sentencia del TC, o que declara fundada la contradicción u observación propuesta por el obligado.

lpd.pe/zYaV3

 

Exp. 03170-2010-PHC/TC
(29-9-2010)

 

Es obligatoria la participación de los procuradores en todos los procesos penales por delitos de tráfico ilícito de drogas y lavado de activos sin que pueda rechazarse en ningún supuesto su participación con el argumento de que no son parte en el proceso. lpd.pe/zXMZW
 

Exp. 03426-2008-PHC/TC
(2-9-2010)

 

Personas con discapacidad mental, sujetas a medidas de seguridad, en instalaciones no óptimas constituye «estado de cosas inconstitucional» y las personas que se encuentran en dichas circunstancias pueden podrán acogerse a los efectos de la sentencia.

lpd.pe/zKg3M

Exp. 02748-2010-PHC/TC
(17-8-2010)

En los procesos constitucionales en donde se dictó sentencia estimatoria de segundo grado, vinculados con el delito de tráfico ilícito de drogas y/o lavados de activos, excepcionalmente, la Procuraduría del Estado correspondiente se encuentra habilitada para interponer un RAC especial.

lpd.pe/yAvWP

Exp. 00252-2009-PA/TC
(27-7-2010)

Inicio y conclusión del cómputo del plazo de prescripción y la condición firme de la resolución impugnada.

lpd.pe/EG6BK

 

2007

 

Exp. 4972-2006-PA/TC
(18-10-2007)

 

El control jurisdiccional posterior sobre el arbitraje se llevaría en tres situaciones: i) cuando la jurisdicción arbitral vulnera o amenaza la tutela procesal efectiva, ii) cuando resulta impuesta ilícitamente de manera compulsiva o unilateral, y iii) cuando verse sobre materias absolutamente indisponibles (derechos fundamentales, asuntos penales, entre otros).

lpd.pe/zd2AM

Exp. 5228-2006-PHC/TC
(30-5-2007)

Criterios jurídicos para la determinación de la razonabilidad y proporcionalidad del plazo de investigación del MP.

lpd.pe/zvk6d

 

 2006

Exp. 6167-2005-PHC/TC
(9-3-2006)

La jurisdicción arbitral no se agota en las cláusulas contractuales ni en la Ley General de Arbitraje, sino que se convierte en sede jurisdiccional, con autonomía y obligada a respetar los derechos fundamentales.

lpd.pe/zQr2g

 

  

2005

 

Exp. 1805-2005-HC/TC
(30-6-2005)

Duplicar el plazo de prescripción en todos los delitos cometidos en agravio del Estado atenta contra el principio de legalidad, ya que su aplicación se extiende in malam partem cuando debiera ser in bonam partem.

lpd.pe/yw5mQ

Exp. 2798-2004-HC/TC
(10-2-2005)

La práctica sistemática de desapariciones forzadas constituye un delito de lesa humanidad y su investigación no puede ser equiparada a la de un delito común.

lpd.pe/EMW2R

 

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