LP Pasión por el Derecho tuvo acceso a la Resolución 074-2025/CCD-Indecopi, mediante la cual la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal de Indecopi declaró fundada en parte la denuncia interpuesta por Soluciones Educativas Digitales S.A.C. (empresa que forma parte de la Corporación Educativa Pamer) contra la Academia Vonex, por presunta comisión de actos de competencia desleal en la modalidad de engaño.
¿Qué originó la denuncia?
La controversia se originó a raíz de diversas publicaciones realizadas por la Academia Vonex en sus cuentas oficiales de Instagram y Facebook durante los meses de marzo y abril de 2024, en las que se difundieron cifras de supuestos ingresantes a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM) y a la Universidad Nacional Federico Villarreal (UNFV), atribuyéndolos a su centro de preparación académica.
Entre las publicaciones denunciadas, se incluyen las siguientes:
En Instagram:
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10 de marzo de 2024: “¡Somos 315 cachimbos San Marcos! Examen de Admisión San Marcos – 2024-II. Áreas D y E”.
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11 de marzo de 2024: “¡Somos 467 cachimbos San Marcos! Examen de Admisión San Marcos – 2024-II. Áreas B, C, D y E”.
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14 de marzo de 2024: “En este examen de admisión San Marcos 2024-II tuvimos 467 cachimbos. Primer puesto en la nueva carrera Marketing”.
En Facebook:
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17 de marzo de 2024: “¡Somos 602 cachimbos San Marcos! Examen de Admisión San Marcos – 2024-II. Áreas A, B, C, D y E”.
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18 de marzo de 2024: “Tenemos 14 cachimbos de Medicina Humana”.
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26 de marzo de 2024: “¡Ahora somos 624 cachimbos San Marcos!”.
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29 de abril de 2024: “¡Felicidades! 110 cachimbos Federico Villarreal. Examen de Admisión – 2024”.
La denunciante alegó que tales afirmaciones carecían de sustento, habrían sido exageradas o inexactas, y tenían como finalidad inducir a error a los consumidores y ganar ventajas competitivas indebidas en el mercado de academias preuniversitarias.
¿Qué determinó la Comisión?
Tras evaluar los medios probatorios presentados por la imputada —que incluyeron fichas de matrícula, constancias de ingreso, boletas electrónicas, entrevistas y reportes de becas—, la Comisión concluyó lo siguiente:
Fundada en parte
La denuncia fue declarada fundada respecto a las publicaciones en Instagram del 11 y 14 de marzo de 2024, que afirmaban que 467 alumnos de la Academia Vonex habían ingresado a la UNMSM en el examen 2024-II (áreas B, C, D y E).
La Comisión determinó que solo 464 estudiantes estaban debidamente acreditados, mientras que tres de ellos pertenecían al área A, cuyo examen se realizó después de la fecha de la publicación. Esto contravenía el principio de sustanciación previa, ya que no se contaba con la evidencia completa al momento de la difusión.
Infundada en otros extremos
La denuncia fue declarada infundada respecto a las demás publicaciones, tras verificarse que sí existían pruebas que respaldaban las cifras presentadas. En concreto:
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La afirmación sobre 315 ingresantes en las áreas D y E (Instagram, 10 de marzo).
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El anuncio relativo al primer puesto en la carrera de Marketing (Instagram, 14 de marzo).
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Las publicaciones en Facebook que indicaban:
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602 y 624 ingresantes a San Marcos.
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14 ingresantes a Medicina Humana.
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110 ingresantes a la Universidad Federico Villarreal.
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En todos estos casos, la Comisión concluyó que la academia cumplió con el deber de sustanciación previa y que los alumnos mencionados habían cursado estudios en su centro de preparación inmediatamente antes de rendir el examen de admisión.
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Medidas impuestas por el Indecopi
Como consecuencia de su decisión, la Comisión resolvió lo siguiente:
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Amonestación a la Academia Vonex por los anuncios del 11 y 14 de marzo de 2024 en Instagram.
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Inscripción en el Registro de Infractores de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal.
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Cese definitivo e inmediato de la difusión del anuncio que mencionaba a los 467 ingresantes en las áreas B, C, D y E.
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Pago de costas y costos del procedimiento a favor de Soluciones Educativas Digitales S.A.C.
Solicitudes denegadas
La Comisión rechazó el pedido de la parte denunciante para que se ordene:
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La publicación de un aviso rectificatorio.
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La publicación de la resolución sancionadora en medios de comunicación.
Esto debido a que no se acreditó un efecto residual significativo de las publicaciones en la percepción del público, lo que tornaría innecesaria y desproporcionada la medida correctiva solicitada.
Resolución en primera instancia
La Resolución N.º 074-2025/CCD-INDECOPI fue emitida en primera instancia por la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal y no agota la vía administrativa. Por tanto, cualquiera de las partes involucradas —ya sea Academia Vonex o Soluciones Educativas Digitales S.A.C.— puede interponer recurso de apelación ante la Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Tribunal del Indecopi.
LP Pasión por el Derecho fue el primer medio en acceder a la Resolución Final 074-2025/CCD-Indecopi, mediante la cual se sancionó a la Academia Vonex con una amonestación por incurrir en actos de competencia desleal en la modalidad de engaño, al difundir publicidad no verificada sobre el presunto ingreso de 467 alumnos a la UNMSM. Se solicita que, al hacer uso de esta información, los medios citen adecuadamente a nuestra fuente.
SUMILLA: Se declara FUNDADA EN PARTE la denuncia presentada por Soluciones Educativas en contra de Academia Vonex, por la comisión de actos de competencia desleal en la modalidad de engaño, supuesto establecido en el artículo 8 de la Ley de Represión de la Competencia Desleal, debido a que con fechas 11 y 14 de marzo de 2024 difundió publicidades a través de la red social Instagram, en las que se consignaron las siguientes afirmaciones: “¡Somos 467 cachimbos San Marcos! Examen de Admisión San Marcos – 2024 –II. Áreas B, C, D, y E” y “En este examen de admisión San Marcos 2024-II tuvimos 467 cachimbos”, informando sobre el número de alumnos ingresantes a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos provenientes de su academia de preparación, cuando ello no es cierto, respectivamente.
De otro lado, se declara INFUNDADA la denuncia presentada por Soluciones Educativas en contra Academia Vonex, por la presunta comisión de actos de competencia desleal en la modalidad de engaño, supuesto establecido en el artículo 8 de la Ley de Represión de la Competencia Desleal, con relación a la publicidad difundida a través de la red social Instagram de fecha 10 de marzo de 2024, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Asimismo, se declara INFUNDADA la denuncia presentada por Soluciones Educativas en contra de Academia Vonex, por la presunta comisión de actos de competencia desleal en la modalidad de engaño, supuesto establecido en el artículo 8 de la Ley de Represión de la Competencia Desleal, con relación a las publicidades difundidas a través de la red social Facebook con fecha 17, 18 y 26 de marzo y 29 de abril de 2024, informando sobre el número de alumnos ingresantes a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y a a la Universidad Nacional Federico Villareal provenientes de su academia de preparación, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
En consecuencia, se SANCIONA a Academia Vonex con una amonestación por la publicidad difundida en Instagram el 11 de marzo de 2024 y por la publicidad difundida en Instagram el 14 de marzo de 2024. Asimismo, se ORDENA su inscripción en el Registro de Infractores creado por la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal del Indecopi.
De esta forma se ORDENA a Academia Vonex que cumpla con pagar a Soluciones Educativas Digitales S.A.C. las costas y costos derivados del presente procedimiento.
De otro lado, se DENIEGA el pedido formulado por Soluciones Educativas Digitales S.A.C. para que se ordene la publicación de la resolución condenatoria y se ordene la publicación de un aviso rectificatorio.
Finalmente, se ORDENA a Academia Vonex en calidad de medida correctiva, el CESE DEFINITIVO e INMEDIATO de la difusión del anuncio infractor, en tanto dé a entender a los consumidores que 467 estudiantes de la Academia Vonex han ingresado a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos en las áreas B, C, D y E a través del examen de admisión 2024-II y que tuvieron 467 cachimbos en el examen de admisión San Marcos 2024-II, en tanto ello no sea cierto.
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Resolución 074-2025/CCD-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 092-2024/CCD
DENUNCIANTE: SOLUCIONES EDUCATIVAS DIGITALES S.A.C. (SOLUCIONES EDUCATIVAS)
IMPUTADA: INVERSIONES FIMASA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (ACADEMIA VONEX)
MATERIAS: ACTOS DE ENGAÑO MEDIDA CORRECTIVA COSTAS Y COSTOS GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
ACTIVIDAD: OTROS TIPOS DE ENSEÑANZA N.C.P.
1. ANTECEDENTES
El 13 de junio de 2024, Soluciones Educativas presentó una denuncia en contra de Academia Vonex, por la presunta comisión de actos de competencia desleal en la modalidad de engaño, supuesto establecido en el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1044 (en adelante, Ley de Represión de la Competencia Desleal). Al respecto, la denunciante expresó que la Academia Vonex se encontraría ofreciendo servicios de educación preuniversitarios mediante ciclos académicos y tutorías personalizadas para la preparación de exámenes de admisión en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y Universidad Nacional Federico Villareal, a través de su portal web y redes sociales. La denunciante indicó que con fechas 10, 11 y 14 de marzo de 2024, Academia Vonex vendría difundiendo publicidad mediante su red social Instagram, sobre el número de alumnos ingresantes a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos provenientes de su academia de preparación, a decir de la denunciante, la imputada estaría difundiendo las siguientes afirmaciones engañosas: (i) “Somos 315 cachimbos San Marcos! Examen de Admisión San Marcos – 2024 –II. Áreas D, y E”; (ii) “¡Somos 467 cachimbos San Marcos! Examen de Admisión San Marcos – 2024 –II. Áreas B, C, D, y E”; y, (iii) “En este examen de admisión San Marcos 2024-II tuvimos 467 cachimbos. Primer puesto en la nueva carrera Marketing”, respectivamente.
Adicionalmente, la denunciante alegó que con fechas 17, 18 y 26 de marzo de 2024, Academia Vonex vendría difundiendo publicidad, mediante su red social Facebook, sobre el número de alumnos ingresantes a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos provenientes de su academia de preparación, a decir de la denunciante, la imputada estaría realizando las siguientes afirmaciones engañosas: (i) “¡Somos 602 cachimbos San Marcos! Examen de Admisión San Marcos – 2024 –II. Áreas A, B, C, D, y E”; (ii) “Tenemos 14 cachimbos de Medicina Humana. Examen de Admisión San Marcos – 2024 –II”; y, (iii) “Academia Vonex ¡Ahora Somos 624 cachimbos San Marcos! Examen de Admisión San Marcos – 2024 –II. Áreas A, B, C, D, y E” “¡Únete a Vonex ahora mismo y prepárate para alcanzar tus metas académicas! Lista completa aquí (…)”, respectivamente. En este punto, Academia Vonex precisó, respecto de la publicidad difundida en Facebook con fecha 26 de marzo de 2024, que no fue posible acceder al enlace que contendría la lista de los referidos ingresantes: (https://drive.google.com/file/u/0/d/1UKsgrfTY37FYGfKpoFLopSkw8ht7hb9D/view?usp=sharing&fbclid
=IwZXh0bgNhZW0CMTAAAR0peJWjvINvXQZpjAxIrjNo0vUp3CKqJ5kH3rTkyJWIqfIaToQUnpwOvk_aem_AVhl5PIDexi3kcq8BJOGudsJ3C
bsN5jcDmEXalIf66ITxAF5UEARJm8eDwOLWfPvt2B9vgW1n4kqDMZmoZC0Mvgx&pli=1).
Academia Vonex también señaló que con fecha 29 de abril de 2024, la imputada difundió publicidad mediante su red social Facebook, sobre el número de alumnos ingresantes a la Universidad Nacional Federico Villareal provenientes de su academia de preparación, toda vez que estaría realizando la siguiente afirmación engañosa: “¡Felicidades! 110 cachimbos Federico Villareal. Examen de Admisión – 2024”.
En virtud de lo expuesto, la denunciante señaló que, mediante la publicidad difundida, el número de alumnos ingresantes a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y Universidad Nacional Federico Villareal provenientes de la Academia Vonex resultarían ser cifras elevadas y no reales, difundidas con la finalidad de influir en las decisiones de sus potenciales consumidores.
Por dichas consideraciones, la denunciante solicitó a la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (en adelante, la Comisión) que: (i) admita a trámite la denuncia y oportunamente se declare fundada; (ii) sancione con multa como infracción grave lo cometido por la imputada; y, (iii) condene a la imputada al pago de costas y costos. Asimismo, en calidad de medida correctiva, solicitó lo siguiente: (i) el cese definitivo e inmediato de las publicaciones engañosas difundidas en su página de Facebook, Instagram u otro medio de comunicación social, que contenga información falsa detallada sobre el número de ingresantes provenientes de su academia de preparación; (ii) rectificación de la información falsa además de en sus redes sociales y en el medio de prensa escrito de mayor circulación en el país, mediante los cuales se señale el correcto número de ingresantes provenientes de la Academia Vonex a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y a la Universidad Nacional Federico Villarreal; y, (iii) la publicación de la resolución condenatoria.
[Continúa …]
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Esta publicación se basa en la Resolución 074-2025/CCD, emitida por Indecopi y de acceso público. No obstante, el acceso, selección, análisis y difusión del caso forman parte del trabajo periodístico de LP Pasión por el Derecho.