[VÍDEO] ¿Quién responde por los daños de un accidente de tránsito producido por un vehículo objeto de arrendamiento financiero?, por Jhoel Chipana

El abogado Jhoel Chipana Catalán fue convocado al Encuentro Jurisdiccional Nacional de Jueces Especializados en materia civil, desarrollado en Piura, para disertar sobre el arrendamiento financiero y la responsabilidad civil por accidente de tránsito.

Lea también: Cas. Lab. 15953-2015, Lima: Responsabilidad solidaria en la desnaturalización de contratos laborales

El abogado consideró que en este caso es aplicable la Ley General de Transportes y propuso que en la responsabilidad civil se consideren los riesgos que cada parte debe asumir y también quién es el autor directo del daño. leas. Para el abogado si se sigue manteniendo tipificada la responsabilidad solidaridad no hay forma de no aplicar la solidaridad en el caso concreto.

Lea también: Responsabilidad solidaria del gerente general de una empresa irregular

Sobre esto dijo que se debería implantar la obligatoriedad de aplicar un seguro a favor de terceros en cualquier riesgo y que en caso de que el daño sea superior a la cobertura de la póliza de seguro, recién se contemple la solidaridad responsable entre el propietario y el que a causado el daño al conductor.

El abogado Jhoel Chipana agregó que si no se contrata una póliza de seguros, el propietario sera solidariamente responsable con el conductor.

Lea también: Responsabilidad civil de las entidades financieras por los daños y perjuicios que ocasionan los vehículos dados en arrendamiento financiero (leasing)

Jhoel Chipana Catalán es abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP), tiene estudios concluidos de maestría en Derecho Civil y Comercial en la Escuela de Postgrado de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM). Actualmente es profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de San Martín de Porres (USMP).

Comentarios: