La resolución del contrato de arrendamiento por causal de falta de pago configura un supuesto de posesión precaria que permite la acción de desalojo [Exp. 00582-2017-0]

6º Juzgado Civil

EXPEDIENTE : 00582-2017-0-0401-JP-CI-02
MATERIA : DESALOJO
JUEZ : VALDIVIA FRANCO PATRICIA RUBY
ESPECIALISTA : PUMA SALAZAR NESTOR
DEMANDADO : QUISPE BAUTISTA, MARIA GRACIELA
DEMANDANTE : CHAVEZ NUÑEZ, SANTIAGO MANUEL ORTEGA DE CHAVEZ, MARCELA EMILIA HORTENCIA

RESOLUCION NRO. 30

SENTENCIA NRO. 30-2020-6JEC

Arequipa, dos mil veinte
Junio uno.-

Se deja constancia que la presente sentencia se expide en el día de la fecha, debido a la declaración de emergencia efectuada por el Estado Peruano.

I. PARTE EXPOSITIVA:

VISTOS: La demanda de desalojo modificada a folios ciento veintitrés, interpuesta por SANTIAGO MANUEL CHAVEZ NUÑEZ Y MARCELA EMILIA ORTEGA DE CHAVEZ, en contra de MARIA GRACIELA QUISPE BAUTISTA, sobre desalojo por resolución de contrato e
incumplimiento de sus obligaciones con la finalidad que procedan con a la desocupación y entrega de la posesión del inmueble denominado “MALL PLAZA RIO SECO” ubicado en la parte del Block D, ubicado en la plataforma del mercado mayorista de Rio Seco,
Distrito de Cerro Colorado, Provincia y Departamento de Arequipa, también identificado como centro comercial situado a la altura del Kilómetro 8.5 de la carretera Arequipa a Yura,
Módulo D. Distrito de Cerro Colorado, Provincia y departamento de Arequipa, y como;

PRETENSION ACCESORIA: que se proceda a pagar los alquileres devengados, adeudando a la interposición de la demanda la cantidad de S/ 157, 500.00 soles, reservándose el derecho de actualizar el monto adeudado hasta el momento de la restitución efectiva de la posesión del inmueble.

[Continúa…]

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