Fundamento destacado: 6.4.- Como se puede apreciar con facilidad, el impedimento de salida del país es una medida coercitiva personal que recae sobre la libertad de desplazamiento de una persona, es decir, su derecho fundamental a la libertad personal en atención a ello y de conformidad con los artículos 253 y 295 del Código Procesal Penal, para la imposición de esta medida corresponde verificar los siguientes requisitos:
a) La existencia de suficientes elementos de convicción,
b) La medida debe ser necesaria para la indagación de la verdad (resaltado nuestro),
c) El requerimiento fiscal debe estar fundamentado adecuadamente, indicando el sujeto afectado con sus demás datos así como la duración de la medida,
d) La medida debe ser proporcional,
e) imputación fiscal contenida en la disposición de apertura de diligencias a preliminares debe contener un delito a investigar sancionado con una pena superior a los tres años de pena privativa de libertad.
2° JUZG. INVESTIGACIÓN PREP. TRANSIT. – SEDE NCPP LOS OLIVOS
EXPEDIENTE : 00043-2020-2-0903-JR-PE-02
JUEZ : DEJO APAESTEGUI LUIS ALBERTO
ESPECIALISTA : (NCPP)LOLI GONZÁLES JESÚS ARTHURO
MINISTERIO PUBLICO : 2 FPPC DE LOS OLIVOS CUARTO DESPACHO,
IMPUTADO : PEÑA ARIAS, JUAN ANTONIO
DELITO : HOMICIDIO SIMPLE
PEÑA ARIAS, JUAN ANTONIO
DELITO : VIOLACIÓN DE LAS MEDIDAS SANITARIAS.
AGRAVIADO : SALAZAR CANTARO, CYNTHIA NIEVES RAMOS ACEVEDO, JESSICA VANESSA QUIROZ SANCHEZ, MILAGROS ROXANA RIOJAS SANTOS, CINTHIA FIORELLA MONTAÑEZ SUDARIO, ALISON DAYANA MELOSEVICH HUANCA, LYZ YOSELYN FLORES PAZ, JOAN DIEGO FLORES ISMINIO, ANGIE INES PEÑA OSCO, SANDRA THALIA ROSSO LOJA, MIRIAM PAOLA SALCEDO VELASQUEZ, MAYHURIT UCAÑAN RODRIGUEZ, KAREN MILAGROS
Resolución Nro. DOS
Los Olivos, treintaiuno de agosto
Del dos mil veinte.
IMPEDIMENTO DE SALIDA DEL PAÍS
AUTOS, VISTOS y OIDOS; el requerimiento del impedimento de salida del país del investigado JUAN ANTONIO PEÑA ARIAS solicitado por el señor Fiscal Carlos Enrique Diaz Casimiro, Fiscal Provincial Penal del Cuarto Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Los Olivos; y, los recaudos que se adjuntan; y,
CONSIDERANDO
1.- PETITORIO.
PRIMERO. El señor Fiscal Carlos Enrique Diaz Casimiro, Al amparo de lo establecido en el artículo Art. 122 Inciso 1° y 4°, Art. 135 inciso 1°, Art. 253 Incisos 1°, 2° y 3° y Art, 295 Incisos 1° y 2° del Código Procesal Penal, REQUIERE se ORDENE EL IMPEDIMENTO DE SALIDA DEL PAÍS del investigado JUAN ANTONIO PEÑA ARIAS identificado con DNI N° 44548620, sexo: Masculino, fecha de nacimiento: 23/07/1987, natural de: El Agustino / Lima, grado de instrucción: Secundaria Completa, estado civil: Soltero, de unos 1.6 mts, nombre del padre: Juan De La Mata, nombre de la madre: Carmen y con domicilio real en la Calle Cucarda 478, Urb. El Agustino, 7MA Zona / El Agustino/Lima; en la investigación que se le sigue por los delitos de contra la Vida, el Cuerpo y la Salud – HOMICIDIO SIMPLE (Art. 106º del Código Penal) imputable a título de Dolo Eventual, y contra la Salud Pública – Violación de medidas sanitarias, en agravio de la Sociedad.
[Continúa…]



![URGENTE: Lea la resolución que condena a Guillermo Bermejo a 15 años de cárcel por «pertenencia» a Sendero Luminoso [Exp. 00059-2015-0-5001-JR-PE-01] Guillermo Bermejo-sentencia](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/02/Guillermo-Bermejo-sentencia-LP-Derecho-218x150.png)
![Voto singular: El hábeas corpus no procede contra resoluciones sobre medios técnicos de defensa (excepción de naturaleza de acción), pues estos no inciden en la libertad individual ni corresponde al juez constitucional sustituir el análisis de la justicia ordinaria (caso Cócteles) [Exp. 02109-2024-HC/TC, pp. 116-117]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/VOTO-SINGULAR-HABEAS-CORPUS-RESOLUCIONES-MEDIOS-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La libertad de contratación no puede ejercerse al margen de las normas que rigen el ordenamiento jurídico, como la prohibición de tercerización de actividades que forman parte del núcleo del negocio, dado que esta se fundamenta en la protección constitucional de los derechos laborales [Exp. 03097-2024-PA/TC, ff. jj. 68-69]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/LIBERTAD-CONTRATACION-MARGEN-JURIDICO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Que municipio destine S/440.40 y S/844.10 para comprar cerveza no constituye delito de peculado, porque el hecho en sí mismo no produce una perturbación social que amerite la intervención del derecho penal en tanto el perjuicio económico no es significativo [RN 935-2015, Cusco, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)











![La prueba de la propiedad no solo comprende el último título, toda vez que este depende directamente de la validez de los títulos anteriores [Casación 6468-2019, Puno, ff. jj. 7-11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-FIRMA-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Suprema interpreta artículo 37 del TUO 728: el despido no puede deducirse y la carga de la prueba corresponde al trabajador [Casación 15624-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadores-reunion-jefe-gritos-mal-ambiente-laboral-oficina-despido-LPDerecho-218x150.jpg)
![¿Puede un funcionario público patrocinar a particulares en procesos contra la misma entidad donde labora? [Informe Técnico 947-2025-Servir-GPGSC] Servir](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/03/Autoridad-Nacional-del-Servicio-Civil-LP-Derecho-218x150.png)
![Suprema fija plazo de 20 días para impugnar laudos económicos que resuelven una negociación colectiva bajo la Ley 31188 [Apelacion 2510-2024, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![¿Varias organizaciones sindicales pueden negociar en conjunto si ninguna alcanza el cincuenta por ciento más uno de afiliados? [Informe Técnico 1269-2025-Servir-GPGSC] sindicato licencia sindical](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/sindicato-licencia-sindical-LPDerecho-218x150.png)


![Suspenden el examen de conocimientos de suboficiales para el proceso de ascenso [RM 1970-2025-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/07/Ministerio-del-Interior-LP-218x150.png)
![Indecopi declara ilegales restricciones de Migraciones que impedían la participación de apoderados en trámites administrativos [Res. 0363-2025/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/FACHADA-MIGRACIONES-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)








![[VIDEO] Juez propone que todos los delitos se tramiten en unidades de flagrancia, sin excepción](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/DELITOS-PLANTEA-TABOA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[VIDEO] Hay jueces que rechazan cautelares porque «el caso es complejo», advierte Giovanni Priori en LP](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/JUECES-RECHAZAN-CAUTELARES-GIOVANNI-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-324x160.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Indecopi declara ilegal que municipio limite venta de bebidas alcohólicas en envase cerrado hasta las 11 p. m. [Res. 0382-2025/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/BODEGA-ALCOHOL-DOCUMENTO-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)





![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Términos «discapacitado», «retardado», «inválido» o «limitado» afectan la dignidad de las personas con discapacidad y perpetúan la discriminación [Exp. 01543-2019-PHC/TC, ff. jj. 17-18]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/discriminacion-al-cobrar-pasaje-a-persona-con-discapacidad-LPDERECHO-324x160.jpg)