El registro de correos electrónicos del empleado con el fin de probar faltas laborales vulnera la inviolabilidad de las comunicaciones [Exp. 05532-2014-PA/TC, ff. jj. 7-8]

Fundamentos jurídicos: 7. Por lo expuesto, este Tribunal Constitucional concluye que el registro de los correos electrónicos enviados por la accionante ha sido obtenido con violación del derecho al secreto y a la inviolabilidad de las comunicaciones, protegido por el inciso 10 del artículo 2 de la Constitución.

8. En consecuencia, los registros de los correos electrónicos de fechas 26 y 27 de octubre de 2009, que sustentaron y justificaron el despido de la demandante, constituyen una prueba prohibida, por lo que su utilización en el procedimiento disciplinario de despido resulta inconstitucional, violatorio del derecho al secreto y a la inviolabilidad de las comunicaciones y, por ende, violatorio del derecho al trabajo de la demandante.


[Continúa…]

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