El Poder Ejecutivo manifestó su preocupación en torno al proyecto de nuevo Código Penal que se discute desde hoy en el Congreso y que, a decir de sus críticos, trae penas desproporcionadas. En una conferencia de prensa, el ministro del Interior, José Luis Pérez Guadalupe, según informa la agencia de noticias Andina, cuestionó este proyecto: “Preocupa que este proyecto esté rebajando penas, cuando todos sabemos que tenemos el problema de la seguridad ciudadana, escuchamos que debe haber mano dura y acá más bien se rebaja penas”.
Vídeo: Mario Pablo Rodríguez Hurtado destaca los ejemplos de Roxin, Jiménez de Asúa y López Albújar.
Por su parte, el ministro de Justicia, Aldo Vásquez, en la misma conferencia, cuestionó también la desproporcionalidad, poniendo como ejemplo que el proyecto impone hasta cadena perpetua para el sicariato y un máximo de 35 años de prisión para el genocidio, sin tener en cuenta que este último delito comporta mayor gravedad.
David Cardenas, ha compartido en facebook los cambios que operarían en las diversas modalidades del delito de aborto si se aprobase el proyecto.
El Congreso discute el proyecto de Código Penal. Veamos cómo cambiarían las penas en el capítulo sobre ABORTO (primero menciono al código actual y luego la propuesta del proyecto):
– Autoaborto: Pena máxima: 2 años. El proyecto dice mínimo 2 años y máximo 3 años (más castigo para la madre).
– Aborto consentido: De 1 a 4 años pasa a 2 a 5 años
– Aborto no consentido: Se mantiene de 3 a 5 años y agrega que si la madre es gestante o hay violencia, la pena es de 6 a 8 años.
– Pena al médico, obstetra, etc. Actualmente, si es consentido: de 1 a 4 años; si no es consentido, de 3 a 5 años. El proyecto señala como mínimo 4 y máximo 8 (o sea, prisión efectiva).
– Aborto preterintencional (imprudente): Actualmente solo hay un máximo de 2 años. El proyecto dice mínimo 2 y máximo 4.
– Aborto por violación o inseminación no consentida o graves taras: Actualmente no tipificado. El proyecto propone de 10 a 50 días de servicios comunitarios (no hay privación de libertad).
– Aborto terapéutico: No hay pena, pero amplía la causal: «evitar en su salud física o mental un mal grave y permanente».
Vídeo: ¿Es posible aspirar a un proceso penal universal? Ponencia de Juan Luis Gómez Colomer.
Como ven, se incrementan las penas para las madres y médicos. A los profesionales los condenan a cárcel efectiva, para impedir el aborto libre. Por lo mismo, se aumenta la pena en el aborto consentido. El argumento es que en general los delitos contra al vida tienen mayor protección; sin embargo, hay incoherencias en otros capítulos (por ejemplo, el sicariato tendría más castigo que el genocidio).
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La novedad es la inclusión del tipo legal de aborto por violación o inseminación no consentida por la que se le impone una pena simbólica de 10 a 50 días de servicios comunitarios. Sin embargo, luego de haber sido rechazada la propuesta de despenalización, es posible que excluyan esta figura especial y la sigan considerando aborto consentido, con pena de 2 a 5 años.

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