Otra excelente nota de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos sobre un problema que nos acecha diariamente: los fraudes inmobiliarios. Sunarp te cuenta lo que debes saber para poner a salvo tus propiedades. Lee y comparte.

¿Cuántas veces hemos escuchado o leído historias sobre personas que han perdido sus propiedades en manos de estafadores, quienes sin remordimiento alguno han desalojado familias enteras tras apoderarse de sus casas y terrenos? La Sunarp te recuerda que existen mecanismos para proteger lo nuestro; el primero y más importante: inscribir nuestra propiedad en los Registros Públicos.
Inscribir un predio en la Sunarp –el cual pudo ser adquirido por contrato, herencia, etc.–, permitirá al adquiriente ejercer plenamente su derecho de propiedad ante terceros. Es decir, si alguna persona intentara adjudicarse un bien que no le pertenece, la Ley le dará preferencia al que se encuentra inscrito en los Registros Públicos.
Si bien es cierto que inscribir una propiedad no es obligatorio, sí es recomendable hacerlo por la seguridad y protección legal que provee. Es mejor prevenir antes que lamentar.
Adicionalmente el servicio de inscripción, la Sunarp ha implementado una serie de mecanismos que, a manera de ‘candados’, tienen por finalidad blindar las propiedades registradas, impidiendo la consumación de delitos como la falsificación de documentos o suplantación por parte de sujetos inescrupulosos. Hoy recordaremos la importancia del servicio de ‘Alerta Registral’.
• Alerta Registral
‘Alerta Registral’ es un servicio gratuito de información preventiva que da la Sunarp a todos los usuarios interesados en proteger aún más una propiedad o derecho inscrito.
La comunicación le llega automáticamente al interesado al correo electrónico o celular que él haya asociado al número de partida registral respectiva. Esta alerta se activa tan pronto se produzca la presentación de cualquier título relacionado a la partida registral protegida. De esta forma los interesados pueden iniciar oportunamente las acciones que correspondan en cautela de la situación jurídica de los bienes, actos o derechos inscritos.
Los adultos mayores que no estén familiarizados con las nuevas tecnologías también pueden inscribir sus propiedades en ‘Alerta Registral’. Para ello, deben afiliar el correo electrónico o el número de teléfono móvil de un familiar cercano, quien deberá informar cada vez que el sistema emita una alerta.
‘Alerta Registral’ no se limita al Registro de Predios. También se pueden inscribir para proteger las partidas de los Registros de Personas Jurídicas, Mandatos y Poderes y Propiedad Vehicular.
IMPORTANTE: Desde el pasado 29 de setiembre de 2016, todas las personas que han adquirido un vehículo o predio quedan afiliadas de forma automática al servicio de ‘Alerta Registral’.
Cómo inscribirse en ‘Alerta Registral’
Inscribirse a ‘Alerta Registral’ es muy sencillo:
- Ingresa a la página web de la Sunarp: www.sunarp.gob.pe
- Ubica el ícono ‘Alerta Registral’.
- Regístrate como nuevo usuario.
- Acepta las condiciones de uso expuestas.
- Llena el formulario con tus datos personales e ingresa tu correo electrónico y el número de tu teléfono celular.
- Consigna el número de la partida registral y la clase de Registro al que corresponde dicha partida (Registro de Predios, Registro de Personas Jurídicas, Registro de Mandatos y Poderes, Registro Vehicular).
- ¡Listo! Ya estás inscrito en ‘Alerta Registral’.
Recuerda que puedes actualizar los datos de tu correo electrónico o número telefónico las veces que sea necesario, ingresando a la plataforma de ‘Alerta Registral´.
• Inmovilización temporal de partidas
Otro servicio que la Sunarp pone a disposición de sus usuarios para prevenir los fraudes inmobiliarios es la Inmovilización Temporal de Partidas, a través del cual el propietario de un determinado inmueble puede colocar ‘un candado’ de manera voluntaria y temporal a la partida donde se encuentra inscrita su propiedad, inmovilizándola a fin de impedir que personas inescrupulosas realicen transferencias, cargas o gravámenes en ésta.
Se recomienda inmovilizar un predio cuando por motivos de trabajo, estudios u otros, su propietario tiene que ausentarse de su ciudad por un tiempo prolongado. También es recomendable inmovilizar un predio cuando se tiene dos o más propiedades y solo se ocupa una de estas. Para solicitar la Inmovilización temporal de tu predio acude a cualquier oficina de la Sunarp a nivel nacional.
| DATO: Durante el año 2016, se inscribieron 164,970 partidas al servicio de ‘Alerta Registral’. De estas, 121,125 pertenecían al Registro de Propiedad Inmueble, es decir el 73.42%. |
| DATO: Desde su creación, en 2008, hasta el 31 de diciembre del año pasado, 495,218 partidas se han inscrito al servicio de ‘Alerta Registral’. |
| DATO: De enero a diciembre de 2016, se efectuaron 2,273 Inmovilizaciones Temporales a nivel nacional, un porcentaje menor si consideramos que en ese mismo lapso, se registró la compraventa de 187,466 predios. |
OFICINA GENERAL DE COMUNICACIONES – SUNARP




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