Fundamentos destacados: 2. Las facultades supremas concedidas a la asamblea general, las cuales incluyen la posibilidad de aprobar y modificar el estatuto y acordar la extinción de su personalidad jurídica respetando el quórum y las mayorías señaladas en el Código Civil o en el estatuto, conlelvan a concluir que también podrá válidamente interpretar los alcances de su norma estaturaia, en aplicación del aforismo jurídico según el cual quien puede lo más puede lo menos. Es decir, así como está facultada la asamblea general para aprobar o modificar su estatuto, también podrá interpretas sus alcances en los casos en que la norma estatutaria resulte ambigua, incierta o contradictoria entre sí.
4. Señala también el Registrador que en la asamblea general del 30 de octubre de 2003 se reconoce la elecciónde un vicepresidente cuando de acuerdo con el artículo 33 del estatuto, la denominación correcta es «primer civepresidente». Al respecto debe señalarse que si bien la denominación correcta del cargo es la que señala el Registrador y por lo tanto, existe error en el acta en que consta la elección del consejo directivo, dicho error no constituye un obstáculo para el elección del consejo directivo, dicho error no constituye un obstáculo para el acceso del título al Registro en la medida que la designación de un «vicepresidente» conforme consta en el acta, nos remite necesariamente al cargo de «primer vicepresidente» consignado en el estatuto por cuanto no existen en el consejo directivo cargos con denominación similar que pudieran generar confusión, tal como sería la existencia de más de una vicepresidente.
Por lo tanto, corresponde revocar el literal a) del numeral 2 de la observación.
Sumilla: Interpretación del estatuto
«La asamblea general de una asociación como órgano supremo facultado para aprobar y modificar el estatuto, podrá válidamente interpretar sus alcances en los casos en que la norma estatutaria resulte ambigua, incierta o contradictoria entre sí».
TRIBUNAL REGISTRAL
RESOLUCIÓN 144-2004-SUNARP-TR-L
Lima, 12 de marzo de 2004.
I. ACTO CUYA INSCRIPCIÓN SE SOLICITA Y DOCUMENTACIÓN PRESENTADA
Se solicita la inscripción de la elección del consejo directivo para el periodo que va desde el 15 de febrero de 2002 hasta el 15 de febrero de 2004 y la aprobación del nuevo estatuto de la asociación denominada Cámara Peruana del Libro.
Con tal finalidad se adjuntan, entre otros, los siguientes documentos:
- El parte de la escritura pública del 25 de noviembre de 2003 en la que consta la elección del consejo directivo y los nuevos estatutos aprobados mediante asamblea general extraordinaria del 30 de octubre de 2003.
- Declaración jurada de Carlos Augusto Benavides Aquije con firma legalizada el 22 de diciembre de 2003 ante el Notario Anibal Corvetto Romero.
- Original de la publicación en el dirario Correo el 16 de octubre de 2003.
- Copia autenticada por la fedataria de la Zona Registral N° IX, Susana Pichilingue Fernández, del libro denominado Registro de Asociados N° 2 correspondiente a Cámara Peruana del Libro.
- Copia certificada del acta de la asamblea de regularización y general extraordinaria de asociados de la Cámara Peruana del Libro del 30 de octubre de 2003.
- Copia autenticada por la fedataria de la Zona Registral N° IX, Susana Pichilingue Fernández, de los cargos de la citación a la asamblea de regularización y general extraordinaria del 27 de octubre de 2003.
- Copia legalizada por el Notario Luis Benjamín Gutiérrez Adrianzén de la citación a la asamblea de regularización y general extraordinaria de asociados del 27 de octubre de 2003 en primera convocatoria y el 30 de octubre de 2003, en segunda convocatoria.
II. DECISIÓN IMPUGNADA
El Registrador Público del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral N° IX, Julio Javier Espíritu Orihuela, observó el título en los siguientes términos:
SUBSISTEN LAS SIGUIENTES OBSERVACIONES:
- El acta de la asamblea general de fecha 30-10-2003 corre inserta en el libro de Juntas Generales N° 2, sin embargo, de acuerdo con el artículo 20 del estatuto de la asociación, la denominación correcta de dicho órgano de la asociación es Asamblea General.
- a) En la asamblea general del 30-10-2003, se reconoce la elección del cargo de vicepresidente; sin embargo, de acuerdo con el artículo 33 del estatuto de la asociación, la denominación correcta del cargo es primer vicepresidente. b) Además se reconoce la elección de 3 vocales, sin embargo el artículo 33 del estatuto establece que la directiva está formada por dos vocales. Artículo 2011 del Código Civil.
- En la modificación de estatutos adoptado en la asamblea general del 30-10-2003, no se regula el quórum para la instalación y la forma como adopta sus acuerdos el siguiente órgano de la asociación: El consejo consultivo permanente, numeral 4° del artículo 82 del Código Civil.
- El artículo 87 del estatuto aprobado en asamblea general del 30-10-2003, contraviene lo dispuesto por el artículo 87 del Código Civil. Se deja constancia que el escrito presentado vía reingreso no subsana las observaciones.
[Continúa…]




![Tercerización laboral: TC ratifica constitucionalidad [Exp. 01902-2023-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadora-empleado-oficina-presencial-trabajador-LPDerecho-218x150.jpg)

![En la determinación de la pena suspendida, es posible elevar el límite habilitante de 4 a 5 años, previsto en una ley posterior (retroactividad benigna), y mantener la inexistencia de restricción para su aplicación al delito de peculado doloso, conforme a la ley vigente al momento de los hechos (principio de combinación) [Casación 1939-2023, Cusco, f. j. 8.4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/PENAL-BALANZA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Si no se formula la reserva procesal frente a la desestimación de la prueba ofrecida en la etapa intermedia y en el juicio, no se cuenta con habilitación para reiterarla en apelación [Casación 374-2023, Callao, f. j. 9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-ESPOSAS2-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)












![DL 276: aprueban MUC para servidores y funcionarios de las entidades del gobierno nacional y gobiernos regionales [DS 328-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-2-LPDerecho-218x150.jpg)





![Aprueban incremento denominado Negociación colectiva centralizada 2025-2026 para los servidores y funcionarios sujetos al régimen 276 de los gobiernos locales [DS 326-2025-EF] dinero-soles-indemnización-sueldo](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/sueldo-soles-LP-218x150.png)
![Aprueban metodología para el cálculo de multas en materia de protección de datos personales [RM 0476-2025-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-de-justicia-y-derechos-humanos-minjus-minjusdh-LPDerecho-218x150.jpg)
![Fijan nuevos montos para la suspensión de pagos y retenciones de cuarta categoría en 2026 [Resolución de Superintendencia 000390-2025/Sunat]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/sunat-fachada-LPDerecho-1-218x150.png)
![Aprueban incremento mensual de los servidores, directivos y funcionarios del régimen 728 de los gobiernos locales [DS 325-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/financiamiento-por-informacion-fraudulenta-3-LPDerecho-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)





![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)






![Designan al General César Briceño jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas [Resolución Suprema 101-2025-DE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/MASCARA-CESAR-BRICENO-VALDIVIA-LPDERECHO-324x160.jpg)
![DL 276: aprueban MUC para servidores y funcionarios de las entidades del gobierno nacional y gobiernos regionales [DS 328-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-2-LPDerecho-100x70.jpg)

![Modifican el Reglamento que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú [DS 021-2025-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/policia-pnp-LPDerecho-100x70.png)

![Aprueban incremento denominado Negociación colectiva centralizada 2025-2026 para los servidores y funcionarios sujetos al régimen 276 de los gobiernos locales [DS 326-2025-EF] dinero-soles-indemnización-sueldo](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/sueldo-soles-LP-324x160.png)

![Aprueban metodología para el cálculo de multas en materia de protección de datos personales [RM 0476-2025-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-de-justicia-y-derechos-humanos-minjus-minjusdh-LPDerecho-100x70.jpg)
![Fijan nuevos montos para la suspensión de pagos y retenciones de cuarta categoría en 2026 [Resolución de Superintendencia 000390-2025/Sunat]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/sunat-fachada-LPDerecho-1-100x70.png)
![Tercerización laboral: TC ratifica constitucionalidad [Exp. 01902-2023-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadora-empleado-oficina-presencial-trabajador-LPDerecho-100x70.jpg)
![Designan al General César Briceño jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas [Resolución Suprema 101-2025-DE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/MASCARA-CESAR-BRICENO-VALDIVIA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Aprueban incremento denominado Negociación colectiva centralizada 2025-2026 para los servidores y funcionarios sujetos al régimen 276 de los gobiernos locales [DS 326-2025-EF] dinero-soles-indemnización-sueldo](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/sueldo-soles-LP-100x70.png)
