Examen PROFA: Veinte preguntas sobre hábeas corpus. ¿Puedes resolverlas?

Para todos aquellos que se están preparando para rendir su examen Profa, les dejamos aquí estas preguntas sobre hábeas corpus que tomó el extinto Consejo Nacional de la Magistratura.

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1. Es una garantía constitucional que tiene todo ciudadano para defender su derecho a la libertad individual.

a. Acción de cumplimento.

b. Acción de hábeas corpus.

c. Acción popular.

d. Acción de hábeas data.

2. En la sentencia 6936-2005, expedida por el Tribunal Constitucional, se señala que “si bien [la figura jurídica] en su origen histórico surge como remedio contra aprehensiones ilegales, representando la defensa de aquello que los antiguos romanos denominaban “ius movendi et ambulandi” o los anglosajones consignaban como power of locomotion, su desarrollo posterior lo ha hecho proyectarse hacia situaciones y circunstancias que si bien son próximas a un arresto, no se identifican necesariamente con él”.

¿Qué tipo de proceso constitucional se puede extraer de la lectura del fragmento desarrollado en la sentencia?

a. El proceso constitucional de amparo.

b. El proceso constitucional de hábeas corpus.

c. Se refiere al proceso constitucional de hábeas data.

d. Aplicación del control difuso.

3. El coronel del Ejército peruano Becerra Sánchez ha sido sometido a una investigación y proceso penal por más de diez años por la presunta comisión del delito de tortura, sin que hasta la fecha haya sido sentenciado. Sin embargo, hasta ahora ha estado privado de libertad, sujeto a varias prolongaciones de la prisión preventiva sin una motivación suficiente y una vez vencidos los plazos legales límite. El hermano del coronel, preocupado por su situación incierta, consultó a un abogado qué acciones podría tomar, sugiriendo que se interponga un hábeas corpus:

a. Conexo.

b. Traslativo.

c. Correctivo.

d. Preventivo.

4. A criterio del Tribunal Constitucional, el hábeas corpus se emplea cuando la libertad física o de locomoción es objeto de molestias, obstáculos, perturbaciones o incomodidades que, en los hechos, configuran una seria restricción para su cabal ejercicio. Es decir que, en tales casos, pese a no privarse de la libertad al sujeto, “se la limita en menor grado”. Frente a ello, un ciudadano interpone un hábeas corpus solicitando el retiro de una reja que obstaculiza el paso en una calle poco transitada. Ante ello, marque la opción correcta:

a. En el hábeas corpus restringido siempre está de por medio una medida de detención.

b. El Tribunal Constitucional hace únicamente mención al hábeas corpus correctivo.

c. Se constituye hábeas corpus traslativo cuando limita el traslado de las personas.

d. Cabe la interposición de un hábeas corpus restringido ante los seguimientos perturbadores carentes de fundamento legal y/o provenientes de órdenes dictadas por autoridades incompetentes.

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5. Respecto al mismo caso, marque la opción correcta:

a. En el hábeas corpus restringido siempre está de por medio una medida de detención policial.

b. El caso hace mención al hábeas corpus correctivo.

c. El caso hace mención al hábeas corpus restringido.

d. El hábeas corpus será declarado improcedente.

6. Si se presenta un hábeas corpus contra magistrados que conocieron o resolvieron otro hábeas corpus debido a la prolongación indebida de la detención judicial, el mismo que fuera declarado improcedente y confirmado en segunda instancia. El segundo hábeas corpus se presenta por el hecho de haber omitido los magistrados resolver la apelación en un plazo razonable; siendo que transcurrieron injustificadamente más de 50 días para resolver su recurso.

Sobre el hábeas corpus contra hábeas corpus:

a. No es posible su interposición en ningún caso, al tratarse de una competencia constitucional.

b. Sería posible si el juez constitucional vulneró en el primer proceso de modo manifiesto solo la tutela judicial efectiva.

c. Sería posible si el juez constitucional vulneró en el primer proceso de modo manifiesto la tutela judicial efectiva y concurrentemente la libertad.

d. En una interpretación adecuada del Código Procesal Constitucional dicho hábeas corpus es improcedente.

7. Un ciudadano es indebidamente detenido, produciéndose la privación arbitraria e ilegal de la libertad física como consecuencia de una orden policial, por lo que interpone un hábeas corpus. Bajo ese supuesto, ¿a qué tipo de hábeas corpus se refiere?:

a. Hábeas corpus restringido.

b. Hábeas corpus correctivo.

c. Hábeas corpus preventivo.

d. Hábeas corpus reparador.

8. Judith García, gerente general de la empresa constructora Los Jazmines, interpone una demanda de hábeas corpus contra la Asociación de Residentes de Los Algarrobos, con el fin de que se quite la tranquera que restringe el ingreso y salida de la Urbanización por la avenida Los Monos, y que los emplazados se abstengan de realizar cualquier acto que impida que la empresa, su representante, empleados y/o subordinados ejerzan su derecho al libre tránsito.

Al respecto, y sobre los procesos constitucionales interpuestos por personas jurídicas, marque la opción correcta:

a. Son improcedentes de plano porque las personas jurídicas no son titulares de derechos fundamentales.

b. Son improcedentes porque todas sus controversias deben resolverse en la jurisdicción ordinaria.

c. Pueden proceder excepcionalmente cuando son titulares de algunos derechos fundamentales según su naturaleza.

d. Las personas jurídicas sólo son titulares Indirectos de derechos fundamentales.

9. Es empleado para denunciar mora en el proceso judicial u otras graves violaciones al debido proceso o a la tutela judicial efectiva; es decir, cuando se mantenga indebidamente la privación de la libertad de una persona o se demore la determinación jurisdiccional que resuelva la situación personal de un detenido.

a. Hábeas corpus traslativo.

b. Hábeas corpus instructivo.

c. Hábeas corpus excepcional.

d. Hábeas corpus correctivo.

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10. Procede el proceso constitucional de hábeas corpus ante la vulneración de los siguientes derechos:

a. El honor, intimidad, voz, imagen y rectificación de informaciones inexactas o agraviantes.

b. De propiedad y herencia.

c. El derecho a no ser exiliado o desterrado o confinado sino por sentencia firme.

d. La seguridad social.

11. Sobre el proceso de hábeas corpus, según la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, marque la opción correcta:

a. El hábeas corpus instructivo procede cuando, pese a haber cesado la amenaza o violación de la libertad personal, se solicita la intervención jurisdiccional con el objeto de que tales situaciones no se repitan en el futuro, en el particular caso del accionante.

b. En el proceso de hábeas corpus no cabe desistimiento.

c. Una demanda de hábeas corpus puede ser presentada verbalmente.

d. El hábeas corpus reparador se puede utilizar en los casos en que, no habiéndose concretado la privación de la libertad, existe la amenaza cierta e inminente de que ello ocurra.

12. La frase de procedencia latina “hábeas corpus” significa:

a. Cuerpo de Cristo.

b. Traedme el cuerpo.

c. Llévese el cuerpo.

d. N. A.

13. Charles Duncan viene cumpliendo condena por delito de robo agravado en el centro penitenciario Virgen de Guadalupe. Sin embargo, el personal penitenciario lo amenaza de muerte e incluso ha atentado contra su vida, su integridad física y psicológica, pues ha sido golpeado constantemente. De manera arbitraria le restringen el derecho de visita familiar. Estos hechos configuran que Charles Duncan pueda interponer un:

a. Hábeas corpus reparador.

b. Hábeas corpus restringido.

c. Hábeas corpus correctivo.

d. Hábeas corpus traslativo.

14. El 5 de abril de 1992, se produjo en el Perú un golpe de Estado, una de las consecuencias de ese acontecimiento, fue dejar de lado la Constitución de 1979. Un grupo de ciudadanos, civiles y militares, se reúnen clandestinamente para restaurar el Estado constitucional de derecho, sin embargo, son traicionados y como consecuencia se produce una intervención policial durante una de las reuniones de dicho grupo de ciudadanos, siendo arrestados alrededor de 30 personas; otros logran darse a la fuga y finalmente algunos eluden las consecuencias de su comportamiento. 

Al día siguiente, un fiscal inicia una investigación penal contra los arrestados y una larga lista de intervinientes, siendo imputados por delito de sedición, conspiración e inclusive asociación ilícita para delinquir. Uno de los líderes de ese grupo, sale del país y fija su residencia en Centroamérica. Como consecuencia de las investigaciones penales, se denuncia a 68 ciudadanos, se les abre proceso penal inclusive con mandato de detención contra muchos de ellos y algunos son considerados como testigos.

El ciudadano que huye a Centroamérica al cabo de dos años pretende retornar al país, previa consulta con su abogado defensor, quien primero averigua si está comprendido dentro de los procesados penalmente o si está considerado como testigo. No está procesado ni está su nombre dentro de los testigos, en consecuencia decide retornar al país, sin embargo, su abogado le dice que no es prudente que retorne, en todo caso interpondrá un hábeas corpus, por amenaza supuesta contra su derecho a la libertad individual.

Coincide Ud. con la prudencia del abogado, en razón de qué elementos.

a. Porque se había declarado el Estado de Emergencia y como consecuencia estaba
suspendido el pleno ejercicio del derecho a la libertad individual.

b. Porque el Perú se encontraba en situación de inconstitucionalidad, en consecuencia,
no había ninguna garantía constitucional ni derechos fundamentales vigentes.

c. Porque era mejor prever y evitar cualquier contingencia.

d. Porque tenía en su conciencia que había intervenido en el grupo de personas que
pretendía restablecer el Estado constitucional.

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15. Coincide Ud. con el entusiasmo del ciudadano que pretende retornar inmediatamente.

a. Debido a que no está procesado ni mencionado siquiera como testigo en el proceso
penal.

b. Debido a que ya habían transcurrido dos años y estaban garantizados sus derechos
fundamentales.

c. Debido a que se había convocado a una asamblea constituyente para que elabore una nueva Constitución.

d. Ninguna de las anteriores.

16. Mariano y Rosalía celebran un acuerdo mutuo con fecha 5 de noviembre de 2005, en cuya virtud la tenencia y custodia del menor Luis, procreado por ambos, queda en poder de su madre. Cuatro años después, aprovechando que la madre debió viajar a México por razones laborales dejando provisionalmente la custodia a su padre, abuelo materno del menor, Mariano formuló una denuncia falsa ante la División de Personas Desaparecidas de la Dirincri, y con la ayuda de efectivos policiales logró ubicar a su hijo en un parque de diversiones del distrito de San Miguel, logrando sustraerlo para tenerlo incomunicado de su madre que había retornado de su viaje, haciendo que no asistiera al colegio Trilce en el que cursaba estudios primarios. Por ello, la madre interpuso una acción de hábeas corpus para obtener la restitución de la tenencia de su menor hijo.

Respecto de la competencia, qué opción considera correcta.

a. Los disensos sobre tenencia, custodia y en general sobre el ejercicio de la patria
potestad, son de competencia exclusiva de la justicia ordinaria.

b. El Tribunal Constitucional no es competente para decidir los asuntos relativos a la
tenencia o custodia de menores que les corresponde a los jueces especializados
en familia.

c. Excepcionalmente, hay temas de relevancia constitucional en materia de tenencia y
custodia, por ser el derecho a tener una familia y a no ser alejado de ella por medios
ilícitos, un derecho constitucional implícito con el derecho a la dignidad de la
persona humana, que justificarían el pronunciamiento del Tribunal Constitucional.

d. Para ejecutar acuerdos adoptados en conciliación extrajudicial o la ejecución en
materias de tenencia no procede utilizar las acciones de garantía constitucional.

17. Respecto de los derechos de los menores, marque la aseveración incorrecta.

a. Los derechos de los menores están regulados únicamente por el Código Civil y por
el Código de los Niños y Adolescentes.

b. Aparte de la normativa legal, los derechos de los menores también están
reconocidos por la Constitución Política y por la Convención sobre los Derechos de
los Niños.

c. En toda medida concerniente al niño y el adolescente debe considerarse el principio
del interés superior de estos y el respeto de sus derechos.

d. La obligación de atender al niño y al adolescente se extiende a la madre y a la
familia del menor.

18. Los magistrados, al referirse a la demora de un proceso de hábeas corpus, señalaron que esta respondía a la enorme carga procesal, por lo que:

a. Dicha situación justifica y minimiza la responsabilidad por no haber tramitado el
hábeas corpus dentro de los plazos que son perentorios.

b. Dicha situación no justifica o minimiza la responsabilidad, pues no se puede ignorar
los fines tutelares de estos procesos.

c. La carga procesal es un criterio que debe ser considerado para efectos de evaluar el
plazo razonable del proceso.

d. No existe ningún problema con los plazos puesto que son prorrogables.

19. El juez penal que conoce un hábeas corpus, advierte que no sólo se ha excedido el plazo razonable de prisión preventiva, sino el plazo razonable para ser juzgado; y sobre la base de este último derecho, puede:

a. Sobreseer el proceso penal.

b. Ordenar que se disminuya la pena cuando sea sentenciado.

c. Otorgar un plazo perentorio y bajo responsabilidad para poner fin a dicho proceso penal.

d. Asumir la competencia del juez penal y resolver sobre el fondo del asunto.

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20. Pedro está cumpliendo condena en un penal del interior del país, con un diagnóstico de enfermedad terminal y tiene pendiente de respuesta una solicitud de gracia presidencial. Sus familiares creen que si el presidente no firma el indulto, Pedro fallecerá de modo indubitable en la prisión:

Frente a este caso, ¿cuál es la vía judicial que correspondería?

a. Un proceso de habeas corpus emplazando al presidente a firmar el indulto.

b. No existe medio judicial, la gracia es una prerrogativa no un derecho.

c. Un proceso de amparo contra la comisión de gracias presidenciales.

d. Un proceso de amparo por omisión, para que las autoridades correspondientes den respuesta oportuna al pedido planteado.

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