Fundamento destacado: 3. En el caso particular del Registro de Mandatos y Poderes —que forma parte del Registro de Personas Naturales[1]— son inscribibles los poderes otorgados por personas naturales, así como la sustitución, modificación o extinción del poder otorgado, conforme lo establece el artículo 2036 del Código Civil, es decir, los actos de apoderamiento cuyos efectos recaen en la esfera de la persona natural, a diferencia de los poderes otorgados por los órganos o representantes de las personas jurídicas, los cuales constituyen actos registrables en el Registro de Personas Jurídicas, pues los efectos derivados de las facultades otorgadas recaerán en dichas entidades.
En concordancia con ello, conforme al principio de especialidad contemplado en el numeral IV del Título Preliminar del Reglamento General de los Registros Públicos, en el caso del Registro de Personas Jurídicas se aperturará una partida registral por cada persona jurídica (folio personal), en la que se extenderá todos los actos vinculados a ella (constitución, modificación de estatuto, otorgamientos de poder, entre otros), y en el caso del Registro de Mandatos y Poderes se aperturará una partida registral por cada apoderamiento (folio causal), otorgando con ello mayor claridad a la publicidad registral que se brinda a los terceros.
Por esta razón, una cuestión de primer orden es determinar la condición con la que actúa el poderdante, esto es, si actúa por derecho propio, en cuyo caso se trata de un poder que se inscribe en el Registro de Mandatos y Poderes, o si actúa en su condición de representante de una persona jurídica delegando facultades propias de su cargo, supuesto en el cual deberá inscribirse en el Registro de Personas Jurídicas.
Por otro lado debe tomarse en cuenta lo concluido en la Resolución No 1573-2021-SUNARP-TR, según el cual no procede inscribir el poder otorgado por una persona natural en el Registro de Mandatos y Poderes cuando sus efectos recaen en una persona jurídica.
TRIBUNAL REGISTRAL
RESOLUCIÓN No. – 4116 -2022-SUNARP-TR
Lima,14 de octubre de 2022.
APELANTE : OSWALDO ANTENOR BURGA ALVAREZ.
TÍTULO : No 02708002 del 13/09/2022
RECURSO : Escrito presentado el 13/01/2022. (SID)
REGISTRO : Mandatos y Poderes de Callao.
ACTO : Poder.
SUMILLA :
INSCRIPCIÓN DE PODER
El poder otorgado por una persona natural a una persona jurídica se inscribe en el Registro de Mandatos y Poderes cuando las facultades no recaen en la esfera de las actividades propias de la persona jurídica apoderada.
I. ACTO CUYA INSCRIPCIÓN SE SOLICITA Y DOCUMENTACIÓN PRESENTADA
Mediante el título venido en grado de apelación se solicita, a través del Sistema de Intermediación Digital (SID-Sunarp), la inscripción del poder otorgado por Ester del Carmen Bello Rivera a favor de la asociación religiosa Hermanas del Claraval. Para tal efecto, se presenta el parte notarial de la escritura pública del 07/07/2022, otorgada ante el notario del Callao José Alejandro Ochoa López.
II. DECISIÓN IMPUGNADA
El registrador público del Callao Jorge Luis Muñoz Morales, tachó sustantivamente el título en los términos que se reproducen a continuación:
TACHA SUSTANTIVA.- se tacha el presente título de conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 420 del Reglamento General de los Registros Públicos, por cuanto no resulta inscribible en el Registro de Mandatos y Poderes el poder otorgado mediante escritura pública del 07/07/2022, por Ester Del Carmen Bello Rivera a favor de la asociación HERMANAS DE CLARAVAL, inscrita en la Partida N° 70596981 del Registro de Personas Jurídicas del Callao, de conformidad con lo establecido en el artículo 20360 del Código Civil, así como el artículo 20 de la Ley N° 26366. Base legal.- Art. 32 del RGRP, Resolución NO 1573-2021-SUNARP- TR del 02/09/2021 Art. 2011 del Código Civil.
III. FUNDAMENTOS DE LA APELACIÓN
El apelante fundamenta su recurso en los siguientes términos
Por la presente, se solicita la apelación de la tacha del título 2022- 02708002, debido que argumentan que se tacha de manera sustantiva por lo que no resulta inscribible el acto en registros de mandatos y poderes, lo cual resulta equivocado, porque las personas naturales pueden otorgar poderes a quienes crean convenientes, en este caso se le está otorgando facultades a una persona jurídica, y hay precedentes respecto a que este acto si es inscribible, el título 2022-02707999 es uno de ellos, por favor se pide se reconsidere y se inscriba el título como tal.
[Continúa…]

![Impedimento de salida: El patrimonio que acumuló la investigada en su cargo de expresidenta, así como los viajes internacionales realizados en el ejercicio de sus funciones y que su hijo trabaje para la ONU en EE. UU., no constituyen factores determinantes de un peligro de fuga (caso Dina Boluarte) [Exp. 00171-2025-5, ff. jj. 7.2.24-7.2.25]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![No hay vulneración del debido proceso ni de la tutela procesal efectiva si la denuncia fue admitida, se realizaron diligencias y la recurrente participó e incluso interpuso recurso de elevación [Exp. 00436-2025-PA/TC, f. j. 18]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)

![Para la consumación del delito de estafa, no se requiere que el dinero se entregue directamente al estafador, pues puede efectuarse incluso a favor de un tercero [Exp. 01116-2024-PHC/TC, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/tribunal-constitucional-fachada-exterior-tc-1-LPDerecho-218x150.png)
![Derecho de defensa: Cada vez que haya una modificación en la acusación —por devolución—, debe habilitarse nuevamente el plazo de 10 días para que la defensa la absuelva, aun cuando repita sus fundamentos [Exp. 01385-2019-6, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-JUZGADO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)














![Precedente Servir sobre la notificación de los actos emitidos en el PAD en el marco de la Ley 30057 [Resolución de Sala Plena 002-2025-Servir/TSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)
![¿Servidores que estén próximos a jubilarse pueden solicitar teletrabajo? [Informe Técnico 002521-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/trabajadores-pareja-servidores-trabajo-LPDerecho-218x150.jpg)

![Las boletas de pago de los servidores del Estado se encuentran exceptuados de difusión pública dado que, prima facie, contienen datos de la esfera privada; sin embargo, la remuneración global sí corresponde ser publicitada como parte de la transparencia de la entidades del Estado [Exp. 04880-2024-PHD/TC, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-218x150.png)
![Elecciones generales 2026: diseño y especificaciones técnicas de las cédulas de sufragio [Resolución Jefatural 000199-2025-JN/ONPE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/Cedulas-de-sufragio-LPDerecho-218x150.png)
![Elecciones generales 2026: instrucciones de los sorteos de ubicación de las organizaciones políticas en la cédula de sufragio [Resolución Jefatural 00198-2025-JN/ONPE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/onpe-elecciones-votos-LPDerecho-218x150.png)
![Modifican las medidas temporales para fortalecer la seguridad en la contratación del servicio público móvil [Resolución 000135-2025-CD/Osiptel] Osiptel](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/Osiptel-Normas-legales-LPDerecho-218x150.png)
![Aprueban directiva «Cierre de oficio de las inversiones del Poder Judicial» (versión 001) [RA 000456-2025-CE-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/placio-de-justicia-pj-poder-judicial-LPDerecho-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)






![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)





![No puede confundirse la exigencia de completitud y especificidad del relato fáctico de una formalización con una exhaustividad extrema —minuciosa, detallada o pormenorizada— de las circunstancias precedentes, concomitantes o posteriores, las cuales, incluso, pueden integrarse en la acusación, siempre que se mantengan los mismos hechos constitutivos del tipo penal [Exp. 49-2025-54, ff. jj. 57-58]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/POST-Giammpol-Taboada-Pilco-documento-firmas-generico-LPDerecho-218x150.jpg)

![TC ordena al Reniec consignar, como apellido materno de una niña, el de la mujer que obtuvo el óvulo de una donante anónima y lo hizo implantar en el útero de otra mujer que dio a luz [Expediente 01367-2019-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/07/tc-y-embarazada-LPDERECHO-100x70.jpg)
![URGENTE: Suprema anula sentencia que absolvió a los Sánchez Paredes por lavado de activos y ordena nuevo juicio oral [RN 151-2024, Nacional]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-justicia-aguila-LPDerecho-100x70.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![[Vídeo] César San Martín: «Me podrán decir de todo, menos que por odio he resuelto los casos»](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-GENERICO-CESAR-SAN-MARTIN-LPDERECHO-324x160.jpg)



![Elecciones generales 2026: diseño y especificaciones técnicas de las cédulas de sufragio [Resolución Jefatural 000199-2025-JN/ONPE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/Cedulas-de-sufragio-LPDerecho-100x70.png)

![[Vídeo] César San Martín: «Me podrán decir de todo, menos que por odio he resuelto los casos»](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-GENERICO-CESAR-SAN-MARTIN-LPDERECHO-100x70.jpg)
