RESOLUCION CORRIDA N° 000495-2020-CE-PJ
Lima, 29 de Diciembre del 2020
Referencia: El Oficio N° 000135-2020-JAV-CE-PJ, cursado por el señor Consejero Javier Arévalo Vela.
VISTO:
El Oficio N° 000135-2020-JAV-CE-PJ, cursado por el señor Consejero Javier Arévalo Vela.
CONSIDERANDO:
Primero. Que el Tribunal Constitucional mediante sentencia de fecha 20 de agosto del presente año. declaró fundada la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Poder Ejecutivo, y en consecuencia inconstitucional la Ley 30745 Ley de la Carrera del Trabajador Judicial, y su reglamento aprobado por Resolución Administrativa N° 2016-2018-CE-PJ.
Segundo. Que el señor Consejero Javier Arévalo Vela, en relación a la implementación de la Ley del Servicio Civil en el Poder Judicial – Sentencia del Tribunal Constitucional N° 0029-2018-PI/TC manifiesta lo siguiente:
1. Como es de conocimiento el Tribunal Constitucional mediante sentencia del 20 de agosto de 2020 declaró fundada la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Poder Ejecutivo, y en consecuencia inconstitucional la Ley 30745. Ley de la Carrera del Trabajador Judicial, y su reglamento la Resolución Administrativa N° 2016-2018-CE-PJ.
2. Al quedar sin efecto la Ley de Carrera del Trabajador Judicial y su Reglamento, se hace necesario que el Poder Judicial ordene a los órganos competentes se proceda a iniciar los trámites necesarios para lograr la implementación de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil en el Poder Judicial.
3. La Ley N° 30057 es una norma basada en la meritocracia y que además permitirá mejores condiciones de trabajo a los trabajadores judiciales.
4. Por las razones expuestas solicita que por su intermedio se someta al Consejo Ejecutivo efectuar los trámites necesarios, para que los trabajadores del Poder Judicial pasen al régimen laboral de la Ley del Servicio Civil.
Tercero. Que el artículo 82° inciso 26) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.
En consecuencia: estando a lo expuesto en el informe antes referido, y en mérito al Acuerdo N° 1519-2020 de la septuagésimo tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 9 de diciembre de 2020, realizada en forma virtual con la participación de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad.
SE RESUELVE:
Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial inicie el procedimiento de incorporación del personal de la institución, a la Ley del Servicio Civil.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.

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