El congresista Waldemar José Cerrón Rojas, del grupo parlamentario Perú Libre, presentó un proyecto que propone incorporar la inteligencia artificial (IA) en el currículo nacional de la educación básica regular —en todas sus modalidades— y en la educación superior universitaria y no universitaria.
Lea más l Comisión de Constitución aprueba retorno de la inmunidad parlamentaria
El proyecto señala que la IA no solo debe formar parte de los contenidos curriculares, sino también de los métodos de enseñanza. Para ello, se prevé que el Ministerio de Educación cree programas de formación y capacite permanentemente a los docentes en el uso pedagógico de la IA.
Asimismo, el Ejecutivo deberá diseñar un plan nacional de implementación tecnológica, el cual podría incluir modificaciones presupuestarias a nivel programático. El texto también establece la capacitación docente como un eje para la implementación efectiva de estas herramientas.
El artículo 5 del proyecto encarga al Ministerio de Educación la responsabilidad de ejecutar la ley. Además, dispone que en un plazo de 30 días hábiles desde su eventual publicación, se apruebe su reglamento y se realicen las acciones necesarias para su implementación.
En la exposición de motivos, se remarca que la adopción de la IA en educación ya es una tendencia internacional. Desde la década de 1980, argumenta, países como Argentina, Colombia y México incorporaron tecnologías similares en sus universidades.
Proyecto de Ley N°11232/2024-CR
PROYECTO DE LEY QUE INCORPORA LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL (IA) EN LA CURRICULA DE LA EDUCACIÓN BÁSICA REGULAR, EN TODA LAS MODALIDADES, EN LOS NIVELES DE PRIMARIA, SECUNDARIA Y EN EL NIVEL SUPERIOR UNIVERSITARIO Y NO UNIVERSITARIO.
El Congresista de la República que suscribe, WALDEMAR JOSÉ CERRÓN ROJAS, integrante del Grupo Parlamentario PERÚ LIBRE, en ejercicio del derecho de iniciativa legislativa que le confiere el artículo 107° de la Constitución Política del Estado y conforme lo establecen los articulos 22°, 75° Y 76° del Reglamento del Congreso de la República, presenta el siguiente proyecto de ley.
FÓRMULA LEGAL
LEY QUE INCORPORA LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL (IA) EN LA CURRICULA DE LA EDUCACIÓN BÁSICA REGULAR, EN TODA LAS MODALIDADES, EN LOS NIVELES DE PRIMARIA, SECUNDARIA Y EN EL NIVEL SUPERIOR UNIVERSITARIO Y NO UNIVERSITARIO.
Articulo 1. Objeto de la ley.
La presente propuesta legislativa tiene por objeto, incorporar la inteligencia artificial (IA) en el currículo nacional de la educación básica regular en todas sus modalidades, en los niveles primario, secundario y en el nivel superior universitario y no universitario, con el fin de asegurar una educación inclusiva, accesible y de alta calidad para todos los estudiantes del país.
Artículo 2. Finalidad de la Ley.
La presente ley tiene por finalidad la incorporación de la inteligencia artificial (IA) priorizando el acceso a la tecnología, especialmente en áreas urbanas y rurales, con ello potenciar las destrezas del desarrollo de la formación en educación frente al avance de la ciencia y tecnología.
Artículo 3. Incorporación de la IA en el Currículo Nacional y en los niveles del sistema educativo.
La incorporación de la inteligencia artificial en el currículo nacional de la educación básica regular y en educación universitaria y no universitaria, a fin de promover el desarrollo de la formación educativa frente al avance de la ciencia y tecnología.
Artículo 4. Implementación de la (IA) en plan de estudios
El Ministerio de Educación, deberán crear programas de formación y establecer capacitación continua para los docentes de todos los niveles educativos en el uso pedagógico mediante la inteligencia artificial (IA), garantizando que los maestros adquieran las competencias necesarias para incorporar estas tecnologías en sus métodos educativos en los niveles de la educación básica regular, universitaria y no universitaria optimizando la gestión educativa de manera más eficiente y accesible.
Articulo 5. Responsabilidad del Ministerio de Educación
El Ministerio de Educación deberá implementar y la puesta en marcha de esta ley, diseñando un plan nacional para la implementación de plataformas tecnológicas basadas en inteligencia artificial (IA) en el currículo nacional de la educación básica y superior universitaria y no universitaria, para promover el desarrollo de innovación científico y tecnológico.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
ÚNICO. Acciones para la implementación.
Se autoriza al Ministerio de Educación, reglamente la presente ley en un plazo de 30 días hábiles a partir de la publicación de la presente ley y realice las acciones necesarias incluyendo de ser el caso modificaciones presupuestarias a nivel programático para la implementación de la presente ley.
[Continua…]
![Se vulnera el derecho a la motivación si el fiscal superior no se pronuncia sobre todos los agravios invocados en el recurso de elevación (principio de congruencia recursal) [Exp. 01574-2024-PA/TC, f. j. 10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/tribunal-constitucional-fachada-exterior-tc-1-LPDerecho-218x150.png)
![Si el interesado solicita la actuación de medios de investigación al borde del fin de la investigación preparatoria y no se trata de una obtención, identificación o ubicación obtenida en último momento y por causas no imputables a él, ya no será posible su actuación [Apelación 320-2024, Apurímac]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La prohibición del acceso a la conclusión y terminación anticipada, establecida en el art. 5 de la Ley 30838 para delitos como el de violación sexual de menor de edad, quebranta el derecho a la igualdad ante la ley [Casación 2197-2022, Cajamarca]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/violacion-sexual-a-nina-LPDERECHO-218x150.jpg)

![JNE establece que personas con sentencia condenatoria pueden postular a la presidencia de la República al cumplirse 10 años de cumplida la pena, siempre que no tengan pendiente la reparación civil y hayan obtenido la declaración judicial de rehabilitación [Resolución 0085-2026-JNE, 2.21-2.24]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-ARTICULO-CONSTITUCIONAL-19-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[Balotario notarial] Revocación e irrevocabilidad del poder (artículo 153 del Código Civil)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/PODERES-IRREVOCABLES-RE-LECTURA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[VIVO] Clase modelo sobre la comunicación en el proceso oral civil. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-ALDA-VITES-LPDERECHO-218x150.jpg)

![[Balotario notarial] El notario público: funciones, competencia, derechos, responsabilidades y cese](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/NOTARIO-PERU-FUNCIONES-LPDERECHO-218x150.jpg)

![El trabajador que solicita la nulidad del despido no se encuentra liberado de su carga probatoria, sino que tiene la obligación de aportar indicios razonables del despido [Casación Laboral 18431-2023, Cajamarca]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-LPDerecho-218x150.jpg)

![La indemnización por daños y perjuicios ocasionados por un despido incausado, no puede equiparse a las remuneraciones que se dejaron de percibir por esta causa de despido [Casación 18589-2023, Del Santa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/despido-desconcierto-trabajador-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)

![JNE exhorta al Congreso de la República a uniformizar la legislación con relación a los impedimentos vinculados con la situación jurídica penal de los ciudadanos que pretendan postular como candidatos en elecciones generales y subnacionales, pues el ordenamiento jurídico no es claro ni coherente [Resolución 0085-2026-JNE, 2.25-2.28]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-ARTICULO-CONSTITUCIONAL-18-218x150.jpg)
![Reglamento de organización y funciones de la Junta Nacional de Justicia [Resolución 011-2026-P-JNJ] JNJ - Junta Nacional de Justicia - LP](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/06/JNJ-Junta-Nacional-de-Justicia-LP-218x150.png)
![Lineamientos para la atención de consultas en Servir [Resolución 000020-2026-Servir-PE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/servir-servidor-trabajador-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)

![Modifican Ley General de Aduanas: transportista podrá optar por multa en lugar de comiso ante hallazgo de mercancía no manifestada [Decreto Legislativo 1711]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/ADUANA-DELITO-ADUANERO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/CODIGO-DE-RESPONSABILIDAD-PENAL-DE-ADOLESCENTES-DECRETO-LEGISLATIVO-1348-ACTU-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-218x150.jpg)






![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)






![[VÍDEO] Gonzalo de las Casas: «Los abogados muchas veces somos psicólogos de las propias empresas»](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-GENERICO-GONZALO-DE-LAS-CASAS-LPDERECHO-218x150.jpg)



![Declaran fundado recurso de queja por denegatoria de casación de Melissa Klug y ordenan que se eleve el expediente principal a sala suprema [Queja por denegatoria de casación 1944-2025, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/melisa-l%C2%BFklug-y-jerfferson-farfan-LPDERECHO-324x160.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)


![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Se vulnera el derecho a la motivación si el fiscal superior no se pronuncia sobre todos los agravios invocados en el recurso de elevación (principio de congruencia recursal) [Exp. 01574-2024-PA/TC, f. j. 10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/tribunal-constitucional-fachada-exterior-tc-1-LPDerecho-324x160.png)
![[Balotario notarial] Revocación e irrevocabilidad del poder (artículo 153 del Código Civil)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/PODERES-IRREVOCABLES-RE-LECTURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Si el interesado solicita la actuación de medios de investigación al borde del fin de la investigación preparatoria y no se trata de una obtención, identificación o ubicación obtenida en último momento y por causas no imputables a él, ya no será posible su actuación [Apelación 320-2024, Apurímac]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![La prohibición del acceso a la conclusión y terminación anticipada, establecida en el art. 5 de la Ley 30838 para delitos como el de violación sexual de menor de edad, quebranta el derecho a la igualdad ante la ley [Casación 2197-2022, Cajamarca]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/violacion-sexual-a-nina-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Declaran fundado recurso de queja por denegatoria de casación de Melissa Klug y ordenan que se eleve el expediente principal a sala suprema [Queja por denegatoria de casación 1944-2025, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/melisa-l%C2%BFklug-y-jerfferson-farfan-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Se vulnera el derecho a la motivación si el fiscal superior no se pronuncia sobre todos los agravios invocados en el recurso de elevación (principio de congruencia recursal) [Exp. 01574-2024-PA/TC, f. j. 10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/tribunal-constitucional-fachada-exterior-tc-1-LPDerecho-100x70.png)
