La congresista Rosangella Barbarán, de la bancada de Fuerza Popular, planteó incorporar el delito de activación y posesión ilegal de SIM Cards en la Ley de Delitos Informáticos.
El proyecto tiene como objeto modificar la Ley 30096 y la derogación del artículo 222-B del Decreto Legislativo 635. En consecuencia, la iniciativa legislativa propone la incorporación del artículo 10-A: ‘Activación y posesión ilegal de SIM Cards’.
En la normativa vigente, titulada ‘Posesión ilegítima de SIMs cards activados’, se estipula que esta actividad ilegal forma parte de los delitos contra la propiedad industrial. Además, consta de una pena de «no menor de uno ni mayor de cuatro años» de cárcel.
Por ello, el artículo 10-A plantea convertir el referido ilícito en un delito informático y aumentar la severidad de su pena:
El que mediante las tecnologías digitales activa uno o más SIMs cards físicos o virtuales, utilizando datos personales o biométricos, sin el consentimiento de su titular, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años y con inhabilitación conforme al numeral 4 del artículo 36 del Código Penal.
Asimismo, la propuesta de Barbarán Reyes argumenta que, debido a su presente naturaleza de delito contra propiedad industrial, la vigente reparación civil está destinada en favor de las operadoras de servicios telefónicos. Por lo tanto, su modificación como un delito informático, permitirá que la reparación sea designada en beneficio de la persona afectada por la suplantación.
Proyecto de Ley 9136/2024-CR
PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA
LEY 30096, LEY DE DELITOS
INFORMÁTICOS, RESPECTO A LA
ACTIVACIÓN Y POSESIÓN ILEGAL DE
SIM CARDS
La congresista de la República que suscribe, Rosangella Andrea Barbarán Reyes, integrante del Grupo Parlamentario Fuerza Popular, en el ejercicio del derecho de iniciativa legislativa que les confiere el artículo 107° de la Constitución Política del Perú y conforme lo establecen los artículos 74°, 750 Y 76° del Reglamento del Congreso, presenta el siguiente proyecto de ley:
FÓRMULA LEGAL
El Congreso de la República
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE MODIFICA LA LEY 30096, LEY DE DELITOS INFORMÁTICOS
RESPECTO A LA ACTIVACIÓN Y POSESIÓN ILEGAL DE SIM CARDS
Artículo 1. Incorporación del artículo 10-A en la Ley N ° 300 Ley de Delitos Informáticos.
Se incorpora el artículo 10-A en la Ley N° 30096, Ley de Delitos Informáticos, en los
siguientes términos.
» Artículo 10-A.- Activación y Posesión ilegal de SIM CARDS
El que mediante las tecnologías digitales activa uno o más SIMs CARDS físicos o virtuales, utilizando datos personales o biométricos, sin el consentimiento de su titular será-reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años y con inhabilitación conforme al numeral 4 del artículo 36 del Código Penal.
La misma pena se aplicará al agente que facilite, adquiere, posee, comercialice uno o más SIMs CARDS activados ilegalmente o teléfono móvil con SIM CARD virtual a sabiendas que se encuentran activados ilegalmente.
Artículo 2. Derogación del artículo 222-B del Decreto Legislativo 635, Código Penal peruano, referido a la posesión ilegítima de SIM cards activados
Se deroga el artículo 222-B del Decreto Legislativo 635, Código Penal peruano, referido a la posesión ilegítima de SIM cards activados.
Lima, 30 de setiembre del 2024
[Continúa…]

![Que el policía haya sido suspendido no desaparece su arraigo laboral, en tanto tiene trabajo y su actividad esencial se circunscribe a dicha condición hasta que se determine su situación jurídica [Casación 435-2024, Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-justicia-juez-jueza-defensa-civil-penal-juicio-LPDerecho-218x150.jpg)

![[VIVO] Clases introductorias de razonamiento probatorio (28 y 29 de octubre)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/Dayana-Cruz-Ibanez-LPDerecho-218x150.jpg)
![CSN inaplica Ley 32170 (que prescribe delitos de lesa humanidad) y condena a militares por desapariciones forzadas de estudiantes, docentes y trabajadores, al tiempo que absuelve a otros [Exp. 00123-2010-0-5001-JR-PE-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Suprema interpreta artículo 37 del TUO 728: el despido no puede deducirse y la carga de la prueba corresponde al trabajador [Casación 15624-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadores-reunion-jefe-gritos-mal-ambiente-laboral-oficina-despido-LPDerecho-218x150.jpg)
![La prueba trasladada no lesiona el derecho de defensa si abogado tuvo la posibilidad de efectuar sus observaciones y realizar un contrainterrogatorio [Exp. 01570-2024-PHC/TC, f. j. 23] Recurso de elevación de actuados](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/tribunal-constitucional-fachada-tc-peru-LPDerecho-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)










![La prueba de la propiedad no solo comprende el último título, toda vez que este depende directamente de la validez de los títulos anteriores [Casación 6468-2019, Puno, ff. jj. 7-11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-FIRMA-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Sala otorga tenencia a padre conocido por protestar cantando en frontis de juzgado [Expediente 02892-2021-0-2001-JR-FT-04]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/PADRE-CANTANDO-PROTESTA-DOC-LPDERECHO-218x150.jpg)
![¿Puede un funcionario público patrocinar a particulares en procesos contra la misma entidad donde labora? [Informe Técnico 947-2025-Servir-GPGSC] Servir](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/03/Autoridad-Nacional-del-Servicio-Civil-LP-Derecho-218x150.png)
![Suprema fija plazo de 20 días para impugnar laudos económicos que resuelven una negociación colectiva bajo la Ley 31188 [Apelacion 2510-2024, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![¿Varias organizaciones sindicales pueden negociar en conjunto si ninguna alcanza el cincuenta por ciento más uno de afiliados? [Informe Técnico 1269-2025-Servir-GPGSC] sindicato licencia sindical](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/sindicato-licencia-sindical-LPDerecho-218x150.png)



![Indecopi declara ilegales restricciones de Migraciones que impedían la participación de apoderados en trámites administrativos [Res. 0363-2025/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/FACHADA-MIGRACIONES-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)








![[VIDEO] Juez propone que todos los delitos se tramiten en unidades de flagrancia, sin excepción](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/DELITOS-PLANTEA-TABOA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[VIDEO] Hay jueces que rechazan cautelares porque «el caso es complejo», advierte Giovanni Priori en LP](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/JUECES-RECHAZAN-CAUTELARES-GIOVANNI-LPDERECHO-218x150.jpg)





![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Sala de Extinción de Dominio ordena transferir más de un millon de soles de cuentas de Vladimir Cerrón al Estado [Exp. 00055-2024-0-5401-JR-ED-ED-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/VLADIMIR-CERRON-DOC-LPDERECHO-100x70.jpg)


![Que el policía haya sido suspendido no desaparece su arraigo laboral, en tanto tiene trabajo y su actividad esencial se circunscribe a dicha condición hasta que se determine su situación jurídica [Casación 435-2024, Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-justicia-juez-jueza-defensa-civil-penal-juicio-LPDerecho-100x70.jpg)





