En los últimos años, la piratería digital o cibernética ha cobrado mayor relevancia por la necesidad que tiene la población de prepararse continuamente, sin embargo esta demanda ha sido utilizada por personas para ofrecer este servicio a un precio menor a diferencia de quien lo realiza de manera lícita.
Así lo advirtió el juez Walther Huayllani Choquepuma, titular del Juzgado de Investigación Preparatoria Supraprovincial de la Corte de Lima, quien afirmó que la piratería digital está generando grandes ganancias a quienes comercializan ilícitamente con esta actividad sin que les demande costo alguno.
Los que venden vía digital este producto, sin que les haya demandado ningún costo, obtienen beneficios íntegros pues las ganancias que obtienen no demanda esfuerzo, tiempo e inversión. Solamente se benefician con el resultado de investigaciones, producciones que no son suyas, explicó.
Ante ello, el magistrado señaló que el artículo 217 del Código Penal sanciona, en su pena básica, con dos a seis años de la pena privativa de la libertad y si la conducta es agravada el delito aumenta de cuatro a ocho de prisión.
CONDUCTA AGRAVADA
Respecto a la conducta agravada, el juez explicó que esta figura se produce cuando la persona o personas imputadas elaboran una maquinaria, una estructura con distribución de roles para poder ofrecer y tener una empresa ilícita que se beneficie.
Se han dado casos de una gran escala de esta piratería digital en provincias, siendo las principales afectados las grandes editoriales del país. Es recurrente, en provincias, constatar como venden textos, productos sin la autorización del titular. La piratería digital se produce mayormente en el ámbito educativo, especificó.
Explicó que esta venta se realiza en la venta de textos, de videos de contenido multimedia para que las personas pueden tener el acceso a sus contenidos a un menor precio a cambio de un depósito o mediante una transferencia bancaria.
Lima, 31 de agosto del 2023
Fuente: Poder Judicial
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