Tres personas encabezarían el manejo de Peruteve, una red que comercializa señales de televisión robadas y cuya cartera de clientes alcanzaría los 12 000 usuarios.
Este sistema de piratería se desarticuló luego de que la PNP ejecutara un allanamiento por orden de la Dirección de Inteligencia del Ministerio del Interior, que estableció una denuncia contra la marca.
Sobre Peruteve
Los allanamientos inopinados se desplegaron en los distritos de Ate Vitarte y San Martín de Porres y conformaron la estrategia contra la piratería que se efectúa en Perú y en el resto de América Latina.
Tras el hallazgo, las autoridades bloquearon de inmediato la dirección web porque corroboraron que la empresa ilícita robaba contenidos de DirecTV y de otros programadores con el fin de ofrecerlos a usuarios particulares, a clientes mayoristas y a revendedores.
La operadora ilegal brindaba los siguientes ‘beneficios’:
- 11 181 canales en vivo
- 20 509 películas
- 310 PPV
- 5841 series
La operación estuvo a cargo de aproximadamente 60 efectivos de la Policía Fiscal, División de Investigaciones de Delitos Aduaneros y del Escuadrón Verde de la Policía Nacional de Perú (PNP).
DirecTV se pronuncia
DirecTV Sports recogió lo que Diego Stofella, jefe regional de Investigaciones de DirecTV, dijo acerca de esta intervención para la sociedad:
Esta es una clara muestra de lo que la colaboración público-privada puede lograr para combatir la piratería y detener este delito que no solo atenta contra la propiedad intelectual, sino que afecta al consumidor en términos de calidad y la evolución de la industria y su impacto económico para Perú.
Más detalles
La Ley 30096, Ley de delitos informáticos, se publicó el 22 de octubre de 2013 en el diario oficial El Peruano. Sobre el acceso ilícito se indica lo siguiente:
Artículo 2. Acceso ilícito
El que deliberada e ilegítimamente accede a todo o en parte de un sistema informático, siempre que se realice con vulneración de medidas de seguridad establecidas para impedirlo, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años y con treinta a noventa días-multa. Será reprimido con la misma pena, el que accede a un sistema informático excediendo lo autorizado.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA
JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA SUPRAPROVINCIAL EN DELITOS TRIBUTARIOS, ADUANEROS, CONTRA A LA PROPIEDAD INTELECTUAL Y AMBIENTAL DE LIMA
EXP.: 728-2024-1-1826-JR-PE-01
Juez: HUAYLLANI CHOQUEPUMA, Walther
Fiscal: PUICON YAIPEN, Miguel Ángel
Especialista: Sebastián Sánchez, Jovanna M.
Investigado: Carla Gutiérrez Salcedo
Delito: Contra los derechos de autor
Agraviado: DirecTv
AUTO DE SUSPENSIÓN PROVISIONAL DE DOMINIO WEB Y REDES SOCIALES
Resolución N.° 04
Lima, veintitrés de mayo de dos mil veinticuatro
Visto: La solicitud de suspensión provisional de circulación y/o funcionamiento de páginas web formulado por el señor MIGUEL ÁNGEL PUICÓN YAIPEN, representante del Ministerio Público-Segunda Fiscalía Provincial Penal Especializada, en la investigación seguida contra Carla Gutiérrez Salcedo por la presunta comisión del delito contra los derechos de autor en perjuicio de DIREC TV y otros, y con la revisión de las piezas procesales obrantes en autos.
CONSIDERANDO
Primero. El señor representante del Ministerio Público ha solicitado la suspensión provisional de las páginas web: i) https://peruteve.club/ y, ii) https://peruselfler.com/ , así como la cancelación de las cuentas de redes sociales Facebook, youtube e instragram relacionadas con las mencionadas páginas web.
a. https://www.facebook.com/PeruteveClubOficial/
b. https://www.instagram.com/perutevecluboficial/
c. https://www.youtube.eom/@peruteveclub2872
Segundo. La pretensión antes señalada se produce como consecuencia de la diligencia de allanamiento con autorización judicial llevada a cabo el pasado 21 de mayo en el que el despacho fiscal, sobre la base inicial de diligencias de investigación, determinó que en el inmueble ubicado en la Mz. B, lote 21 de la Urbanización Residencial Los Lirios en San Martín de Porres, perteneciente a Christiam Joel Gutiérrez Salcedo se encontró una computadora la cual con autorización de su titular se revisó, específicamente los aplicativos telegram de la cual se exportó la conversación con el usuario Gonzalo Peñaloza TVGOPLA con quien efectuaba coordinaciones para redistribuir contenido de streaming digital, conforme al acta de intervención y al acta de intervención y allanamiento de inmueble.
Asimismo, se procedió a revisar la página web PerúTv, en la cual el investigado registró su usuario y Contraseña, visualizándose que conduce la página principal de WORPRAZE el cual contiene el listado de clientes, realizándose las capturas de pantalla de los datos de clientes como la Dirección, número de teléfono, IP.
Al ingresar a la página IZIPAY empleando el usuario y contraseña se registra pedidos y pagos de clientes proveniente de la distribución de televisión digital por suscripción.
Tercero. Se determinó que la página PERUTV le corresponde a Gonzalo Peñaloza, ciudadano de nacionalidad chilena quien se beneficiaba con el pago de los usuarios del servicio de visualización de contenido de canales de señal abierta y cerradas, películas en la página PERTUTEVE a través de la billetera digital BITCOIN-DINERO P2P DE CÓDIGO ABIERTO, obteniendo un porcentaje del cobra por cada usuario en Perú de la distribución de contenido TV Digital sin la autorización de los titulares del mencionado servicio.
Cuarto. Christiam Joel Gutiérrez Salcedo tiene acceso a los sitios web https://peruteve.club/ y https://peruselfler.com/ los cuales constituyen medios virtuales para proseguir con el quebrantamiento del derecho a la propiedad intelectual de la parte agraviada porque se siguen ofertando sus productos ilícitos, resultando necesaria la suspensión provisional de funcionamiento y circulación de las citadas páginas web, así pues en la consulta efectuada en la fecha se aprecia la vigencia de sus ofrecimientos ilícitos.
[Continúa…]
![TC declara nula condena contra Daniel Urresti y ordena su libertad [Expediente 02939-2025-PHC/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/04/Daniel-Urresti-LPDerecho-218x150.png)
![Devuelven acusación porque fiscal no distinguió en su requerimiento la imputación, del relato de averiguación, y de la fundamentación de la imputación [Exp. 00173-2020-7-1826-JR-PE-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-ABOGADO-MAZO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Tiene mayor valor probatorio la pericia toxicológica oficial que la de parte, ya que fue realizada en un momento más próximo al hecho, lo que reduce el impacto de factores endógenos (degradación biológica post mortem) y exógenos (condiciones de conservación y transporte) que afectan la intangibilidad de la muestra [Casación 3159-2022, Tacna, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-JUZGADO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El auto de enjuiciamiento no resuelve una situación jurídica, no posee fundamentos de controversia, tampoco es un resumen de la acusación (ni de las absoluciones), y se emite sobre la base de la acusación única o corregida [Expediente 00307-2023-1]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)




![[VÍDEO] Aplica el «ne bis in idem» en San Valentin: nadie puede ser celado dos veces por el mismo hecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/aplica-principio-ne-bis-in-idem-san-valentin-LPDERECHO-218x150.png)










![Disolución y liquidación empresarial: el despido de trabajadores sindicalizados será nulo si trabajadores sin fuero continúan laborando en actividades residuales [Cas. Lab. 20549-2023, Lima Este]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajador-confianza-companero-companerismo-ambiente-laboral-sindicato-LPDerecho-218x150.jpg)

![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Multan a Pacífico Seguros y a empresa de peritaje por calcular indemnización con un valor menor al real de los bienes asegurados [Resolución 3228-2025/SPC-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/fachada-indecopi-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)
![Multan a Integratel Perú con más de 20 UIT por no entregar audios en investigación por llamadas spam [Resolución Final 004-2026/CC3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Indecopi-Spam-llamada-LPDerecho-218x150.jpg)
![Reglamento Interno de la Comisión de Gracias Presidenciales [RM 062-2026-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-de-justicia-y-derechos-humanos-minjus-minjusdh-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![Reglamento del Sistema de Notificaciones Jurisdiccionales del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-1-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)









![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)







![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-324x160.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Nombre del año 2026: Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia [Decreto Supremo 011-2026-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/12/palacio-gobierno-1-LPDerecho-100x70.png)
![Multan a empresa por difundir, sin sustento, que su producto «ayudaría a mantener una próstata saludable» [Res. 0272-2025/SDC-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Hombre-medicinas-LPDerecho-100x70.png)
![TC declara nula condena contra Daniel Urresti y ordena su libertad [Expediente 02939-2025-PHC/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/04/Daniel-Urresti-LPDerecho-324x160.png)
![Devuelven acusación porque fiscal no distinguió en su requerimiento la imputación, del relato de averiguación, y de la fundamentación de la imputación [Exp. 00173-2020-7-1826-JR-PE-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-ABOGADO-MAZO-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Tiene mayor valor probatorio la pericia toxicológica oficial que la de parte, ya que fue realizada en un momento más próximo al hecho, lo que reduce el impacto de factores endógenos (degradación biológica post mortem) y exógenos (condiciones de conservación y transporte) que afectan la intangibilidad de la muestra [Casación 3159-2022, Tacna, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-JUZGADO-LPDERECHO-100x70.jpg)
![El auto de enjuiciamiento no resuelve una situación jurídica, no posee fundamentos de controversia, tampoco es un resumen de la acusación (ni de las absoluciones), y se emite sobre la base de la acusación única o corregida [Expediente 00307-2023-1]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![TC declara nula condena contra Daniel Urresti y ordena su libertad [Expediente 02939-2025-PHC/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/04/Daniel-Urresti-LPDerecho-100x70.png)
![Guillermo Bermejo: PJ rechaza solicitud para excluir declaración de colaborador eficaz en caso por presunto terrorismo [Exp. 00288-2021-43-5001-JR-PE-06]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/Guillermo-Bermejo-con-fondo-de-Poder-Judicial-LPDERECHO-324x160.jpg)