Presentan proyecto que pretende penalizar el fomento, la promoción y la incitación del odio

Mediante el proyecto de ley 4275-2022-CR, la congresista de la República Maria Elizabeth Taipe Coronado propone incorporar el artículo 315-b de Código Penal, penalizando el fomento, promoción e incitación del odio.


FÓRMULA LEGAL

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:

PROYECTO DE LEY QUE SANCIONA EL FOMENTO, PROMOCION E INCITACION DEL ODIO

Artículo 1. Objeto de la presente Ley

La presente ley tiene por objeto incorporar el artículo 315-B del Código Penal, penalizando el fomento, promoción e incitación del odio.

Articulo 2. Incorporación del Artículo 315-8 del Código Penal

Se incorpora el artículo 315-B del Código Penal aprobado con el Decreto Legislativo 635, en los siguientes términos:

“Artículo 315-B.- Incitación del odio

El que mediante el uso de diversos medios de comunicación aptos para la difusión pública, fomenta, promociona o incita el odio o cualquier forma de violencia física o psicológica, contra una persona, grupo o comunidad por razón de nacimiento, origen racial o étnico, sexo, religión, ideología, opinión política, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, enfermedad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años.

La pena privativa de libertad será no menor de ocho ni mayor de doce años cuando el agente es funcionario público o agentes del estado”.

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