Págalo.pe es una plataforma digital para simplificar el pago de tasas y servicios para trámites en diferentes entidades públicas, sin necesidad de ir a una agencia del Banco de la Nación.
Es muy sencillo, tan solo ingresa y regístrate en la página web www.pagalo.pe y podrás pagar una o varias tasas al instante con cualquier tarjeta Visa, MasterCard o American Express de cualquier entidad financiera.
Posteriormente recibirás en tu correo electrónico (en formato PDF) el voucher del cargo de tu tarjeta de débito o crédito por la compra efectuada y la constancia de pago individual por cada tasa pagada.
¿Cómo usar Págalo.pe?
1.- Ingresa tu usuario y contraseña. Si aún no tienes cuenta regístrate aquí.
2.- Busca y selecciona el trámite que deseas pagar y agrégalo al carrito de compras.
3.- Paga al instante con cualquier tarjeta Visa, Mastercard o American Express.
4.- Recibirás en tu correo la constancia de pago, la cual debes presentar a la entidad seleccionada.
Lea también: Descargue en PDF el «Manual de estilo de redes sociales del Poder Ejecutivo»
¿Qué trámites se pueden pagar?
En Págalo.pe, puedes cancelar tasas de las siguientes entidades:
- Poder Judicial
- Superintendencia Nacional de Migraciones
- Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec)
- Policía Nacional del Perú (PNP)
- Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE)
- Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC)
- Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad
- Indecopi
- Instituto Nacional Penitenciario (INPE)
- Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE)
- Ministerio Público
- Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y
- Explosivos de Uso Civil (Sucamec)
- Jurado Nacional de Elecciones (JNE)
- Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE)
A continuación se le brindará el listado de tasas.


![Entregar el celular con información ya borrada o seleccionada no puede considerarse, en rigor, un acto de colaboración absoluta que desvanezca el riesgo de obstaculización, sino un intento de sanear una conducta previa de ocultamiento (caso Adrián Villar) [Exp. 01456-2026-6, f. j. 5.3.2.]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/celular-robado-LPDerecho-218x150.jpg)

![No todo accidente laboral es responsabilidad del empleador [Resolución 0385-2026-Sunafil/TFL-Primera Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/accidente-laboral-companero-dolor-trabajador-LPDerecho-218x150.jpg)
![Tercerización: Suprema declara ilegal prohibición de tercerizar actividades consideradas nucleo del negocio [Acción Popular 30989-2023, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-MAZO-CUADERNO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La devolución de un pago indebido prescribe a los cinco años de haberse efectuado dicho pago y no desde que se tomo conocimiento del mismo [Casación 32964-2023, Lima, ff. jj. 13-14]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/AFP-retiro-dinero-soles-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)









![Alimentos: Aunque el padre percibe al mes dos sueldos mínimos (como gerente general de una empresa y como administrador de una notaría), sus cuentas en diversos bancos registran movimientos que suman, en total, cerca de S/159 000, por lo que, sumado al hecho de que tiene tres inmuebles inscritos a su nombre, resulta razonable ordenarle el pago de una pensión alimenticia de S/1000 mensuales a cada una de sus dos hijas [Exp. 02567-2024-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/pension-alimentos-LPDerecho-218x150.jpg)
![[VÍDEO] Mario Castillo: Nunca se olviden de que la vida no es solo la profesión](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/maxresdefault-92-218x150.jpg)
![Interpretación sistemática: Cuando existe mala fe tanto en el constructor como en el propietario del suelo, corresponde que este último, de haberse amparado su demanda de reivindicación, devuelva el valor de lo edificado [Casación 1262-2020, Cañete, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-rojo-LPDERECHO-218x150.png)

![El teletrabajo otorgado al personal considerado como población vulnerable responsable del cuidado de niños de hasta doce años de edad -en principio- se mantendrá durante el periodo que subsista la condición de vulnerabilidad [Informe Técnico 002279-2025-SERVIR-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajo-remoto-virtual-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)
![¿Cómo se sanciona un mismo hecho cometido por servidores de distintos regímenes disciplinarios? [Informe Técnico 000552-2026-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/SERVIR-4-LPDERECHO-218x150.jpg)



![Para solicitar la sustitución del personal clave, el profesional reemplazante debe tener un perfil igual o mayor al establecido en las bases del procedimiento de selección; no obstante, si el perfil del reemplazado hubiera generado la asignación de un puntaje adicional durante el procedimiento de selección, el reemplazante debe acreditar al menos ese mismo nivel para mantener el puntaje obtenido [Opinión D000027-2026-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Declaran ilegal que Sucamec exija contrato de trabajo previo para autorizar servicios de seguridad personal [Resolución 0110-2026/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/fachada-indecopi-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)
![Modifican el TUPA del MINJUSDH [Decreto Supremo 004-2026-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-de-justicia-y-derechos-humanos-minjus-minjusdh-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)
















![Modifican Reglamento sobre uso de la fuerza por las Fuerzas Armadas [Decreto Supremo 003-2026-DE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/personal-de-las-fuerzas-armadas-LPDerecho-100x70.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)


![Para solicitar la sustitución del personal clave, el profesional reemplazante debe tener un perfil igual o mayor al establecido en las bases del procedimiento de selección; no obstante, si el perfil del reemplazado hubiera generado la asignación de un puntaje adicional durante el procedimiento de selección, el reemplazante debe acreditar al menos ese mismo nivel para mantener el puntaje obtenido [Opinión D000027-2026-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-324x160.jpg)
![Declaran ilegal que Sucamec exija contrato de trabajo previo para autorizar servicios de seguridad personal [Resolución 0110-2026/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/fachada-indecopi-10-anos-LPDerecho-100x70.jpg)




![Para solicitar la sustitución del personal clave, el profesional reemplazante debe tener un perfil igual o mayor al establecido en las bases del procedimiento de selección; no obstante, si el perfil del reemplazado hubiera generado la asignación de un puntaje adicional durante el procedimiento de selección, el reemplazante debe acreditar al menos ese mismo nivel para mantener el puntaje obtenido [Opinión D000027-2026-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-100x70.jpg)
