La Junta Nacional de Justicia (JNJ) rechazó este miércoles 12 de noviembre una reconsideración presentada por el fiscal supremo Pablo Sánchez. El alto funcionario buscaba dejar sin efecto su suspensión por 120 días calendario.
De acuerdo al organismo autónomo, Sánchez Velarde faltó a sus funciones al cobrar tres sueldos por diferentes conceptos: como fiscal supremo, docente universitario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM) y una dieta de la Academia de la Magistratura (AMAG).
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Los hechos se suscitaron entre los meses de septiembre de 2020 a junio de 2021. La JNJ evaluó el recurso en julio último. Durante una audiencia pública, informó lo siguiente:
Con dicha conducta el fiscal supremo habría infringido los deberes previstos en los numerales 20) y 22) del artículo 33 de la Ley N.º 30483 – Ley de la Cerrera Fiscal, modificada por la Ley N.º 31369; concordantes con los artículos 1, 4 y 8 del Código de Ética del Ministerio Público, así como con el Código de Ética de la Función Pública, Ley N.º 27815, y con el artículo V del Título Preliminar de la Ley de la Carrera Fiscal, sobre ética y probidad como componentes esenciales de la función fiscal; conllevando su conducta a considerar la presunta comisión de las faltas muy graves previstas en los numerales 13) y 15) del artículo 47 de la acotada Ley.
La sanción se produjo el 30 de mayo con cuatro votos a favor. En aquel entonces, la JNJ sesionó con cinco miembros; votaron a favor María Zavala, Marco Falconí, Guillermo Thorneberry y Antonio de la Haza, presidente de la JNJ.
Imelda Tumialán, mientras tanto, votó en contra de la suspensión del miembro de la Junta de Fiscales Supremos del Ministerio Público.
Controversia por remuneración de la AMAG
La JNJ decidió aplicar una medida de suspensión disciplinaria al comprobar que el magistrado cometió faltas graves al recibir una remuneración adicional como miembro de la AMAG, entre 2020 y 2021, además de los ingresos obtenidos como fiscal supremo y docente.
El pleno de la JNJ concluyó que, con esta conducta, el Sánchez Velarde violó los deberes establecidos en la Ley de la Carrera Fiscal, el Código de Ética del Ministerio Público y el Código de Ética de la Función Pública.
El miembro ponente, Guillermo Thornberry, indicó que la “resolución de destitución cumplió con los criterios de fundamentación exigidos por la Constitución, la doctrina y la jurisprudencia constitucional”.
De esta manera, el pleno de la JNJ reafirmó la sanción y rechazó, en su totalidad, la solicitud de reconsideración presentada por el fiscal supremo, dando por finalizado el proceso disciplinario.
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