Conclusión plenaria: El Pleno adoptó por UNANIMIDAD la segunda ponencia que enuncia lo siguiente:
El pago realizado dentro del proceso (pago tardío) no desvirtúa la existencia del delito.
Pleno Jurisdiccional Distrital Penal
Corte Superior de Justicia de Junín
Acta de Sesión Plenaria
En la ciudad de Huancayo, siendo las nueve horas del día martes veintinueve de diciembre de dos mil quince, se reunieron en el Auditorio de la Corte Superior de Justicia de Junín, ubicado en su sede central, los señores jueces de todos los niveles que integran este Distrito Judicial, cuya relación se detalla en el anexo 01 (Lista de Asistentes), con la finalidad de desarrollar los trabajos de talleres correspondientes al Pleno Jurisdiccional Distrital Penal de la Corte Superior de Justicia de Junín.
[…]
Tema N° 03:
Si el pago realizado dentro del proceso (pago tardío) desvirtúa la existencia del delito
Ponencias:
Primera ponencia:
Cuando establecieron el no pago de la liquidación, y si luego de uno o dos años no paga es un acto posterior, no se puede evaluar como el hecho realizado ahora. La mayoría de delitos vienen determinados.
La persona debe contribuir a probar el hecho,
Lo que se debe probar en Derecho Penal son los hechos posteriores, no refutar lo que ya se determinó. En el delito de omisión a la Asistencia Familiar el dolo normativo es el que prevalece.
El derecho penal es para proteger y respetar derechos jurídicos.
La protección que se anuncia en la Constitución, es prioritaria a favor de los menores de edad.
Segunda ponencia:
Del Código Procesal Civil, al respecto el proceso según la finalidad que persigue puede ser de conocimiento o de ejecución. La norma nos ubica en el de ejecución donde la existencia de una sentencia de condena impone el cumplimiento de prestaciones de dar, de hacer o no hacer.
Debate:
Luego de leída las conclusiones arribadas en los grupos de trabajo, el Presidente de la Comisión de Actos Preparatorios, doctor César Proaño Cueva concede el uso de la palabra a los jueces asistentes que deseen hacer uso de la palabra:
Doctor Miguel Arias Alfaro: El pago no genera la solución del procesado, este tema de ninguna manera exime la pena. Tener en consideración el principio de presunción de inocencia y debemos ubicarnos en el nuevo proceso penal y necesariamente el fiscal tiene que presentar pruebas y en el nuevo proceso se tiene que actuar las pruebas que necesariamente se actuaron en la etapa de juzgamiento. En la etapa probatoria es probar por qué no pago, no se evalúa si tiene o no capacidad para el pago. Dentro de la capacidad evaluar elementos objetivos y subjetivos.
Dr. Eduardo Torres: Exigencia del dolo, no solo es relevante respecto al conocimiento cognoscitivo sino el volitivo, el dolo está constituido por ambos y que ambos son importantes para resolver un problema penal. Si no existe uno de ellos se descarta el dolo.
Dra. Pércida Lujan: En un proceso de alimentos se discute la capacidad de estado de necesidad, ya se determinó si ese hombre ya es capaz de pagar. Lo realizado en un proceso civil tiene valor, ya que se trata de un proceso de un año aproximadamente.
Dr. Eduardo Torres: No dijo que se asuma solo el dolo cognitivo. En delitos donde existe peligro se aplica el dolo cognitivo (peligro de delito de omisión), no confundir capacidad con ingresos, lo ideal es que se cumpla con el pago no genera reincidencia. Absolver tiene trascendencia.
Dr. Iván Guerrero: No existe mayores diferencias en efecto una mala práctica ha sido que se han visto casos donde se absolvía y no existía la mínima explicación sobre la razonabilidad, fundamentar el elemento subjetivo. En un delito de omisión no se va de frente a la condena. Existen casos especiales.
Respecto a las medidas de coerción, no están dentro de comparecencia con restricciones. Considera que el tema del pago tardía si es que o existe comprobación razonada con elementos de juicio que acrediten que o hay dolo si o existen justificaciones razonadas puede eventualmente y muy excepcionalmente imponerse una absolución.
Dr. Héctor Villalobos: Tiene que haber una capacidad física y psicológica en los delitos de omisión, si existe incapacidad no se le puede imputar a ese padre si está en incapacidad física y psicológica, distinto es no tener trabajo y no cumplir con su obligación. El deber especial a distinción del general es evitar que el hijo tenga una desprotección o falta de cuidado.
Dr. Emiliano Ramos: El pago tardío con la lógica del nuevo Código el imputado ya no tiene plazo de cumplir con este pago. Propone que se adicione al Decreto Legislativo N° 1164. Que dentro de la audiencia se incorpore en caso de que el imputado haya pagado se dicte reserva de fallo condenatorio.
Dr. Sócrates Zevallos: No se habla del pago si no del incumplimiento de la obligación alimentaria, lo general es establecer una línea de pensamiento claro. La carga procesal es que absuelven al obligado hasta que incumpla nuevamente del obligado.
Momento de la votación:
Concluido el debate plenario, el Presidente de la Comisión de Actos Preparatorios, doctor César Proaño Cueva, invitó a los señores jueces superiores participantes a emitir su voto respecto de las ponencias propuestas, siendo el resultado siguiente:
Primera Ponencia: 0
“De que el pago tardío desvirtúa la existencia del delito.”
Segunda Ponencia: UNANIMIDAD
El pago tardío no desvirtúa la existencia del delito
Abstenciones: Ninguna
CONCLUSIÓN PLENARIA:
El Pleno adoptó por UNANIMIDAD la segunda ponencia que enuncia lo siguiente:
El pago realizado dentro del proceso (pago tardío) no desvirtúa la existencia del delito.
Concluye la presente sesión, a las 12:36 horas, firmando la presente acta los jueces asistentes.
![Cuando un fiscal adjunto superior actúa en nombre y representación de un despacho fiscal superior, como parte de su equipo, asume la investidura de este [Apelación 10-2025, Amazonas]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-ABOGADO-JUEZ-LPDERECHO-218x150.jpg)



![TC ordena al Reniec consignar, como apellido materno de una niña, el de la mujer que obtuvo el óvulo de una donante anónima y lo hizo implantar en el útero de otra mujer que dio a luz [Expediente 01367-2019-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/07/tc-y-embarazada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Precedente Servir sobre la notificación de los actos emitidos en el PAD en el marco de la Ley 30057 [Resolución de Sala Plena 002-2025-Servir/TSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)
![Declaran fundado pedido de cambio en la forma de prestar alimentos de los hijos a favor de su madre [Expediente 00151-2025-0-1721-JP-FC-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/ADULTO-MAYOR-CONFLICTOS-HIJOS-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)













![¿Servidores que estén próximos a jubilarse pueden solicitar teletrabajo? [Informe Técnico 002521-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/trabajadores-pareja-servidores-trabajo-LPDerecho-218x150.jpg)





![Política general de gobierno 2025-2026: Transición democrática y reconciliación nacional [Decreto Supremo 141-2025-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/norma-legal-palacio-gobierno-promulga-ley-LPDerecho-218x150.png)
![Prorrogan estado de emergencia en Lima y Callao [Decreto Supremo 140-2025-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/04/normas-legales-estado-de-emergencia-LPDerecho-218x150.png)
![Reglamento de Organización y Funciones del Tribunal Constitucional [RA 151-2025-P/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)





![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)




![PJ ordena cancelar de manera definitiva el uso de caballos en el servicio de paseo en calesa en la Plaza Mayor de Lima por constituir una práctica incompatible con el deber constitucional de protección y bienestar animal y agredir la integridad física de estos seres sintientes [Expediente 03840-2022-0, f. j. 4.4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-ARTICULO-CONSTITUCIONAL-218x150.jpg)

![Declaran ilegal control de identidad y registro vehicular y mandan copias a Inspectoría de la Policía [Exp. 5844-2019-8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/Giammpol-Taboada-Pilco-LPDerecho-100x70.png)
![Trabajador 276 pierde nombramiento por apelar un informe no impugnable y no el resultado final [Res. 005142-2025-Servir/TSC-Segunda Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/dormir-trabajo-despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-extras-laboral-LPDerecho-100x70.jpg)



![TC ordena al Reniec consignar, como apellido materno de una niña, el de la mujer que obtuvo el óvulo de una donante anónima y lo hizo implantar en el útero de otra mujer que dio a luz [Expediente 01367-2019-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/07/tc-y-embarazada-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Cuando un fiscal adjunto superior actúa en nombre y representación de un despacho fiscal superior, como parte de su equipo, asume la investidura de este [Apelación 10-2025, Amazonas]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-ABOGADO-JUEZ-LPDERECHO-100x70.jpg)




![Implementación de decretos de urgencia requiere de la existencia de un impacto inmediato sobre la caja fiscal que justifique evitar el trámite parlamentario normal [Exp. 0023-2007-PI/TC, f. j. 13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/tribunal-constitucional-tc-precedente-LPDerecho-324x160.png)