Fundamento destacado: 2. […] Por último, es preciso hacer alguna consideración en relación con el cohecho e), del art. 423, más cuando se pone en relación con los arts. 419, 420 y 426 CP , que nos parece significativo porque es revelador de la generalizada opinión de que, aunque los delito de cohecho pasivo y de cohecho activo son dos delitos distintos, el tipo del art. 423 (cohecho activo cometido por particular) no deja de ser el reverso de los arts. 419 y 420 (cohecho pasivo cometido por funcionario), con la particularidad de que, por ser sujeto activo del primero el particular que corrompe al funcionario, no cabe en este la figura del “extraneus”, a la vez que, si concurre con el funcionario, se plantean problemas de coparticipación en el delito de este por cooperación o inducción en su cohecho pasivo, lo que nos debe llevar a la conclusión de que, si se castiga la conducta en base a uno de los dos artículos, no debería castigarse por el otro, pues, en definitiva, supondría castigar el mismo hecho dos veces, con lo de quiebra para el principio “non bis in ídem” pudiera suponer, por no entrar en consideraciones de otro tipo, como sería, en este concreto caso nos ocupa, si tenemos en cuenta principios como el de proporcionalidad, visto que, por ese mismo hecho, que es a lo que se reducen las dádivas y regalos hechos por Elias Anselmo , le piden las acusaciones dos penas de seis años de prisión, sumadas las cuales, superan los diez años que corresponderían por un delito de homicidio del art. 138 CP […].
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
Roj: SAN 1915/2018 – ECLI: ES:AN:2018:1915
Id Cendoj: 28079220022018100013
Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
Sede: Madrid
Sección: 2
Fecha: 17/05/2018
N° de Recurso: 5/2015
N° de Resolución: 20/2018
Procedimiento: Penal. Procedimiento abreviado y sumario
Ponente: JULIO DE DIEGO LOPEZ
Tipo de Resolución: Sentencia
AUDIENCIA NACIONAL SALA DE LO PENAL
SECCIÓN SEGUNDA
N.I.G.: 28079 27 2 2008 0003943
PA 5/2015 ROLLO DE SALA 5/15 DIMANANTE DE LAS DPA 275/08
JUZGADO CENTRAL DE INSTRUCCIÓN N° 5 PIEZA EPOCA I-1999/2005
S E N T E N C I A N ° 2 0 / 2 0 1 8
MAGISTRADOS :
D. ÁNGEL HURTADO ADRIÁN (PRESIDENTE)
D. JULIO DE DIEGO LÓPEZ
D. JOSÉ RICARDO DE PRADA SOLAESA
En Madrid a diecisiete de Mayo de dos mil dieciocho.
La Sección Segunda de la Sala de lo Penal, integrada por los Sres. Magistrados que al margen se indican, ha visto, en juicio oral y público, el presente Rollo de Sala no 5/2015, dimanante de las Diligencias Previas 275/08 del Juzgado Central de Instrucción n° 5, en el que ha sido parte el Ministerio Fiscal, representado por las Ilmas. Sras. Da Concepción Sabadell y Da Concepción Nicolás.
Asimismo, han intervenido como partes, en concepto de acusaciones:
1.- AGENCIA ESTATAL DE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA, representada por el Ilmo. Sr. Abogado del Estado D. Edmundo Bal Francés y Dª Lucía Pedreño Navarro.
2.- Gemma Vanesa Y Enma Benita , bajo a dirección del letrado D. Virgilio Latorre Latorre y la representación del Procurador Sr. D. Roberto Granizo Palomeque.
3.- A.D.A.D.E. bajo la dirección del letrado Francisco José Montiel Lara y la representación del Procurador Sr. D. Roberto Granizo Palomeque.
4.- Ismael Eloy y otros, bajo la dirección del Letrado D. Wifredo Jurado Rodríguez y la representación del Procurador Sr. D. Roberto Granizo Palomeque.
5 .- COMUNIDAD DE MADRID , representada por el Letrado Sr. D. Héctor Durán Vicente.
6.- AYUNTAMIENTO DE MADRID , representado por el Letrado Sr. D. Antonio Rafael Cabrero Martínez.
Como perjudicados:
1.- AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCON. Defendido por el Letrado D. Juan Carlos Fernández Ramos.
2.- AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA Y PATRONATO MONTE DEL PILAR DE MAJADAHONDA. Defendido por el Letrado D. Juan Antonio Lobo Poza.
[Continúa…]
![El «control de una economía o mercado ilegal» comprende también el control del aparato de justicia y de los servicios que este presta, pues dicho control puede traducirse en poder y, adicionalmente, en beneficios económicos (Ley 32108) [Apelación 423-2025, Nacional, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![No toda investigación abierta precisa de la declaración del secreto de la investigación; esta medida se sujeta a un analisis de proporcionalidad y por un plazo prudencial [Casación 1621-2025, Penal Especial, f. j. 9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Dado que el derecho penal se caracteriza por ser personalísimo, la persecución penal contra una persona concluye con su fallecimiento [Casación 1099-2023, Lambayeque, f. j. 3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-FIRMANDO-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Usurpación: la restitución del bien solo alcanza las áreas especificadas en la acusación; el juez no puede extender su decisión sobre espacios que no han sido objeto de imputación ni de debate en el proceso [Casación 774-2022, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/post-banner-casa-desalojo-vivienda-posesion-civil-bien-construccion-mala-fe-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)













![Suspenden plazos procesales y administrativos en estos órganos jurisdiccionales y administrativos [RA 000031-2026-CE-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/placio-de-justicia-pj-poder-judicial-fachada-LPDerecho-218x150.jpg)



![TC: Sentencia que declara infundada demanda de inconstitucionalidad sobre prescripción de deudas tributarias [STC 0004-2019-PI] fachada del TC con logo de LP](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2020/09/Empresas-deberan-padar-deudas-tributarias-TC-rechaza-demanda-de-incosntitucionalidad-STC-0004-2019-PI-218x150.jpg)


![La acreditación de la experiencia en la ejecución de obras como requisito de calificación en el marco de un procedimiento de selección, así como, aquella que se presenta ante el RNP debe regirse, cada una por las reglas que le son propias, incluyendo las restricciones que resulten aplicables [Opinión D000009-2026-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![TUO del Reglamento General de los Registros Públicos (Resolución 126-2012-Sunarp-SN) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/TUO-del-Reglamento-general-registros-publicos-LPDerecho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-REGLAMENTO-NOTARIAL2-218x150.jpg)
![Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/CODIGO-DE-RESPONSABILIDAD-PENAL-DE-ADOLESCENTES-DECRETO-LEGISLATIVO-1348-ACTU-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)


![Dina Boluarte: Trabajadores de confianza pueden tener un periodo de prueba más extenso y no tienen derecho a indemnización vacacional [Casación 37905-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/RENIEC-DINA-BOLUARTE-LPDerecho-324x160.jpg)
![Cesan por límite de edad a jueza suprema Mariem Vicky De La Rosa Bedriñana [RA 000016-2026-P-CE-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Mariem-Vicky-de-la-Rosa-LPDerecho-100x70.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Nombre del año 2026: Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia [Decreto Supremo 011-2026-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/12/palacio-gobierno-1-LPDerecho-100x70.png)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)




![El «control de una economía o mercado ilegal» comprende también el control del aparato de justicia y de los servicios que este presta, pues dicho control puede traducirse en poder y, adicionalmente, en beneficios económicos (Ley 32108) [Apelación 423-2025, Nacional, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Dina Boluarte: Trabajadores de confianza pueden tener un periodo de prueba más extenso y no tienen derecho a indemnización vacacional [Casación 37905-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/RENIEC-DINA-BOLUARTE-LPDerecho-100x70.jpg)

![La publicación de cartas que integran correspondencia privada vulnera la intimidad, pues expone comunicaciones constitucionalmente inviolables, incluso frente a personas con notoriedad pública (caso Rafael Orozco) (Colombia) [Sentencia T-611/92, pp. 24, 26]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/02/notificacion-judicial-bajo-la-puerta-correo-carta-documento-repartidor-cartero-judicial-casa-LPDerecho-324x160.png)