El 11 Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Lima declaró fundado un hábeas corpus a favor de Nicolás Hermoza Ríos, contra el presidente del Instituto Nacional Penitenciario del Perú (INPE), y dispuso su excarcelación en caso no exista ningún otro mandato de detención vigente en cumplimiento de la sentencia 330-2024-HC/TC del Tribunal Constitucional (TC).
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La instancia judicial argumentó que el caso en cuestión plantea, a nivel constitucional, una serie de derechos inalienables, entre ellos, el derecho a la libertad y al debido proceso. Previamente, la defensa de Hermoza Ríos denunció una «grave negligencia administrativa» que debía ser corregida de manera urgente, dado que no fue liberado a pesar de la disposición del máximo intérprete de la Constitución.
Asimismo, el juzgado señaló que el artículo 121 del Código Procesal Constitucional establece que las sentencias del TC no son susceptibles de impugnación. En este sentido, añadió que se trata de una clara «detención arbitraria», por lo que su liberación debe ser ordenada conforme a la legislación vigente.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA
DÉCIMO PRIMER JUZGADO CONSTITUCIONAL
Sub Especializado en Asuntos Tributarios, Aduaneros e Indecopi
SUMILLA: Ante la existencia de una evidente afectación a la integridad personal y al derecho invocado debe aplicarse lo dispuesto en el artículo 34 del Código Procesal Constitucional.
EXPEDIENTE: 00049-2025-0-1801-JR-DC-11
MATERIA: HABEAS CORPUS
JUEZ: NUÑEZ RIVA SILVIA YSABEL
ESPECIALISTA: GONZALO PACHERRES JULIO CESAR
P. PUBLICO: ENCARGADO EN ASUNTOS JUDICILAES DEL INSTITUTO NACIOPNAL PENITENCIARIO INPE,
BENEFICIARIO: HERMOZA RIOS, NICOLAS DE BARI
DEMANDADO: SRA LUCILA VIOLETA LUNA QUISPE DIRECTORA DE LA DIRECCION DE REGISTRO PENITENCIARIO DEL INPE, SR CARLOS ALFREDO MURRIEL MESTANZA DIRECTOR REGIONAL DE LA OFICINA REGIONAL LIMA DEL INPE, SR FEDERICO JAVIER LLAQUE MOYA PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO INPE,
DEMANDANTE: CONDORI ALFARO DE CIONCULESCU, MARIA SOLEDAD
SENTENCIA
RESOLUCIÓN N° SEIS
Lima, 27 de enero de 2025
AUTOS Y VISTOS. – Encontrándose el expediente, en estado de expedir sentencia, se procede a resolver en atención a los siguientes hechos y considerandos:
I. PARTE EXPOSITIVA
Se presenta la demanda de Habeas Corpus de fecha 03 de enero de 2025, promovida por MARIA SOLEDAD CONDORI ALFARO CIONCULESCU a favor de NICOLÁS DE BARI HERMOZA RÍOS contra la PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO, el DIRECTOR REGIONAL DE LIMA DEL INPE y el SUB DIRECTOR DEL REGISTRO PENITENCIARIO ORL INPE, por supuesto atentado contra la libertad personal por exceso de carcelería, a fin de que:
PRETENSION PRINCIPAL:
• SE DISPONGA LA INMEDIATA LIBERTAD del interno favorecido NICOLAS DE BARI HERMOZA RÍOS debido a sus graves condiciones de Salud.
DERECHO CONSTITUCIONAL AFECTADO
• Debida ejecución de las decisiones
[Continúa…]
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