Municipalidad no puede exigir a solicitantes estar «libre de multas» para tramitar credencial de conductor de transporte público [Resolución Final 0010-2025/CEB-Indecopi-CUS]

Publicado en el diario oficial El Peruano el 18 de febrero de 2026

La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Cusco declaró barrera burocrática ilegal una exigencia impuesta por la Municipalidad Provincial del Cusco para tramitar la “Credencial de conductor habilitado para el servicio de transporte público”. La condición cuestionada obligaba a los solicitantes a no tener la calidad de deudor por multas derivadas de infracciones al tránsito y transporte.

La decisión fue emitida mediante la Resolución Final 0010-2025/CEB-INDECOPI-CUS, según Indecopi, el requisito municipal no está previsto en la normativa nacional aplicable al transporte, por lo que la comuna habría incorporado una condición adicional sin sustento legal.


SUMILLA: Se declara barrera burocrática ilegal la exigencia de no tener la condición de deudor por multas derivadas de infracciones al tránsito y transporte, para el procedimiento administrativo denominado “Credencial de conductor habilitado para el servicio de transporte público”, materializado en el Procedimiento de Código PA8720956D del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad aprobado por la Ordenanza Municipal N° 39-2017-MPC.

La Municipalidad estableció una condición que no se encuentra prevista en la normativa nacional de transporte, por ende, vulneró los artículos 15° y 17° de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre y los artículos 29° y 11° del Decreto Supremo N° 017-2009-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Administración de Transporte.

Se dispone la inaplicación del citado cobro, con efectos generales en favor de todos los agentes económicos y/o ciudadanos que se vean afectados por su imposición. Se precisa que este mandato de inaplicación surtirá efectos a partir del día siguiente de publicado el extracto de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, de conformidad con lo establecido en el artículo 8° del Decreto Legislativo N° 1256.

Inscríbete aquí Más información


Declaran barrera burocrática ilegal la exigencia establecida por la Municipalidad Provincial del Cusco, de no tener la condición de deudor por multas derivadas de infracciones al tránsito y transporte, para el procedimiento administrativo denominado “Credencial de conductor habilitado para el servicio de transporte público”

RESOLUCIÓN FINAL N° 0010-2025/CEB-INDECOPI-CUS

AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN: Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Cusco

FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN: 13 de noviembre de 2025

BARRERA BUROCRÁTICA DECLARADA ILEGAL:

La exigencia de no tener la condición de deudor por multas derivadas de infracciones al tránsito y transporte, para el procedimiento administrativo denominado “Credencial de conductor habilitado para el servicio de transporte público”.

ENTIDAD QUE LA IMPUSO: Municipalidad Provincial de Cusco

NORMA QUE CONTIENE LAS BARRERA BUROCRÁTICA IDENTIFICADA: Procedimiento identificado con el Código PA8720956D del Texto Único de Procedimientos Administrativo, aprobado por Ordenanza Municipal N° 39-2017-MPC

FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN:

La Municipalidad estableció una condición que no se encuentra prevista en la normativa nacional de transporte, por ende, vulneró los artículos 15° y 17° de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre y los artículos 29° y 11° del Decreto Supremo N° 017-2009-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Administración de Transporte.

Rocio de Maria Vignes Pareja
Presidenta
Comisión de la Oficina Regional del Indecopi – Cusco

Descargue la resolución completa aquí

Descargue la  resolución aquí

Comentarios: