Indecopi, mediante la Resolución Final 0325-2024/INDECOPI-LAM, confirmó la sanción de 3.49 UIT (S/ 17 973) contra Financiera OH S.A. por vulnerar el Código de Protección y Defensa del Consumidor. La multa fue impuesta tras comprobarse que la entidad emitió una tarjeta de crédito no solicitada a una consumidora, con la cual se realizaron transacciones no reconocidas, incumpliendo así su obligación de garantizar un servicio seguro y de calidad.
La resolución determinó que la financiera vulneró el artículo 19° del Código, al no asegurar la idoneidad del servicio ni tomar las medidas de seguridad necesarias. Como medida correctiva, se ordenó la anulación de la tarjeta y de todas las operaciones realizadas, así como los intereses y comisiones generados. La decisión ratificó el fallo inicial emitido por el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos y quedó consentida.
SUMILLA: Confirmar la Resolución Final 0124-2024/PS0-INDECOPI-LAM de fecha 26 de febrero de 2024, que declaró fundada la denuncia interpuesta por la señora Nuby Thelma Uriarte Jiménez en contra de la Financiera OH! S.A O Financiera OH S.A, por infracción al artículo 19° de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, referido a que habría emitido una tarjeta de crédito 4040********XXXX a nombre de la parte denunciante, sin contar con solicitud o autorización alguna, la misma que no reconoce; en la cual habría permitido que se realicen operaciones que no reconoce, sin tomar las medidas de seguridad pertinentes.
Asimismo, se confirma la sanción impuesta, la medida correctiva ordenada, la condena al pago de las costas y costos del procedimiento y la inscripción en el registro de infracciones y sanciones del Indecopi.
SANCIÓN: 3.49 UIT
RESOLUCIÓN FINAL 0325-2024/INDECOPI-LAM
PROCEDENCIA: ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS SUMARÍSIMOS DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI DE LAMBAYEQUE (ORPS)
PROCEDIMIENTO: RECURSO DE APELACIÓN
DENUNCIANTE: NUBY THELMA URIARTE JIMENEZ (EL DENUNCIANTE)
DENUNCIADO: FINANCIERA OH! S.A. O FINANCIERA OH S.A. (EL DENUNCIADO)
MATERIA: IDONEIDAD EN EL SERVICIO
ACTIVIDAD: OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
ANTECEDENTES
1. Mediante escrito del 05 de diciembre de 2023, la señora Nuby Thelma Uriarte Jiménez (en adelante, el denunciante), presentó una denuncia ante el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de la Oficina Regional del Indecopi de Lambayeque (en adelante, el ORPS) en contra de la Financiera OH! S.A O Financiera OH S.A(en adelante, la denunciada), por presuntas infracciones a la Ley N°29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor (en adelante, el Código); manifestando lo siguiente:
(i) La denunciada le habría atribuido una deuda de S/145.59, del ciclo de facturación 19/12/2020 al 18/01/2021, respecto a su tarjeta de crédito 4040********XXXY, la misma que no solicitó, autorizó ni reconoce, pues dicha tarjeta estaría cancelada;
(ii) la denunciada habría emitido una tarjeta de crédito 4040********XXXX a nombre de la parte denunciante, sin contar con solicitud o autorización alguna, la misma que no reconoce.
(iii) Habría permitido que se realicen operaciones con la tarjeta de crédito 4040********XXXY, las mismas que no reconoce, sin tomar las medidas de seguridad pertinentes.
[Continúa …]
![[VIVO] Clase modelo sobre excepción de improcedencia de acción. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/CLASE-GRATUITA-NOHELIA-MENGOA-POST-218x150.jpg)
![Conversión de pena en ejecución de sentencia en delito de omisión a la asistencia familiar [Exp. 5256-2022-90]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/GIAMMPOL-AUTO-REVOCATORIA-PERIODO-PRUEBA-LPDERECHO3-1-218x150.jpg)
![El adelanto de fallo no constituye una sentencia ni produce efectos jurídicos, por lo que no puede usarse como fundamento para desistirse de un recurso [Casación 1027-2025, San Martín]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-FIRMANDO-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Nombrar a alguien «gerente» no basta para considerarlo trabajador de confianza [Cas. Lab 33748-2023, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/despido-por-liquidacion-LPDerecho-218x150.jpg)
![Quien proporciona el DNI o la cuenta bancaria y cobra el dinero producto del fraude debe ser juzgado por el delito de fraude informático y no por hurto agravado mediante medios informáticos (norma posterior más favorable al procesado) [RN 1087-2025, Lima, ff. jj. 5-9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/tarjeta-fraude-robo-hurto-cuenta-bancaria-penal-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)






![[VÍDEO] Aplica el «ne bis in idem» en San Valentin: nadie puede ser celado dos veces por el mismo hecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/aplica-principio-ne-bis-in-idem-san-valentin-LPDERECHO-218x150.png)

![[VÍDEO] Mario Castillo: Nunca se olviden de que la vida no es solo la profesión](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/maxresdefault-92-218x150.jpg)



![¿Desde cuándo se computa el plazo para el inicio del PAD en faltas permanentes por uso de información falsa? [Informe Técnico 000454-2026-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/SERVIR-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Trabajadores destacados no pueden realizar de forma permanente la actividad principal de la empresa [Cas. Lab. 20398-2023, Lambayeque]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadora-empleado-oficina-presencial-trabajador-LPDerecho-218x150.jpg)
![Mientras los vicios de motivación interna se refieren a los supuestos en los cuales la solución del caso no se deduce de las premisas normativas o fácticas contenidas en la resolución, o cuando la resolución analizada carece de alguna de estas premisas necesarias para resolver; los vicios de motivación externa aluden a circunstancias en las que han existido errores relativos, por una parte, a la premisa normativa del silogismo judicial o, de otra, a la premisa fáctica [Exp. 01172-2022-PA/TC, f. j. 39] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)
![Indecopi no es competente para tramitar solicitudes de procedimiento concursal contra universidades privadas, pues para estas no aplican las disposiciones de la Ley General del Sistema Concursal debido a la naturaleza especial que posee el servicio educativo (se afectaría el funcionamiento de la entidad educativa en perjuicio del derecho a la educación de los estudiantes) [Expediente 04791-2024-AA/TC, ff. jj. 22-25]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)


![Multan a Claro por enviar 22 mensajes de texto con publicidad sin consentimiento del cliente [Res. 4246-2025/SPC-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/07/empresa-telefonia-claro-LPDerecho-218x150.jpg)

![Declaran ilegales cobros exigidos por municipalidad en trámites de transporte público [Resolución 0059-2026/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)

![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)












![Lineamientos para el seguimiento del plan nacional de seguridad ciudadana y lucha contra la criminalidad 2026–2028 [RM 358-2026-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-interior-Mininter-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![Destituyen a juez de paz por haber tramitado expedientes pese a encontrarse suspendido [Investigación Definitiva 231-2024-Ventanilla]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/BANNER-NOTICIA-DESTITUYEN-JUEZ-AVALAR-DESCERRAJE-INMUEBLE-LPDERECHO-1-218x150.jpg)



![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)


![Multan a Claro por enviar 22 mensajes de texto con publicidad sin consentimiento del cliente [Res. 4246-2025/SPC-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/07/empresa-telefonia-claro-LPDerecho-100x70.jpg)
![[VIVO] Clase modelo sobre excepción de improcedencia de acción. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/CLASE-GRATUITA-NOHELIA-MENGOA-POST-100x70.jpg)



![Destituyen a técnica por hacerse pasar por abogada y realizar cobros de diez mil soles [Investigación 628-2018-Cajamarca] Destituyen a técnica por hacerse pasar por abogada y realizar cobros de diez mil soles](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/Investigacion-628-2018-Cajamarca-LP-324x160.png)