Publicado el 24 de mayo de 2020, en el diario oficial El Peruano.
Oficializan modificación del “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de COVID-19 en el Trabajo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones”
RESOLUCIÓN SECRETARIAL 74-2020–MTC/04
Lima, 23 de mayo de 2020
VISTO: El Informe Nº 049-2020 MTC/11 de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 239-2020–MINSA, se aprueba el documento técnico “Lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo a la exposición a COVID–19”, en adelante los Lineamientos, que tienen como objetivos específicos establecer lineamientos para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores que realizan actividades durante la pandemia COVID–19, para el regreso y reincorporación al trabajo, y garantizar la sostenibilidad de las medidas de vigilancia, prevención y control adoptadas para evitar la transmisibilidad del COVID–19;
Que, el numeral 6.1.14 de los Lineamientos, define al “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de COVID–19 en el Trabajo”, como el documento que contiene las medidas que se deberán tomar para vigilar el riesgo de exposición a COVID–19, en el lugar de trabajo, el cual debe ser aprobado previo al reinicio de las actividades;
Que, asimismo, el numeral 7.1 de los Lineamientos, establece que previo al inicio de labores, todo empleador está en la obligación de implementar medidas para garantizar la seguridad y salud en el trabajo, cuya finalidad es esencialmente preventiva; y que en todo centro laboral, a través del servicio de seguridad y salud en el trabajo, se elabora el “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de COVID–19 en el Trabajo”, el mismo que debe ser remitido al Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo o el supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo según corresponda para su aprobación;
Que, mediante Acta Nº 02-2020–MTC/CSST.SE “Acta de Sesión Extraordinaria del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones” de fecha 04 de mayo de 2020, se acordó aprobar el “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de COVID–19 en el Trabajo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones”;
Que, por Resolución Secretarial Nº 069-2020–MTC/04, se oficializa la aprobación del “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de COVID–19 en el Trabajo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones”;
Que, posteriormente, mediante las Resoluciones Ministeriales Nº 265-2020–MINSA y Nº 283-2020–MINSA, se modifica el Documento Técnico “Lineamientos para la Vigilancia, Prevención y Control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID–19”, aprobado por Resolución Ministerial Nº 239-2020–MINSA;
Que, considerando las modificaciones al Documento Técnico “Lineamientos para la Vigilancia, Prevención y Control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID–19”, el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones” mediante Acta Nº 03-2020–MTC/CSST.SE de fecha 20 de mayo de 2020, aprueba la modificación del párrafo sexto del numeral IV y los numerales 5.7, 5.18, 7.2 y el literal a) del numeral 9.1.1.1 del “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de COVID–19 en el Trabajo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones”;
Que, mediante el Informe de visto, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, propone oficializar la modificación del párrafo sexto del numeral IV y los numerales 5.7, 5.18, 7.2 y el literal a) del numeral 9.1.1.1 del “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de COVID–19 en el Trabajo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones”, conforme a lo acordado por el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a fin de garantizar la salud en el regreso y reincorporación al trabajo, y la sostenibilidad de las medidas de vigilancia, prevención y control adoptadas para evitar la transmisibilidad del COVID–19;
Que, de acuerdo a los artículos 14 y 15 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial 959-2019–MTC/01, la Secretaría General es la máxima autoridad administrativa del ministerio, y tiene entre sus funciones dirigir, coordinar y supervisar las acciones vinculadas a defensa nacional, gestión del riesgo de desastres, dialogo y gestión social, así como, comunicación e imagen institucional, integridad, lucha contra la corrupción, atención al ciudadano, gestión documental y el sistema de control interno, en el marco de la normatividad vigente, así como expedir resoluciones en materias de su competencia;
Que, en consecuencia es necesario oficializar la modificación del “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de COVID–19 en el Trabajo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones”;
De, conformidad con la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial 959-2019–MTC/01, el Decreto Supremo Nº 008-2020–SA; el Decreto Supremo Nº 044-2020–PCM, sus modificatorias y prorrogas, y la Resolución Ministerial Nº 239-2020–MINSA y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Oficializar la modificación del párrafo sexto del numeral IV y los numerales 5.7, 5.18, 7.2 y el literal a) del numeral 9.1.1.1 del “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de COVID-19 en el Trabajo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones”, los cuales quedan redactados con el texto siguiente:
“IV. INTRODUCCIÓN
(…)
En este contexto, las entidades públicas suspendieron sus actividades regulares, restringiendo con ello el trabajo presencial llevado a cabo por sus trabajadores/as. Estando cerca el cese del Estado de Emergencia Nacional mencionado en el párrafo precedente, el Ministerio de Salud ha emitido la Resolución Nº 239-2020–MINSA que aprueba los “Lineamientos para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID–19” y sus modificatorias, que dispone, entre otros, la obligación de aprobar el “Plan para la vigilancia, prevención y control del COVID–19 en el trabajo.
(…)”.
“5.7 Grupo de riesgo: Personas mayores de 65 años. Presencia de Comorbilidades: hipertensión arterial no controlada, enfermedades cardiovasculares graves, cáncer, diabetes mellitus, asma moderada o grave, enfermedad pulmonar crónica en tratamiento con hemodiálisis, enfermedad o tratamiento inmunosupresor, obesidad con IMC de 40 a más”.
“5.18 Seguimiento de salud: Actividades de seguimiento clínico a trabajadores, realizadas a través de visita domiciliaria, llamada telefónica, aplicativo virtual o página web, a casos leves en aislamiento domiciliario, contactos en cuarentena y casos hospitalizados que fueron dados de alta”.
“7.2 Esta nómina de trabajadores considera a todas las personas que prestan servicios dentro de las sedes del MTC independientemente de su modalidad contractual, según lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 239-2020–MINSA y sus modificatorias, que han sido identificadas para realizar trabajo presencial”.
“9.1.1.1 La OGRH en coordinación con el Centro Médico y el SSST, desarrollan las siguientes acciones:
a) Identificar a los/as trabajadores/as considerados/as en el grupo de riesgo para COVID–19 establecido en el documento técnico denominado “Lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID–19”, aprobado por Resolución Ministerial Nº 239-2020–MINSA y sus modificatorias, siendo considerados como grupo de riesgo:
– Edad: Mayor de 65 años.
– Presencia de comorbilidades: Hipertensión arterial no controlada, enfermedades cardiovasculares graves, cáncer, diabetes mellitus, asma moderada o grave, enfermedad pulmonar crónica en tratamiento con hemodiálisis, enfermedad o tratamiento inmunosupresor, obesidad con IMC de 40 a más.
(…)”
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Secretarial en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese y comuníquese y publíquese.
JUANA R. LÓPEZ ESCOBAR
Secretaria General
Descargue en PDF la resolución

![Impedimento de salida: El patrimonio que acumuló la investigada en su cargo de expresidenta, así como los viajes internacionales realizados en el ejercicio de sus funciones y que su hijo trabaje para la ONU en EE. UU., no constituyen factores determinantes de un peligro de fuga (caso Dina Boluarte) [Exp. 00171-2025-5, ff. jj. 7.2.24-7.2.25]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![No hay vulneración del debido proceso ni de la tutela procesal efectiva si la denuncia fue admitida, se realizaron diligencias y la recurrente participó e incluso interpuso recurso de elevación [Exp. 00436-2025-PA/TC, f. j. 18]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)

![Para la consumación del delito de estafa, no se requiere que el dinero se entregue directamente al estafador, pues puede efectuarse incluso a favor de un tercero [Exp. 01116-2024-PHC/TC, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/tribunal-constitucional-fachada-exterior-tc-1-LPDerecho-218x150.png)
![Derecho de defensa: Cada vez que haya una modificación en la acusación —por devolución—, debe habilitarse nuevamente el plazo de 10 días para que la defensa la absuelva, aun cuando repita sus fundamentos [Exp. 01385-2019-6, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-JUZGADO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)














![Precedente Servir sobre la notificación de los actos emitidos en el PAD en el marco de la Ley 30057 [Resolución de Sala Plena 002-2025-Servir/TSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)
![¿Servidores que estén próximos a jubilarse pueden solicitar teletrabajo? [Informe Técnico 002521-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/trabajadores-pareja-servidores-trabajo-LPDerecho-218x150.jpg)

![Las boletas de pago de los servidores del Estado se encuentran exceptuados de difusión pública dado que, prima facie, contienen datos de la esfera privada; sin embargo, la remuneración global sí corresponde ser publicitada como parte de la transparencia de la entidades del Estado [Exp. 04880-2024-PHD/TC, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-218x150.png)

![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/2025-LEY-32069-LIBRO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Elecciones generales 2026: diseño y especificaciones técnicas de las cédulas de sufragio [Resolución Jefatural 000199-2025-JN/ONPE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/Cedulas-de-sufragio-LPDerecho-218x150.png)
![Elecciones generales 2026: instrucciones de los sorteos de ubicación de las organizaciones políticas en la cédula de sufragio [Resolución Jefatural 00198-2025-JN/ONPE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/onpe-elecciones-votos-LPDerecho-218x150.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)






![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)





![Modifican las medidas temporales para fortalecer la seguridad en la contratación del servicio público móvil [Resolución 000135-2025-CD/Osiptel] Osiptel](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/Osiptel-Normas-legales-LPDerecho-218x150.png)
![Aprueban directiva «Cierre de oficio de las inversiones del Poder Judicial» (versión 001) [RA 000456-2025-CE-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/placio-de-justicia-pj-poder-judicial-LPDerecho-218x150.jpg)

![Para la consumación del delito de estafa, no se requiere que el dinero se entregue directamente al estafador, pues puede efectuarse incluso a favor de un tercero [Exp. 01116-2024-PHC/TC, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/tribunal-constitucional-fachada-exterior-tc-1-LPDerecho-100x70.png)

![TC ordena al Reniec consignar, como apellido materno de una niña, el de la mujer que obtuvo el óvulo de una donante anónima y lo hizo implantar en el útero de otra mujer que dio a luz [Expediente 01367-2019-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/07/tc-y-embarazada-LPDERECHO-100x70.jpg)


![[Vídeo] César San Martín: «Me podrán decir de todo, menos que por odio he resuelto los casos»](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-GENERICO-CESAR-SAN-MARTIN-LPDERECHO1-100x70.jpg)

![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/2025-LEY-32069-LIBRO-LPDERECHO-100x70.jpg)



![Modifican el Reglamento unificado de las normas que regulan el sistema nacional de pensiones [DS 086-2021-EF] Modifican el Reglamento unificado de las normas que regulan el sistema nacional de pensiones](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/04/Decreto-Supremo-086-2021-EF-LP-324x160.png)