El juez supremo Juan Carlos Checkley ordenó finalizar una indagación contra la presidenta Dina Boluarte por el presunto delito de abuso de autoridad debido a la desactivación del Grupo Especial de la Policía Nacional (PNP), que colaboraba con el Equipo de Fiscales contra la Corrupción del Poder (Eficcop), en mayo último.
El magistrado declaró fundado el recurso de control de plazo presentado por la defensa de la mandataria, Juan Carlos Portugal, al haberse excedido el tiempo de las pesquisas:
La indagada Dina Ercilia Boluarte Zegarra, mediante su defensa técnica, solicita audiencia de Control de Plazo de las diligencias preliminares signada con Carpeta Fiscal 153-2024 por haber concluido la investigación preliminar que se viene siguiendo en su contra, por la presunta comisión de los delitos de encubrimiento personal agravado y abuso de autoridad, en agravio del Estado
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Tras la disposición del juez, la Fiscalía tendrá que decidir si archiva la carpeta fiscal o presenta una denuncia constitucional, ante el Congreso de la República, para proseguir con el caso.
El proceso fue iniciado por el entonces fiscal de la Nación interino, Juan Carlos Villena, cuyo plazo concluyó el 10 de julio, pero fue prorrogado para obtener nueva información.
Sin embargo, el abogado de la dignataria enfatizó que su patrocinada no debe ser investigada por la desactivación del equipo PNP, por lo que apelará al Tribunal Constitucional para que el caso sea archivado:
La interpretación del fiscal que establece que los funcionarios del artículo 99 de la Constitución que incluye a la presidenta de la República puede ser investigada hasta ocho meses. La interpretación de nosotros es que puede ser investigada hasta 60 días.
La audiencia de control de plazo en el marco de este proceso se llevó a cabo el miércoles 23 de octubre.
Mira la transmisión aquí:
Inicio de diligencias
La Fiscalía de la Nación inició diligencias preliminares contra la presidenta Dina Boluarte y el entonces ministro del Interior, Walter Ortiz, por el presunto delito contra la administración de justicia en la modalidad de encubrimiento personal.
La medida responde a la desactivación del Equipo Especial Policial de Apoyo al Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción en el Poder (EFICCOP). Esto se materializó mediante la Resolución Ministerial 0610-2024-IN.
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El Ministerio Público también comunicó que se aperturó diligencias preliminares contra ambos altos funcionarios por los mismos hechos. En este último, se les atribuye el presunto delito contra la administración pública en la modalidad del delito de abuso de autoridad.
La desactivación de dicho equipo policial despertó sospechas sobre una presunta interferencia de la mandataria en la investigación contra su hermano Nicanor Boluarte, investigado por presunta organización criminal.
EXPEDIENTE N° : 00050-2024-1-5001-JS-PE-01
INDAGADO : DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
DELITOS : ENCUBRIMIENTO PERSONAL
AGRAVADO Y OTRO AGRAVIADO : ESTADO PERUANO
JUEZ SUPREMO (p) : JUAN CARLOS CHECKLEY SORIA
ESP. JUDICIAL : PILAR NILDA QUISPE CHURA
AUTO QUE RESUELVE CONTROL DE PLAZO DILIGENCIAS PRELIMINARES
RESOLUCIÓN NÚMERO SEIS
Lima, treinta de octubre del dos mil veinticuatro.
AUTOS, VISTOS Y OIDOS; en audiencia pública, la solicitud de control del plazo presentada por la defensa de la investigada Dina Ercilia Boluarte Zegarra, en la investigación que se le sigue por la presunta comisión del delito de encubrimiento personal y abuso de autoridad en agravio del Estado; Y,
CONSIDERANDO
PRIMERO.- ANTECEDENTES
1) Mediante disposición N° 01 de 10/05/2024, la Fiscalía de la Nación inició diligencias preliminares contra Boluarte Zegarra y otro por el plazo de 60 días por los presuntos delitos de encubrimiento personal y de abuso de autoridad en agravio del Estado.
2) Con disposición N° 02 del 20/06/2024, la Fiscalía de la Nación decidió apartarse de la investigación y remitir los actuados a la Primera Fiscalía Suprema en lo Penal; sin embargo, mediante Disposición N°123 del 24/06/2024 la Primera Fiscalía rechazó este apartamiento, devolviendo la carpeta fiscal al Fiscal de la Nación; por disposición N° 03 de 01/07/2024 la Fiscalía de la Nación declara improcedente el rechazo del apartamiento hecho por la Primera Fiscalía Suprema; según lo señalado en la audiencia, la Primera Fiscalía Suprema remitió a la Junta de Fiscales Supremos para que dirima la competencia de esta investigación; mediante Oficio N°000500-2024-MP-FN-SJFS de 10/07/2024 la Junta de Fiscales Supremos acordó por unanimidad declarar que Primera Fiscalía Suprema en lo Penal sea la que tenga a su cargo la investigación.
3) En este contexto, por resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1505-2024-MP-FN del 05/07/2024 se concedió 15 días de vacaciones al Fiscal titular del despacho de la Primera Fiscalía Suprema en lo Penal del 08/07/2024 al 22/07/2024.
4) El 24/07/2024, la defensa de Boluarte Zegarra presentó un escrito solicitando la conclusión de la investigación preliminar.
5) Con disposición N° 04 de 24/07/2024, la Primera Fiscalía Suprema en lo Penal se avocó a este proceso en cumplimiento de lo dispuesto por la Junta de Fiscales Supremos; por disposición N° 05 de 24/07/2024 la Fiscalía amplió el plazo de la investigación por 60 días. 6) Por Providencia 12 del 30/07/2024, la Fiscalía dio respuesta al escrito presentado por la defensa Boluarte Zegarra el 24/07/2024 respondiendo “estese a lo resuelto en la disposición N° 05 del 24/07/2024”.
7) Posteriormente, la defensa de Boluarte Zegarra presentó a este Juzgado Supremo el 11/09/2024 mediante escrito con registro N°2741- 2024 solicitud de control de plazo; mediante resolución N° 01 del 17/09/2024, el Juzgado Supremo requirió presente el cargo de notificación de la Providencia N°12 del 30/07/2024, lo cual cumplió con escrito con registro N° 2908-2024 del 25/09/2024; por resolución dos del 03/10/2024 se programó audiencia de control de plazo para el 23/10/2024.
[Continúa…]
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