Estimados colegas, en esta oportunidad compartimos con ustedes un modelo de resolución de enmienda de oficio correspondiente a una resolución directoral.
Inscríbete aquí Más información
RESOLUCIÓN DE ENMIENDA DE OFICIO
RESOLUCIÓN DIRECTORAL […]
Lima, 2 de agosto de […]
Vista: La Resolución Directoral […] de […].
Considerando:
Mediante la Resolución Directoral […], la Dirección de Fiscalización y Aplicación de Incentivos del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por el administrado contra la Resolución Directoral […], la cual declaró responsabilidad administrativa al administrado por la comisión de una (1) infracción a la normativa ambiental.
El numeral 14.1, artículo 14, del TUO de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que, cuando el vicio del acto administrativo por el incumplimiento a sus elementos de validez no sea trascendente, prevalece la conservación del acto y se procede a su enmienda por la propia autoridad emisora. Asimismo, el numeral 14.2.4 agrega que constituye un vicio no trascedente cuando se concluya indudablemente de cualquier otro modo que el acto administrativo hubiese tenido el mismo contenido de no haberse producido.
A partir de la revisión de la Resolución Directoral, en el considerando 19 se advierte que se consignó que, en virtud a los principios de presunción de licitud y verdad material, no correspondía declarar responsabilidad en contra del administrado por la presunta conducta imputada en la Tabla 1 de la Resolución Subdirectoral […] consistente en exceder los límites máximos permisibles en más de 200 % respecto al parámetro «sulfuro de hidrógeno (H2S)» en el monitoreo de emisiones atmosféricas del segundo semestre de 2016.
Aquello debido a que el procedimiento realizado para la toma de muestras de emisiones no es el idóneo para determinar el referido exceso y, además, no se contaban con medios probatorios suficientes para determinar la responsabilidad administrativa; por lo que se concluyó el archivo del PAS en mención.
En consecuencia, en el considerando 20 de la citada Resolución, se señaló que correspondía declarar fundado el recurso de reconsideración interpuesto por el administrado contra lo resuelto en la Resolución Directoral.
No obstante, en la parte resolutiva de la Resolución Directoral, se mencionó lo siguiente: «Artículo 1.- Declarar infundado el recurso de reconsideración interpuesto por […] contra la Resolución Directoral […], por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución».
En atención a lo expuesto, corresponde enmendar la parte resolutiva de la Resolución Directoral materia de análisis, la cual debe concluir en los siguientes términos: «Artículo 1.- Declarar fundado el recurso de reconsideración interpuesto por […] contra la Resolución Directoral […] por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución».
Por lo tanto, considerando que la enmienda de la Resolución Directoral […] no altera los aspectos sustanciales de su contenido ni el sentido de la decisión expresada en ella, corresponde de oficio su enmienda.
En uso de las facultades conferidas en […],
Inscríbete aquí Más información
Se resuelve:
Artículo 1. Enmendar de oficio la Resolución Directoral […] por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución y debe considerarse la parte resolutiva, la cual debe decir lo siguiente:
«Artículo 1. Declarar fundado el recurso de reconsideración interpuesto por […] contra la Resolución Directoral […], por los fundamentos ex- puestos en la parte considerativa de la presente Resolución».
Artículo 2. Conservar el acto contenido en la Resolución Directoral […] en todos los extremos que no se opongan a la presente Resolución.
Artículo 3. Poner en conocimiento de […] la presente Resolución Directoral.
Regístrese y comuníquese.
Descarga el modelo de PDF aquí
Fuente: Pacori Cari, J.(2023). Curso de redacción administrativa. LP: Lima, pp. 301-302.

![Declaración y reconocimiento fotográfico practicados a un colaborador eficaz, sin participación del abogado defensor del delatado, son válidos [Casación 597-2022, Lambayeque]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/reconocimiento-fotografico-invalido-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La empresa aseguradora (incorporada como tercero civil) está obligada a pagar la reparación civil, pero no el total, sino solo hasta el monto de la cobertura de su contrato de seguro [Casacion 2424-2022, Cusco]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-MAZO-ESPOSAS-MESA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Aunque la declaración de la víctima en cámara Gesell no se haya tramitado como prueba anticipada, puede ser valorada por el juzgador, pues intervinieron el fiscal, el perito psicólogo, la defensa y la madre de la menor [Casación 621-2022, Madre de Dios, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Contienda de competencia: Corresponde al juzgado del lugar donde se encuentra recluido el sentenciado conceder los beneficios penitenciarios [Consulta Diversa 2-2005, Lambayeque f. j. 4.7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)










![Indecopi: Inmobiliaria debe probar que el porcentaje pactado como penalidad correspondió al efectivo perjuicio por la frustración de la venta (cláusula penal abusiva) [Cas. 15070-2018, Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![¿Los beneficios del convenio colectivo alcanzan también a servidores no sindicalizados? [Informe Técnico 001992-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajador-confianza-companero-companerismo-ambiente-laboral-sindicato-LPDerecho-218x150.jpg)
![No toda reducción del sueldo básico implica una disminución de la remuneración total [Casación 16410-2023, Tacna]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/exfuncionario-recursos-humanos-sueldo-LPDERECHO-218x150.jpg)
![A los trabajadores que realizan labor intermitente, como los choferes del servicio de transporte interprovincial, no les corresponde el pago de horas extras (conforme al art. 5 del DS 007-2002-TR), aun cuando realicen labores intermitentes que excedan las 12 horas diarias [Casación 46532-2025, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/mujer-trabajadora-computadora-trabajo-remoto-teletrabajo-asistente-LPDerecho-218x150.png)
![Suprema interpreta artículo 37 del TUO 728: el despido no puede deducirse y la carga de la prueba corresponde al trabajador [Casación 15624-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadores-reunion-jefe-gritos-mal-ambiente-laboral-oficina-despido-LPDerecho-218x150.jpg)

![Fundamento de voto: No se puede equiparar la finalidad política que tiene un partido político (participación electoral) con un propósito delictivo como promover, organizar, constituir o integrar una organización con fines ilícitos (caso cócteles) [Exp. 02109-2024-PHC/TC, ff. jj. 25-26]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/FUDAMENTO-VOTO-POLITICA-ELECTORAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El control difuso es de naturaleza incidental, se lleva a cabo en casos particulares y su efecto consiste en la inaplicación de una ley al escenario concreto, siempre que el TC no haya confirmado su constitucionalidad [Exp. 03097-2024-PA/TC, ff. jj. 12-14]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/CONTROL-DIFUSO-NATURALEZA-INAPLICACION-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Multan a colegio de La Molina por discriminar a padre residente en el Callao que tuvo interés en matricular a su hija [Res. 2423-2025/SPC-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)
![Multan a Claro por publicidad engañosa al afirmar que «es la red móvil más rápida del Perú» y «Cámbiate a la red móvil más rápida del Perú» [Res. 185-2025/CCD-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/07/empresa-telefonia-claro-LPDerecho-218x150.jpg)
![Sutran: directiva que regula el procedimiento para acogerse al programa de regularización de sanciones [Resolución de Superintendencia D0000058-2025-Sutran-SP]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/condenan-trabajador-sutran-100-yape-multa-LPDERECHO-218x150.jpg)
![PJ implementa el sistema informativo de garantías mobiliarias [RA 000390-2025-CE-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/placio-de-justicia-pj-poder-judicial-fachada-LPDerecho-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)








![[VIDEO] Juez propone que todos los delitos se tramiten en unidades de flagrancia, sin excepción](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/DELITOS-PLANTEA-TABOA-LPDERECHO-218x150.jpg)




![Minsa: relación de productos y servicios prohibidos en farmacias y boticas [RM 734-2025/Minsa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/FARMACIA-BOTICA-LPDERECHO-218x150.jpg)



![Multan a Claro por publicidad engañosa al afirmar que «es la red móvil más rápida del Perú» y «Cámbiate a la red móvil más rápida del Perú» [Res. 185-2025/CCD-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/07/empresa-telefonia-claro-LPDerecho-100x70.jpg)



![Declaración y reconocimiento fotográfico practicados a un colaborador eficaz, sin participación del abogado defensor del delatado, son válidos [Casación 597-2022, Lambayeque]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/reconocimiento-fotografico-invalido-LPDERECHO-100x70.jpg)
![¿Los beneficios del convenio colectivo alcanzan también a servidores no sindicalizados? [Informe Técnico 001992-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajador-confianza-companero-companerismo-ambiente-laboral-sindicato-LPDerecho-100x70.jpg)

![Multan a colegio de La Molina por discriminar a padre residente en el Callao que tuvo interés en matricular a su hija [Res. 2423-2025/SPC-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-100x70.jpg)


![Despiden a servidor por rendir viáticos con boleta adulterada [Resolución 00115-2015-Servir/TSC] trabajador-despedido](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/trabajador-despedido-despido-sancion-laboral-LPDerecho-324x160.png)