Minam: Protocolo de atención al ciudadano durante el estado de emergencia sanitaria [RSG 29-2020-MINAM]

2119

Publicado el 23 de junio de 2020, en el diario oficial El Peruano.


Aprueban el “Protocolo de atención al ciudadano en el Ministerio del Ambiente durante el Estado de Emergencia Sanitaria declarada ante la propagación del coronavirus -COVID 19”

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL 29-2020-MINAM

Lima, 19 de junio de 2020

VISTOS; el Informe N° 00108-2020-MINAM/SG/OGDAC y los Memorandos N° 00210-2020-MINAM/SG/OGDAC y N° 00253-2020-MINAM/SG/OGDAC, de la Oficina de Gestión Documental y Atención a la Ciudadanía; y el Informe N° 00206-2020-MINAM/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA, se declaró en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictaron medidas de prevención y control para evitar la propagación del COVID-19, prorrogado mediante Decreto Supremo N° 020-2020-SA;

Que, a través del Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, y sus normas complementarias y ampliatorias, se declaró el Estado de Emergencia Nacional y dispuso el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19;

Que, con Resolución Ministerial N° 103-2020-PCM, se aprobaron los “Lineamientos para la atención a la ciudadanía y el funcionamiento de las entidades del Poder Ejecutivo, durante la vigencia de la declaratoria de emergencia sanitaria producida por el Covid-19, en el marco del Decreto Supremo N° 008-2020-SA”; disponiéndose en la Primera Disposición Complementaria Final de dicha resolución que cada entidad del Poder Ejecutivo se encuentra facultada para aprobar lineamientos específicos para regular su funcionamiento, entrega de bienes, prestación de servicios y trámites, y acciones para la atención a la ciudadanía durante la vigencia de la declaratoria de emergencia sanitaria producida por el Covid-19; sin trasgredir lo dispuesto en dichos Lineamientos y siguiendo los lineamientos emitidos por el Ministerio de Salud;

Que, el artículo 45 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM, establece que la Oficina de Gestión Documental y Atención a la Ciudadanía es la responsable de desarrollar las actividades de la gestión documental y atención a la ciudadanía del ministerio, y depende de la Secretaría General. Asimismo, el literal a) del artículo 46 del Reglamento en mención, señala como una de sus funciones, la de formular, proponer e implementar las acciones para la mejora de los servicios de atención a la ciudadanía que presta el Ministerio;

Que, mediante Informe N° 00108-2020-MINAM/SG/OGDAC y Memorandos N° 00210-2020-MINAM/SG/OGDAC y N° 00253-2020-MINAM/SG/OGDAC, la Oficina de Gestión Documental y Atención a la Ciudadanía, propone y sustenta la aprobación del “Protocolo de atención al ciudadano en el Ministerio del Ambiente durante el Estado de Emergencia Sanitaria declarada ante la propagación del coronavirus –COVID 19”, el cual tiene por objetivo establecer las medidas para la atención de los ciudadanos en la Plataforma de Atención a la Ciudadanía del Ministerio del Ambiente durante el Estado de Emergencia Sanitaria declarada a nivel nacional para la prevención y control para evitar la propagación del contagio por CODIV-19;

Que, el mencionado Protocolo cuenta con la conformidad de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Recursos Humanos;

Que, con Informe N° 00206-2020-MINAM/SG/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable la aprobación del “Protocolo de atención al ciudadano en el Ministerio del Ambiente durante el Estado de Emergencia Sanitaria declarada ante la propagación del coronavirus –COVID 19”;

Con el visado de la Oficina de Gestión Documental y Atención a la Ciudadanía, de la Oficina General de Administración, de la Oficina General de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 008-2020-SA que declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y dicta medidas de prevención y control del COVID-19, prorrogado mediante Decreto Supremo N° 020-2020-SA; el Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, y sus normas complementarias y ampliatorias; el Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, la Resolución Ministerial N° 103-2020-PCM, que aprueba los “Lineamientos para la atención a la ciudadanía y el funcionamiento de las entidades del Poder Ejecutivo durante la vigencia de la declaratoria de emergencia sanitaria producida por el Covid-19 en el marco del Decreto Supremo N° 008-2020-SA”;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el “Protocolo de atención al ciudadano en el Ministerio del Ambiente durante el Estado de Emergencia Sanitaria declarada ante la propagación del coronavirus – COVID 19”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución de Secretaría General.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría General y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución de Secretaría General en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSE VALDIVIA MORÓN

Secretario General

Descargue en PDF la resolución

 

Descargue en PDF el anexo

 

Comentarios: