Fundamento destacado: Tercero.- Que, al resolverse en la sentencia la nulidad del matrimonio, que era el punto controvertido, necesariamente tenían que señalarse los efectos civiles de dicho matrimonio invalidado, de decir si había sido contraído por la demandada de buena o mala fe;
Cuarto.- Que, por ello, al haberse pronunciado al respecto, con la apreciación de la prueba actuada y establecer que la demandada había contraído el enlace de buena fe, no se ha contravenido el derecho al debido proceso, por lo que no se ha incurrido en las causales de nulidad previstas en los artículos ciento setentiuno, ciento setenticuatro y ciento setentiséis del Código Procesal Civil;
CAS. N° 3760-2000 LIMA (El Peruano 31/08//2001)
Lima, dieciocho de abril del dos mil uno.
LA SALA CIVIL TRANSITORIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA, (…)
MATERIA DEL RECURSO:
Se trata del recurso de casación interpuesto por doña Elizabeth Margot Fernández Cotos, (…) contra la sentencia de vista, emitida por la Sala Especializada de Familia de la Corte Superior de Justicia de Lima, (…) que confirmando la apelada declaró fundada la demanda y nulo el matrimonio contraído por don César Javier Ortiz Olórtegui con doña Edna Zarela Patiño Astorayme e integrando la recurrida establecieron que el citado matrimonio inválido produce efectos civiles para la demandada y su hijo, como si fuese un matrimonio válido disuelto por divorcio;
FUNDAMENTOS DEL RECURSO:
Que, concedido el recurso de casación (…) fue declarado procedente por resolución (…) por la causal contemplada en el inciso tercero del artículo trescientos ochentiséis del Código Procesal Civil, sustentada en la contravención del derecho al debido proceso, porque en la Audiencia Conciliatoria se fijó como único punto controvertido establecer si procede o no declarar la nulidad del matrimonio contraído ente la demandada y César Javier Ortiz Olórtegui, lo cual es materia de prueba; que en ningún momento se estableció como punto controvertido si el matrimonio contraído por la demandada con el occiso fue de buena o mala fe; que al haberse pronunciado sobre un punto no controvertido se ha incurrido en la causal de nulidad prevista en los artículos ciento setentiuno y ciento setentiséis del Código Procesal Civil;
CONSIDERANDO:
Primero: Que, en el acta conciliatoria de fojas setenta se fijó como punto controvertido establecer si procede declarar la nulidad del matrimonio contraído entre la demandada y don César Javier Ortiz Olórtegui, celebrado ante la Municipalidad de Grocio Prado – Chincha el día veintiocho de noviembre de mil novecientos noventiocho;
Segundo.- Que, el artículo doscientos ochenticuatro del Código Sustantivo establece los efectos civiles del matrimonio invalidado, según si fue contraído de buena o mala fe;
Tercero.- Que, al resolverse en la sentencia la nulidad del matrimonio, que era el punto controvertido, necesariamente tenían que señalarse los efectos civiles de dicho matrimonio invalidado, de decir si había sido contraído por la demandada de buena o mala fe;
Cuarto.- Que, por ello, al haberse pronunciado al respecto, con la apreciación de la prueba actuada y establecer que la demandada había contraído el enlace de buena fe, no se ha contravenido el derecho al debido proceso, por lo que no se ha incurrido en las causales de nulidad previstas en los artículos ciento setentiuno, ciento setenticuatro y ciento setentiséis del Código Procesal Civil;
Quinto.- Que, por las razones expuestas y no presentándose la causal contemplada en el inciso tercero del artículo trescientos ochentiséis del Código Adjetivo, y aplicando el artículo trescientos noventiocho del mismo Código declararon INFUNDADO el recurso de casación (…)
SS.
IBERICO M.;
ECHEVARRÍA A.;
SEMINARIO V.;
CELIS V.;
TORRES T.



![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![No se puede inferir que abogado pertenece a una organización terrorista porque se le encontraron documentos relativos a una medida cautelar dirigida a la CIDH por la detención de los miembros del MOVADEF, pues se trata de actos inequívocos de defensa técnica [Exp. 122-2014-0, f. j. 6.b]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-BALANZA3-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Anulan procedimiento disciplinario que suspendió al fiscal Rafael Vela Barba en sus funciones por vulnerarse el debido procedimiento [Exp. 06245-2023-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Rafael-Vela-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![Confirman prohibición de la eliminación indiscriminada de perros abandonados [Exp. 00291-2018-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/maltrato-animal-atropello-perrito-perro-momo-LPDerecho-218x150.png)
![El tiempo para una exposición de la defensa debe ser prudencial (no existen tiempos fijos) y se establece en función a la complejidad de la causa y a la carga procesal del órgano jurisdiccional [Queja 1825-2022, Puno]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-JUEZ-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)













![¿Empleador puede modificar jornada laboral hasta convertirla en una de tiempo parcial? [Exp. 27773-2014-0-1801-JR-LA-02] entrevista de trabajo](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/trabajador-jefe-empresa-entrevista-de-trabajo-contrato-memo-documento-laboral-LPDerecho-218x150.png)




![Actualizan el TUPA de Migraciones: Adultos mayores podrán obtener pasaporte sin cita previa [Resolución 000150-2025-Migraciones]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/FACHADA-MIGRACIONES-LPDERECHO-218x150.jpg)



![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)






![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)







![Anulan procedimiento disciplinario que suspendió al fiscal Rafael Vela Barba en sus funciones por vulnerarse el debido procedimiento [Exp. 06245-2023-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Rafael-Vela-4-LPDerecho-324x160.jpg)
![Confirman prohibición de la eliminación indiscriminada de perros abandonados [Exp. 00291-2018-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/maltrato-animal-atropello-perrito-perro-momo-LPDerecho-100x70.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)


![Actualizan el TUPA de Migraciones: Adultos mayores podrán obtener pasaporte sin cita previa [Resolución 000150-2025-Migraciones]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/FACHADA-MIGRACIONES-LPDERECHO-100x70.jpg)


![Anulan procedimiento disciplinario que suspendió al fiscal Rafael Vela Barba en sus funciones por vulnerarse el debido procedimiento [Exp. 06245-2023-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Rafael-Vela-4-LPDerecho-100x70.jpg)

