Décimo.- En cuanto a los factores de atribución de la Responsabilidad, están constituidos por el dolo, la culpa inexcusable y la culpa leve. Al respecto Juan Espinoza Espinoza[3] señala que: “La noción de dolo coincide “con la voluntad del sujeto de causar el daño”, la cual coincide con el artículo 1318°, a propósito del incumplimiento de la obligación”. Normativamente el artículo 1318° del Código Civil establece que “Procede con dolo quien deliberadamente no ejecuta la obligación”. En tal sentido se concluye que el dolo contiene una intención deliberada de incumplir las obligaciones que se derivan del contrato de trabajo. En el caso de autos, atendiendo a que, la demandada ha procedido a despedir a la actora, conociendo que no existía una causa objetiva que motivara su cese, como así se encuentra señalado en la Casación Laboral N° 13074-2016-Lima, se advierte que este actuó con dolo, quedando acreditado el segundo elemento.
Undécimo.- Sobre la Relación de Causalidad, debe entenderse en sentido abstracto como la relación de causa-efecto o de antecedente-consecuencia, entre la conducta típica antijurídica del autor y el daño causado a la víctima; es decir, como lo señala Lizardo Taboada Córdova[4], “el daño causado al acreedor debe ser consecuencia inmediata y directa del incumplimiento absoluto o relativo de la prestación debida por parte del deudor”. de acuerdo a lo establecido en el artículo 1321° del Código Civil; siendo que en el caso de autos, ha quedado demostrado fehacientemente que existió un daño teniendo como hecho generador, que la demandada haya procedido a despedir al demandante sin que existiera una causa justa contraviniendo lo establecido en los artículos 24° y 25° del Decreto Supremo N° 003-97-TR Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728 tal como ha sido reconocido en la Casación Laboral N° 13074-2016-Lima; por lo que, el daño que se acredita en autos, se produjo como consecuencia directa del incumplimiento de las obligaciones de la parte demandada, al no cumplir con un procedimiento de despido o cese, lo que acredita la existencia de dicho nexo de causalidad;
Lea también: Curso Derecho de sucesiones (testamentos y herencias). Libro gratis hasta el 26 MAR
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA
TERCERA SALA LABORAL PERMANENTE
NÚMERO 15540-2019-0-1801-JR-LA-09(S)
EXPEDIENTE JUDICIAL ELECTRÓNICO – EJE
Resolución S/N
Lima, diez de marzo
de dos mil veintidós.-
VISTOS: En Audiencia de Vista de la Causa de fecha tres de marzo del año en curso con la asistencia de la parte demandante la abogada Giuliana Arista Mena e interviniendo como ponente la Señora Juez Superior Céspedes Cabala y el voto en minoría de la Señora Juez Superior Begazo Villegas;
MATERIA DEL RECURSO:
Es materia de grado de Apelación la Sentencia N° 090-2021-GJGI , contenida en la Resolución N° Siete, de fecha dos de julio de do s mil veintiuno, digitalizado en las páginas ciento nueve a ciento diecinueve del EJE, que declara infundada la demanda.
AGRAVIOS:
La demandante al interponer Recurso de Apelación, digitalizado en las páginas ciento veintidós a ciento veinticinco del EJE, señala como agravios los siguientes:
i. Sobre los elementos de la responsabilidad indica que al haber sido
despedida en forma arbitraria y abrupta, sin concurrencia de una falta
grave, generó incontrovertiblemente un sentimiento de aflicción que debe
ser resarcido.
ii. Por el sufrimiento ocasionado tuvo malestares físicos recibiendo
tratamiento médico a consecuencia de su despido, existiendo por ello daño
moral; respecto al nexo causal indica que está demostrado cuando fue despedida de forma arbitraria, y que fue mediante una culpa inexcusable pues se la ha despedido sin una causa justa.
iii. Rechazó dos propuestas de trabajo pensando que desarrollaría línea de carrera en la empresa, tiene dos hijos de 9 y 11 años que dependen de ella, y además sus padres; perdió el seguro EPS que utilizaba en su hijo, el que tiene problemas de salud.
iv. Durante su relación laboral obtuvo créditos personales que adquirió por tener un trabajo estable además de tarjetas de crédito que paga mensualmente por lo que resulta objetivo una indemnización equivalente al parámetro fijado en el artículo 76° del Decreto Supremo N° 003-97-TR que comprende una indemnización en casos de resolución arbitraria del contrato.
v. No es cierto que se aceptó su despido sin objeción alguna, no existiendo mutuo disenso sino un despido lo que además es corroborado en la liquidación de beneficios sociales pues ahí se señala que el motivo del cese es el despido, y más aun si la demandada durante el decurso del proceso corrobora lo señalado.
[Continúa…]
Descargue en PDF la resolución
![La prohibición del acceso a la conclusión y terminación anticipada, establecida en el art. 5 de la Ley 30838 para delitos como el de violación sexual de menor de edad, quebranta el derecho a la igualdad ante la ley [Casación 2197-2022, Cajamarca]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/violacion-sexual-a-nina-LPDERECHO-218x150.jpg)



![JNE establece que personas con sentencia condenatoria pueden postular a la presidencia de la República al cumplirse 10 años de cumplida la pena, siempre que no tengan pendiente la reparación civil y hayan obtenido la declaración judicial de rehabilitación [Resolución 0085-2026-JNE, 2.21-2.24]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-ARTICULO-CONSTITUCIONAL-19-218x150.jpg)
![Aunque el demandante en un proceso de prescripción adquisitiva no obtenga un resultado favorable, todos los años de duración del proceso no impedirán por sí mismos que dicho periodo en que el demandante continuó en posesión sea considerado como uno de posesión pacífica para un nuevo proceso de prescripción adquisitiva que decida iniciar después [Casación 4968-2021, Lima Este]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/casa-vivienda-propiedad-posesion-divorcio-separacion-bienes-herencia-desalojo-civil-mazo-balanza-LPDerecho-218x150.jpg)
![JNE exhorta al Congreso de la República a uniformizar la legislación con relación a los impedimentos vinculados con la situación jurídica penal de los ciudadanos que pretendan postular como candidatos en elecciones generales y subnacionales, pues el ordenamiento jurídico no es claro ni coherente [Resolución 0085-2026-JNE, 2.25-2.28]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-ARTICULO-CONSTITUCIONAL-18-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[VIVO] Clase modelo sobre la comunicación en el proceso oral civil. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-ALDA-VITES-LPDERECHO-218x150.jpg)

![[Balotario notarial] El notario público: funciones, competencia, derechos, responsabilidades y cese](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/NOTARIO-PERU-FUNCIONES-LPDERECHO-218x150.jpg)

![El trabajador que solicita la nulidad del despido no se encuentra liberado de su carga probatoria, sino que tiene la obligación de aportar indicios razonables del despido [Casación Laboral 18431-2023, Cajamarca]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-LPDerecho-218x150.jpg)

![La indemnización por daños y perjuicios ocasionados por un despido incausado, no puede equiparse a las remuneraciones que se dejaron de percibir por esta causa de despido [Casación 18589-2023, Del Santa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/despido-desconcierto-trabajador-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)

![TC ordena al Ministerio de Economía que elabore nueva fórmula de actualización del valor de los bonos de la reforma agraria [Exp. 01350-2024-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/tribunal-constitucional-fachada-exterior-tc-LPDerecho-218x150.png)
![Reglamento de organización y funciones de la Junta Nacional de Justicia [Resolución 011-2026-P-JNJ] JNJ - Junta Nacional de Justicia - LP](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/06/JNJ-Junta-Nacional-de-Justicia-LP-218x150.png)
![Lineamientos para la atención de consultas en Servir [Resolución 000020-2026-Servir-PE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/servir-servidor-trabajador-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)
![Modifican Ley General de Aduanas: transportista podrá optar por multa en lugar de comiso ante hallazgo de mercancía no manifestada [Decreto Legislativo 1711]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/ADUANA-DELITO-ADUANERO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/CODIGO-DE-RESPONSABILIDAD-PENAL-DE-ADOLESCENTES-DECRETO-LEGISLATIVO-1348-ACTU-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-218x150.jpg)






![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)





![Declaran fundado recurso de queja por denegatoria de casación de Melissa Klug y ordenan que se eleve el expediente principal a sala suprema [Queja por denegatoria de casación 1944-2025, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/melisa-l%C2%BFklug-y-jerfferson-farfan-LPDERECHO-324x160.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)

![La prohibición del acceso a la conclusión y terminación anticipada, establecida en el art. 5 de la Ley 30838 para delitos como el de violación sexual de menor de edad, quebranta el derecho a la igualdad ante la ley [Casación 2197-2022, Cajamarca]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/violacion-sexual-a-nina-LPDERECHO-324x160.jpg)

![Reglamento de organización y funciones de la Junta Nacional de Justicia [Resolución 011-2026-P-JNJ] JNJ - Junta Nacional de Justicia - LP](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/06/JNJ-Junta-Nacional-de-Justicia-LP-100x70.png)
![[VIVO] Clase modelo sobre la comunicación en el proceso oral civil. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-ALDA-VITES-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Lineamientos para la atención de consultas en Servir [Resolución 000020-2026-Servir-PE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/servir-servidor-trabajador-laboral-LPDerecho-100x70.jpg)
![Declaran fundado recurso de queja por denegatoria de casación de Melissa Klug y ordenan que se eleve el expediente principal a sala suprema [Queja por denegatoria de casación 1944-2025, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/melisa-l%C2%BFklug-y-jerfferson-farfan-LPDERECHO-100x70.jpg)
![La prohibición del acceso a la conclusión y terminación anticipada, establecida en el art. 5 de la Ley 30838 para delitos como el de violación sexual de menor de edad, quebranta el derecho a la igualdad ante la ley [Casación 2197-2022, Cajamarca]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/violacion-sexual-a-nina-LPDERECHO-100x70.jpg)